Teorías de la Aplicación e Interpretación del Derecho: Un Análisis Completo

Teorías de la Aplicación e Interpretación del Derecho

Retroactividad de la Ley

En nuestro ordenamiento jurídico, la retroactividad de la ley solo puede aplicarse si esta beneficia o reduce la pena o castigo, especialmente en casos que involucran instituciones jurídicas.

Teoría de Savigny

Este jurista francés, en contraposición a la teoría territorialista, plantea la idea de una comunidad internacional donde cada Estado es soberano e independiente, con los mismos derechos y deberes. Afirma que la ley a aplicar debe ser siempre la del Estado sede de la relación jurídica.

Teoría del Derecho Adquirido (Gabba)

  1. Derechos Adquiridos: Son aquellos que resultan de hechos idóneos, capaces de producirlos conforme a la ley vigente al momento de generarse dichos hechos. Estos derechos forman parte del patrimonio de quien los adquiere de forma inmediata.
  2. Expectativas de Derecho: Son las posibilidades o esperanzas de que un derecho se haga efectivo. Por ejemplo, en una herencia, si un testamento se realiza según la ley vigente y luego una nueva ley lo invalida, este no podrá ser utilizado como documento jurídico.

Teoría del Hecho Jurídico Cumplido (Ferrare)

El tiempo rige el hecho, es decir, se aplica la ley vigente al momento del hecho, y sus consecuencias se extienden al pasado, presente y futuro.

Teoría de Roubier

  1. Efecto Retroactivo: Ocurre cuando una ley posterior regula hechos y efectos jurídicos pasados, no solo en las consecuencias jurídicas, sino también en las condiciones de constitución o extinción de una situación jurídica.
  2. Efecto Inmediato de la Ley: Si la nueva ley se aplica a las consecuencias aún no realizadas de un hecho ocurrido bajo la ley anterior, no hay retroactividad, sino aplicación inmediata.

Teoría de Interés Público o Privado

Distingue entre el derecho público, que concierne al interés del Estado, y el derecho privado, que concierne al interés de los particulares.

Teoría Territorialista Anglosajona

Defiende la aplicación de las leyes del territorio, no de leyes extranjeras. Solo en casos excepcionales se admiten leyes extranjeras, como acto de cortesía internacional, considerando la reciprocidad del país de origen de la ley.

Aplicación del Derecho

Es la individualización de la norma para su aplicación, lo que ocurre cuando se da un supuesto de hecho de una norma jurídica.

Teoría Clásica

Se aplica una norma jurídica cuando un hecho real se subsume dentro del supuesto de hecho previsto en la norma.

Teoría Moderna

  1. Investigación sobre la existencia de la norma jurídica.
  2. Interpretación del sentido del texto de la norma.
  3. Investigación correctora del derecho.
  4. Investigación integradora del derecho.

Interpretación de las Normas Jurídicas

Es la determinación del sentido de las normas por aplicar; comprender su propósito, sentido, razón, significado, campo de aplicación y espíritu.

Teorías de la Interpretación

  1. Teoría Objetiva: El sentido de la ley se interpreta según el texto, no la intención del legislador.
  2. Teoría Subjetiva: Se centra en la intención y espíritu del legislador, no solo en el texto de la norma.

Equidad

Es una forma de aplicar la norma a casos concretos según los principios contenidos en la misma, incluso en contra de su propia disposición.

Relación Jurídica

Es el vínculo entre personas, y entre personas y cosas.

Estructura

  1. Objetivo: Donde recae la relación jurídica. Debe ser lícito, ya que la relación jurídica genera derechos y no puede basarse en un objeto ilegal.
  2. Subjetivo: Formado por las personas (sujeto activo y pasivo) que deben tener capacidad de obrar (ser mayores de edad y no estar sometidos a inhabilidades).
  3. Causal: El motivo de la relación jurídica, que debe ser lícito y generalmente de contenido socioeconómico.

Clases

  1. Simples: Un vínculo entre los sujetos de la relación jurídica.
  2. Complejas: Dos o más vínculos entre las partes de la relación jurídica.

Relaciones de Derecho Público

Relaciones entre órganos de poder público, y entre estos y particulares, según su comportamiento.

Relaciones de Derecho Privado

Rige el principio de autodeterminación de las partes, actuando en igualdad. Es la relación entre dos o más particulares.

Teoría de Kelsen

Sostiene que lo único indispensable para una relación jurídica es la norma jurídica que la rige, sin importar otros factores externos.