Títulos y Operaciones de Crédito: Preguntas Clave Resueltas

1.- ¿Los títulos y operaciones de crédito son considerados actos de comercio?

Sí, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 75 del Código de Comercio y el 1° de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito (LGTOC).

2.- ¿Qué es un título de crédito?

Es el documento necesario para ejercitar el derecho literal y autónomo que en ellos se consigna y que está destinado a la circulación.

Características de los Títulos de Crédito

6.- Dentro de las características se mencionan 4, explicar brevemente a qué se refieren.

  • Literalidad: Lo que dice el documento es el monto del derecho y de la obligación.
  • Incorporación: El derecho se encuentra ligado al documento así como la obligación que de esto surge.
  • Autonomía: Rompe la relación entre el acreedor y deudor original cuando el título circula.
  • Circulación: Consiste en que esta clase de documentos circulan transmitiéndose de persona a persona mediante el endoso o mediante la entrega del documento.

Requisitos de los Títulos de Crédito

12.- ¿Cuántos requisitos se tienen en los títulos de crédito y cuáles son estos?

3: esenciales, no esenciales, adicionales.

El Endoso

14.- ¿Qué es el endoso?

Medio por el cual se transmiten los derechos incorporados en el título de crédito.

15.- ¿Quiénes intervienen en él?

Endosante y endosatario.

16.- ¿Cuál es la función del endosante?

Transmitir los derechos incorporados al título de crédito.

17.- ¿Y la del endosatario?

Recibir el título y, por consiguiente, los derechos de este.

18.- ¿Cuántas clases de endoso existen y cuáles son estas?

4: en propiedad, en procuración, en blanco, en garantía.

La Letra de Cambio

21.- ¿Qué es la letra de cambio?

Documento por el cual el girado y, en su defecto, el girador se obligan a pagar incondicionalmente una suma de dinero a favor de un tercero llamado beneficiario.

22.- ¿Qué debe contener la letra de cambio?

De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 76 LGTOC:

  • Mención de ser letra de cambio
  • Expresión del lugar, día, mes y año en que se suscribe
  • Orden incondicional al girador de pagar determinada cantidad de $
  • Nombre del girado
  • Lugar y época de pago
  • Nombre de la persona a quién se le hace el pago
  • Firma del girador/persona que suscriba a su nombre

23.- ¿Cuáles son los elementos personales de la letra de cambio?

Girador, girado y beneficiario.

Vencimiento de la Letra de Cambio

31.- ¿Cuántas clases de vencimiento existen?, ¿cuáles son estas?

4: a la vista, a cierto tiempo de vista, a cierto tiempo de fecha, a día fijo.

32.- ¿Qué se entiende con la expresión a la vista?

Que el aceptante u obligado debe pagar al momento de la presentación de la letra de cambio.

33.- ¿Qué quiere decir a cierto tiempo vista?

Que al presentarse la letra de cambio y ser aceptada ó firmada empieza a correr el plazo para el pago de la misma.

34.- ¿Qué quiere decir a día fijo?

Que la fecha se establece en el momento de la aceptación.

35.- ¿Qué quiere decir a cierto tiempo de fecha?

Que el pago de la letra es exigible desde el momento de la suscripción.

24.- ¿Quién es el girado?

Es la persona a quien va dirigida la letra de cambio.

25.- ¿Queda obligado el girador por el simple hecho de serlo?

No, a menos que firme la letra de cambio.

26.- ¿Qué pasa en caso de que el girado no acepte la letra de cambio?

El beneficiario puede exigir el pago al girador.

27.- ¿Quién es el girador?

Persona que expide la letra de cambio.

28.- ¿Tiene responsabilidad alguna?, ¿Cuál?

Sí, responder por el pago de la letra de cambio en caso de que el girado no acepte.

El Aval

29.- ¿Qué entendemos por aval?

Acuerdo entre una persona llamada avalista, otra llamada avalado y una tercera llamada beneficiario, por medio del cual el avalista garantiza con su firma las obligaciones consignadas en la letra de cambio.

El Protesto

38.- ¿Qué es protesto?

Acto jurídico con el que se pretende probar que la letra de cambio fue presentada oportunamente.

El Pagaré

47.- ¿Cómo podemos definir al pagaré?

Como el título de crédito que contiene la promesa incondicional de pago dada por una persona llamada suscriptor, a otra llamada beneficiario para pagar una suma determinada de $, en el lugar y fecha señalados en el documento.

48.- ¿Cuál es el contenido del pagaré?

De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 170 LGTOC:

  • La mención de ser pagaré
  • La promesa incondicional de pagar una suma determinada de $
  • El nombre de la persona a quien ha de hacerse el pago
  • La época y el lugar del pago
  • La fecha y el lugar en que se suscriba el documento
  • La firma del subscriptor o de la persona que firme a su nombre