Sujeto de la norma atributiva
Autonomía INDEPENDENCIA IMPARCIALIDAD PRINCIPIO DE DISCRESIONALIDAD Se confiere unapostead para la protección de los derechos y el cumplimiento de los deberes constitucionales y legales. Por otro lado las gobernaciones como integrantes de la administración publica pueden utilizar criterios de discrecionalidad en su función, es decir, la elección de los elementos no regulados del acto administrativo, según un criterio subjetivo, pero jurídicamente aceptable. En ella si bien es cierto deben ponderar los intereses jurídicos en juego, esto no debe ser del que olvide que los derechos de libertad natural e igualdad jurídica son limites a la discrecionalidad de la administración DISCRECIONALIDAD al cumplirse el supuesto de un hecho conferido en la norma, se pueden elegir entre de actuar (facultad de determinarla) Etimología PROBIDAD De la palabra en latid PROBITAS, que significa Honradez Es la integridad y honradez en el actuar CONOCIMIENTO PLENO DEL CASO Conocimiento que debe cumplir por todo juzgador para poder emitir en su momento una sentencia justa, imparcial en todo juicio Actuación EXPEDITA Se refiere a que los tribunales deben estar siempre al servicio de los ciudadanos y deber institucional para poder resolver oportunamente las controversias que son de su conocimiento (art 17 Constitucional). FINES Éticos El objetivo ultimo de la reflexión ética es conseguir que los seres humanos adquieran un perfil moral, un talento ético arraigado en lo mas profundo de su persona y que aflore en su actividad cotidiana En la filosofía clásica se afirmo que el fin es la primera en la intención y lo último en su ejecución, es decir lo primero que se propone una persona y lo ultimo que consigue. El que hacer ético pretende configurar la personalidad de los seres humanos, por lo tanto la ética es un conocimiento o saber practico y normativo. (prescribe una conducta)
JUSTICIA Los juzgadores deben de ser justos pues la función jurisdiccional busca esa virtud esencial de la convivencia, la justicia es una virtud que radica en la voluntad y que consiste en dar a cada quien lo suyo, así mismo para su aplicación volitiva requiere el dictamen previo de la inteligencia proporcionada en la prudencia “lo suyo de cada quien es su derecho y obligación” JUSTICIA PUEDER SER a) JUSTICIA CONMUTATIVA: Es la manifestada en el intercambio de bienes siguiendo el principio de igualdad o proporcionalidad como en el caso de la permuta y la compraventa b) JUSTICIA LEGAL: Es la consignada o plasmada en la ley y que debe contener los distintos tipos de justicia. C) JUSTICIA RESTRIBUTIVA: Es la que compete o radica en quien estas constituido en poder o gobierno y le toca repartir cargas y beneficios a los gobernados o sujetos a su poder aplicando esa virtud bajo el principio de tratar igual a los iguales y desigual a los desiguales. D) JUSTICIA SOCIAL: Esta se aplica a los grupos sociales y que en la relación jurídica el vínculo que hay entre sujeto activo y sujeto pasivo, requiere que al pasivo se le considere ente colectivo (como jubilados, pensionados, campesinos) ASPECTOS RELATIVOS A LA Filosofía DEL DERECHO La filosofía del derecho es un instrumento del conocimiento , no tanto un objeto, como en las disciplinas fundamentales filosóficas desarrollada por científicos que requieren reflexionar sobre problemas que no es posible resolver en el campo estrictamente científico a diferencia de la filosofía del derecho que es cultivada en la actualidad por juristas casi de manera exclusiva, así mismo, la filosofía del derecho es una especialización al ser una disciplina que es cultivada por especialistas desvinculados de los problemas teóricos de la filosofía del derecho, es preponderantemente ética, es común formar distintas definiciones de del concepto de persona, a una, esta a aquellas y obtener una conclusión
LA Lógica es aplicable a la filosofía del derecho ya que el derecho al ser una disciplina cognoscitiva, la filosófica del derecho tiende a buscar la verdad de lo que es el derecho, ya que la lógica tiene por objeto comprender la verdad como es en si y para si, sin envoltura alguna, sus procedimientos sirven para orientar, definir, precisar y desarrollar los procedimientos de que se vale la filosofía jurídica con el fin de “alcanzar la verdad” y su objeto. Ética Se ha reconocido que es una disciplina ocupada en la existencia practica del hombre en su existencia practica del hombre en su existencia social y que esa existencia solo es posible mediante una óptica de ordenación del cual se realiza al actualizar expectativas de conducta, establecidas de manera previa, es decir, mediante la concepción de normas sociales Metafísica: Es la ciencia que estudia la naturaleza, estructura, componentes y principios fundamentales de la realidad Relación ENTRE Lógica Y Metafísica El problema planteado por la metafísica son los mismos que la lógica , la metafísica estudia los seres en cuanto a existencia y la metafísica en cuanto a