Teoría General del Proceso: Conceptos Fundamentales y Aplicación

Teoría General del Proceso

Concepto de TGP

Rama del derecho procesal que se encarga del estudio de los conceptos, principios e instituciones que son comunes en las diversas disciplinas procesales especiales.

Proceso

Serie de pasos para llegar a un fin.

Norma Procesal

Aquella que se encarga del estudio, iniciación, desarrollo, culminación o terminación del proceso.

Elementos de la Norma Procesal

  • Dinámica: Seguir actuando, activa el proceso.
  • Exterioridad: Que no quepa duda de lo pretendido.
  • Funcionalidad: Usarla adecuadamente para el fin que fue creado.

Importancia de la Norma Procesal en el Espacio

Territorial de aplicación: Solo en un espacio tiene jurisdicción.

Competencia: Facultad jurisdiccional que tienen de conocer ciertos asuntos. Se establecen por grado, cuantía, territorio, materia.

Importancia en el Tiempo

Vigencia de la ley: Duración de la norma procesal, determinada (sabemos cuándo empieza y cuándo termina, ej. ley de ingresos) o indeterminada (sabemos cuándo inician mas no cuándo terminan).

Irretroactividad de la ley (Art. 14 Const.): No podemos otorgar retroactividad cuando perjudica.

Pretensión

Creer y sostener que tenemos la razón, sometiendo el interés ajeno al propio.

Elementos de la Pretensión

  • Fundamento: Cuando el actor debe señalar una serie de ordenamientos jurídicos.
  • Motivación: En los hechos, narración a la causa de la pretensión basado en un derecho.

Características de la Pretensión

  • Siendo un elemento de litigio no siempre da nacimiento al mismo.
  • Donde hay sometimiento a la pretensión no nace.
  • Puede existir derecho sin pretensión.
  • Satisfacen las pretensiones por medios procesales y extraprocesales.

Derecho de Acción

Facultad que tienen las personas para acudir al órgano jurisdiccional para hacer valer un derecho que ha sido violentado o conculcado.

Fundamentos de la Constitución: Arts. 14, 16 y 17.

Elementos

  • Sujeto: Sujeto activo ejerce su derecho de acción.
  • Causa: Interés.
  • Objeto: Lo que se pide, se busca.

Clasificación de las Acciones

  • Acciones reales: Aquellas que garantizan un bien real.
  • Acciones personales: Garantizan un derecho personal.

Excepciones

Las defensas que pone el demandado en vs de las pretensiones del actor, haciéndolas valer en la contestación.

Excepciones Dilatorias

Retrasan el procedimiento (Art. 36 Const.): incompetencia del tribunal, litispendencia, conexidad de litigios, falta de personalidad, falta de cumplimiento del plazo a que está sujeta la acción, falta de condición (se pone una condición), división (cada quien su acción si se pactó), excusión (demuéstrame que no puede pagar con nada) e improcedencia de la vía (juicio sumario).

Excepciones Perentorias

Destruye la acción.

Competencia

Facultad que tiene el órgano jurisdiccional para conocer de determinado asunto.

Formas

  • En razón de grado: Existe subordinación jerárquica.
  • Cuantía: Atendiendo el valor pecuniario del asunto.
  • Materia: Un juez de lo civil atenderá asuntos civiles.
  • Territorio: Ámbito espacial de validez donde se aplicará.

Clases de Competencia

  • Objetiva: Alusión al órgano o institución.
  • Subjetiva: Al órgano individuo titular del órgano.
  • Concurrente: Cuando un solo asunto pueda conocer órganos jurisdiccionales de esferas distintas.

Función Jurisdiccional

Facultad que tienen determinados órganos del Estado para aplicar la norma general y concreta a un caso controvertido a través de una resolución.

Características

  • Unidad: El poder judicial es un poder único estructurado.
  • Totalidad: La función jurisdiccional va a ser aplicada a toda la sociedad.
  • Exclusividad: Que nada más a esos órganos del Estado les corresponde esa facultad.
  • Responsabilidad: Las resoluciones emitidas son responsabilidad del titular.

Representación

Procede cuando una persona accede a su derecho de acción ya sea por acceder de forma voluntaria a la representación legal o bien por estar impedido por ley para ejercerla por su propio derecho.

Representación procesal: Se establece a través del mandato judicial en el que se nombra a un representante legalmente integrado como curador, el cual cuidará los intereses de las personas ausentes durante la substanciación del proceso.

Representación convencional: Mandato mediante el cual una persona queda obligada vía contractual para realizar a nombre de otro actos jurídicos durante la substanciación del proceso y por cuenta del mandato.

Representación legal: Representación por virtud de la cual una persona puede realizar ciertos actos jurídicos de otra persona cuando no pueda por minoría de edad o esté incapacitada.

Sujetos Procesales

Son todas aquellas personas que de una u otra forma intervienen en el juicio sean parte o no. Es el interés en el juicio: actor y demandantes.

Titular del órgano: Terceros imparciales cuya función es conocer y resolver de manera objetiva los asuntos litigiosos.

Excusa: Procede cuando hay cierta parcialidad por amistad, parentesco.

Testigos: Terceros ajenos, aquella persona que conocen los hechos del litigio pero este no tiene interés.

Perito: Persona que tiene conocimiento de cierta materia, auxiliares del órgano jurisdiccional en la búsqueda de la verdad justa. Aporta conocimientos, emitiendo un dictamen.

Terceros: Aquella persona totalmente ajena al juicio, no nos interesa, podemos enterarnos o no.

Tercero que interviene: El encargado de la empresa, patrón obligado a informar sobre las percepciones mensuales que tiene un trabajador en un juicio de alimentos.

Tercerista

Se ve en la necesidad de intervenir, aducir a un interés propio de las partes, de tercero a tercerista.

Tercería excluyentes de dominio: Se da cuando el tercerrista se ve obligado para defender su interés.

Tercería excluyente de preferencia: No se da en tiempo, primero en derecho. Si es por ejemplo una persona tiene embargo por no cumplir la pensión, se respeta el crédito de alimentos, no aplica primero en tiempo y primero en derecho.

Tercerías coadyuvantes: Se va a aducir el interés de algunas de las partes.

Medios de Prueba

Instrumentos o personas que utilizan las partes para acreditar su dicho o formar convicción en el ánimo del juzgador respecto a los hechos narrados por las partes.

  • Confesión: Reconocimiento de los hechos propios.
  • Documental: Pública (aquellos expedidos por un funcionario público) y privadas (por un funcionario sin estar en ejercicio).
  • Dictámenes periciales: Persona especialista en cierta materia que lo hace a través de un dictamen pericial para llegar a la verdad justa, siendo un medio de prueba.
  • Expedición judicial: Inspección auxiliar al juez, apreciación a través de los sentidos cómo se encuentra el objeto.
  • Declaración de testigos: Testimonial, persona que tiene conocimientos, hechos ajenos por medio de preguntas.
  • Fotos: Copias fotostáticas.
  • Presunción: Partir de un hecho conocido para llegar a un desconocido.
  • Instrumental de actuaciones: Todo lo que obra actuado.