Teoría General del Derecho: Aplicación e Interpretación de las Normas Jurídicas

Aplicación e Interpretación de las Normas Jurídicas

Aplicación del Derecho

Es individualizar la norma para su aplicación. Se individualiza cuando ocurre un supuesto de hecho de una norma jurídica.

Teoría de la Subsunción o Clásica

Se aplicará una norma jurídica cuando un hecho ocurrido en la vida real se subsume dentro del supuesto de hecho previsto en la norma jurídica.

Teoría Moderna

Para este sector del derecho se divide en cuatro operaciones:

  • Investigación sobre la existencia de la norma jurídica.
  • Interpretación del sentido sobre lo expuesto en el texto de la norma.
  • Investigación correctora del derecho.
  • Investigación integradora del derecho.

Operaciones que Comprenden la Teoría Moderna

  1. La investigación de la ley: Identificación de la ley y control de la constitucionalidad.
  2. Interpretación de la norma jurídica: Encontrar el sentido o el propósito de la norma.
  3. Investigación correctora del derecho: Consecuencia total de la norma, consecuencia parcial y equidad.

Interpretación de las Normas Jurídicas

Es la determinación del sentido de las normas por aplicar, es comprender el propósito, sentido, razón, campo de aplicación y espíritu de una norma jurídica.

Teoría de la Interpretación

  1. Teoría objetiva: La interpretación gramatical de la norma «sentido que se desprende del texto», el sentido de la ley debe de interpretarse o buscarse en base a lo que dice la letra de la misma.
  2. Teoría subjetiva: Consiste en lo que quiso decir el legislador, va en su intención, su espíritu y no en el texto de la norma.

Clases de Interpretación

  1. Por los que lo verifican:
    • a) Pública: Interpretación auténtica o legal es la que realiza directamente el legislador y la interpretación judicial.
    • b) Privada: Es llevada a cabo por cualquier intérprete idóneo en la materia.
  2. Por los medios empleados:
    • a) Gramatical: Indaga sobre el sentido de la ley conforme a las reglas del uso del lenguaje y la gramática.
    • b) Lógica: Busca la esencia del sentido que le quisieron dar a la ley.
    • c) Histórica: Toma en consideración los antecedentes históricos.
    • d) Sistemática: Consiste en la conexión interna.
  3. Por sus resultados:
    • a) Declarativa: Es cuando el texto de la ley corresponde a la voluntad del legislador.
    • b) Extensiva: El texto de la norma es menos amplio que la intención del legislador.
    • c) Restrictiva.

Investigación Correctora del Derecho

Se trata de indagar con precisión sobre el texto de la ley, esto es el significado propio de la palabra y la unión de ellas entre sí, junto con el espíritu de la misma.

Equidad

Es una forma de aplicación de las normas a los casos concretos de acuerdo con principios contenidos en la misma norma.

Lagunas de la Ley

Son aquellas que se producen cuando el legislador omite la creación de la norma para su aplicación.

Medios para Llenar las Lagunas

  • Analogía.
  • Principios generales del derecho.
  • La libre investigación del derecho.

La Relación Jurídica

Relación Jurídica

Es el vínculo entre personas y entre personas y cosas. Cuando es entre personas es judicial, cuando es entre persona y cosa es de carácter real.

Estructura de la Relación Jurídica

  1. Objetivo: Es donde recae la relación jurídica, debe de ser lícito por la relación jurídica engendra derecho y no puede hacerse una relación jurídica válida.
  2. Subjetivo: Está constituido por los sujetos que conforman la relación, es decir, sujeto activo y pasivo, los cuales deben tener capacidad de obrar.

Clases de Relaciones Jurídicas

  • Simples: Cuando existe un vínculo entre los sujetos de la relación jurídica.
  • Complejas: Es cuando hay dos o más vínculos entre las partes que intervienen entre las relaciones jurídicas.

Derecho Público

Relación entre órganos de poder público y entre órganos del poder público y un particular, dependiendo de cómo se comporten las partes.

Derecho Privado

Rige el principio de autodeterminación de las partes actuando en un plano de igualdad, es la relación entre dos particulares y se establece entre dos o más personas.

Teoría de Kelsen

Dice que lo único que es indispensable para realizar una relación jurídica es la norma jurídica, pero no rige dicha relación sin importar otros factores externos.