pensamientos Categorías FUNDAMENTALESDEL CONOCIMIENTO Lógico Jurídico SER DEBER SER VALIDEZ EFICACIA EL SER Y EL DEBER SER En el mundo del derecho por ser se entiende el conjunto de objetos del mundo material que se relacionan con las normas jurídicas susceptibles de ser captadas mediante los sentidos; por su parte el deber ser es en mandato expreso mediante el lenguaje que prescribe una obligación a cargo de un ser humano los mandatos del deber ser les denomina reglas de conducta. El mandato supone una autoridad cuyo deseo es el objeto de un deber y que de esta forma, el deber expresa el sentido de un querer de un acto de voluntad la formulación lingüística que expresa los objetos del ser o de los del deber ser denomina juicio, de esta manera existen juicios
del ser que se formula de modo descriptivo y tiene como fin expresar la verdad de dicho objeto, a su vez a juico del deber ser se plantea en forma prescriptiva y pretende servir como principio ideal de las conductas humanas. DEBER SER: Lo que establece la norma jurídica SER: Ubica la verdad, la realidad objetiva
. MUNDO DEL SER Este se encuentra integrado por los factores del tipo histórico, social, psicológico, político y moral que inciden en la creación, aplicación y extinción de las normas jurídicas. Las denominadas fuentes reales del derecho, entendido como los factores y elementos que condicionan la existencia de las normas jurídicas como parte del mundo del ser del derecho MUNO DEL SER;: Lo que la norma prescribe. MUNDO DEL DEBER SER: Desde el estricto punto de vista de la doctrina jurídica el mundo del deber ser se refiere al aspecto ideal de las normas o sea como debe ser, una norma es un enunciado que prescribe aquello que debe ocurrir “y no lo que reconocen los seres humanos como una norma actualizada por sus conductas reales. Como debe ser una norma es un juicio que contiene el carácter de actos jurídicos o antijurídicos a ciertos hechos y es probada a su vez por otros actos jurídicos. VALIDEZ Y EFICACIA La validez de una norma es el atributo mediante el cual se determina que aquella pertenece a un sistema normativo, al criterio de validez sirve para calificar la esencia de la norma en el mundo del deber ser, cuando se habla de validez jurídica, significa que el mundo del deber ser la proposición normativa cumple con los requisitos indispensables para pertenecer al sistema jurídico los cuales son tanto procedimientos como contenido
EFICACIA DE LA NORMA La eficacia de una norma se refiere al hecho real de su observancia por parte de los sujetos que han quedado obligados por ella, la norma tiene por objeto ultimo determinadas conductas; el deber ser previsto en ella, esto puede concebirse en tanto existe la posibilidad de que la conducta determinada en la norma realmente no se verifique, la eficacia de una norma significa la traducción habitual del deber ser en ella previsto en la realidad social, o sea, en el mundo del ser, si para la validez de la norma que se fundo en la categoría del deber ser resulta indiferente la realización material de su fin, par su eficacia la realización de dicho fin es determinante. DIVERSOS ORDENES NORMATIVOS HEGEL señala que la verdad se encuentra en el todo y no en las partes y que la individualización de cada una de estas es posible solo a partir del universo al que pertenece, consecuentemente la filosofía del derecho reconoce que el conocimiento normativo constituye en presupuesto indispensable para comprender la especifica realidad del derecho
NORMA MORAL NORMA Jurídica NORMA SOCIAL ESTRUCTURA FORMAL Y REAL DE LA NORMA Jurídica Dentro de los sistemas de normas sociales el mas perfecto y evolucionado es el jurídico, debido al grado de efectividad y precisión que el mismo ha alcanzado La efectividad y la precisión del sistema jurídico se ha logrado gracias a que la forma exterior de las normas jurídicas Las cuales tiene por objeto regular las conductas relativas a tipos específicos de fenómenos sociales
ASPECTO SUBJETIVO El ser humano para ser capaz de dirigir su conducta de acuerdo a lo que prescribe una norma según la formulación la estructura psíquica del ser humano se compone de tres instancias: ello, yo y el súper yo y con esta es posible conocer el aspecto subjetivo de la realidad normativa. El ello al ser conoce el dominio inconsciente de los instintos primarios, siendo la base que genera los impulsos tendientes a satisfacer necesidades instintivas es decir no conoce valores, ni el bien ni el mal, ni tiene moral y se hace según con las necesidades y experiencias de la comunidad . A diferencia del Yo que coordina, altera y organiza los impulsos instintivos primaros para minimizar los conflictos con la realidad, transformando el principio del placer y que tiende a las gratificaciones inmediatas de las necesidades instintivas en principio de realidad y tal principio es correlativo de la función de conciencia, permitiendo la adopción anticipada al medio. El súper Yo es la conciencia moral que impulsa al castigo