Tipos de Contratos Civiles y Mercantiles: Un Análisis Detallado
Tipos de Contratos Civiles y Mercantiles
Compraventa
Clases de Compraventa
- Por razón de las diferentes leyes que la regulan: **Civil y Mercantil**.
- Por razón de sus disposiciones generales: **Común y Especial**.
- Por razón de su origen: **Voluntaria o Necesaria**.
- Por razón de su forma: **Privada o Pública**.
- Por razón de su ejecución: **Ordinaria o de tracto único y Continua o de tracto sucesivo**.
Elementos Reales de la Compraventa
- **La Cosa:** Puede ser corporal, incorporal o derechos… lícito comercio… deter… existencia real o posible.
- **El Precio:** Ser verdadero o real, cierto o determinado, debe ser en dinero.
Contenido de la Compraventa
Por parte del Vendedor:
- Conservar y custodiar la cosa que se va a entregar.
- Entregar la cosa vendida con todos sus accesorios.
- Vendedor debe poner a disposición del comprador la cosa vendida.
- Entregar el título de pertenencia que acredite su propiedad.
- Prestar garantía o saneamiento en casos de evicción o vicios ocultos.
- Pagar los gastos de escritura matriz, salvo pacto en contra.
Por parte del Comprador:
- Pagar el precio convenido.
- Recibir la cosa objeto del contrato.
- Abonar los gastos necesarios y útiles realizados en la cosa vendida desde la celebración del contrato, los de transporte salvo pacto en contra, los gastos de primera copia de escritura y posteriores, IVA y gastos de inscripción.
Donación
Clases de Donación
- Por el tiempo en que se realiza: **Inter Vivos y Mortis Causa**.
- Si está sujeta a condición: **Pura, Condicional y Modal u Onerosa**.
- Por su carácter: **Libre y Remuneratoria**.
Límites de la Donación
- Podrán donarse todos los bienes que se quiera siempre y cuando le queden suficientes…
- No se puede donar bienes futuros.
- El donatario no puede recibir más de lo que sería por vía testamento.
Forma de la Donación
Es un contrato formal o solemne por:
- Para la perfección del contrato es necesario que el donante conozca la aceptación.
- Si es inmueble por escritura pública.
- Si es mueble puede ser verbal si la aceptación es en ese momento.
Revocación de la Donación
Puede ser revocada con posterioridad por:
- Incumplimiento del modo.
- Ingratitud (cometer delito contra la persona, imputarle la comisión de un delito o negarle alimentos).
- Supervivencia de un hijo.
Mandato
Elementos Reales del Mandato
Pueden ser objeto de mandato la ejecución de cualquier clase de derechos, facultades, actos, contratos o negocios jurídicos siempre que sean posibles, lícitos y determinados y lógicamente que no tenga carácter personalísimo. En caso de ser retribuido sería también el precio.
Contenido del Mandato
Obligaciones del Mandante:
- Cumplir las obligaciones contraídas por el mandatario.
- Anticipar al mandatario las cantidades necesarias para la ejecución del mandato, si se solicitan.
- Indemnizar al mandatario de daños y perjuicios ocasionados por la ejecución del mandato.
- Abonar, si se pactó, la retribución correspondiente.
Derechos y Obligaciones del Mandatario:
- **Derechos:** Puede retener en su poder las cosas que son objeto del mandato hasta que el mandante le reembolse aquello que hubiera anticipado, así como indemnizarle de daños y perjuicios que hubiere sufrido en cumplimiento del mandato.
- **Obligaciones:** Desde el momento que acepta el encargo se obliga a su ejecución como también a indemnizar al mandante de daños y perjuicios que le ocasione su gestión o falta de diligencia. Deberá ejecutar el mandato de acuerdo a lo acordado.
Extinción del Mandato
- Por revocación del mandante.
- Por renuncia del mandatario.
- Muerte, quiebra o insolvencia del mandante o mandatario.
Depósito
Elementos Reales del Depósito
En principio solo puede ser objeto de depósito cosas muebles y corporales, no obstante en caso de secuestro cabe la posibilidad que puedan ser inmuebles.
Contenido del Depósito
Obligaciones del Depositario:
- Conservar y custodiar la cosa que le ha sido entregada.
- No puede usar la cosa salvo que cuente con permiso expreso del depositante, aunque en este caso se transforma en comodato.
- Deberá devolver la cosa cuando le sea pedida igual que la recibió.
- Puede retener la cosa hasta que el depositario no le reembolse los gastos que hubiere realizado.
Obligaciones del Depositante:
Reembolsar al depositario los gastos que hubiese realizado para la conservación y le indemnice por los daños y perjuicios sufridos.
Extinción del Depósito
De forma natural, por la reclamación del depositante o por renuncia del depositario.
Comodato
Caracteres del Comodato
- Real.
- Gratuito.
- Se transmite su uso y no su propiedad.
- Debe ser restituida.
- Riesgos para el comodante.
- Se puede solicitar la restitución con anterioridad a la fecha pactada.
Elementos Personales del Comodato
Capacidad general para contratar y que comodante tenga un derecho que le permita ceder el uso.
Contenido del Comodato
Comodatario:
- Usar la cosa cedida en los términos establecidos en contrato, si la destina a un uso diferente responde de su pérdida.
- Conservar la cosa cedida.
- Satisfacer los gastos necesarios para el uso y conservación.
- Devolver la cosa al término del contrato.
Comodante:
- Conservar la propiedad de la cosa prestada.
- Abonar al comodatario gastos extraordinarios causados.
Extinción del Comodato
- Cuando termina el uso para el que se lo prestó.
- En caso de urgente necesidad.
- Perecimiento de la cosa.
- Por fallecimiento de cualquiera de las partes si es de carácter personalísimo.
Contrato de Seguro
Contrato en virtud del cual el asegurado se obliga mediante el cobro de una prima y para el caso en que se produzca el evento cuyo riesgo es objeto de cobertura, a indemnizar, dentro de los límites pactados, el daño producido al asegurado o satisfacer un capital, renta o prestaciones convenidas.
Sujetos del Contrato de Seguro
- Tomador, contrata con el asegurador.
- Beneficiario. En cuyo favor se estipula el contrato.