Sistema de Protección a la Infancia: Enfoques, Intervenciones y Desafíos

Sistema de Protección a la Infancia

El Sistema de Protección a la Infancia es una red dependiente de la Administración que se encarga de velar por los niños y adolescentes que son víctimas de algún tipo de daño producido por su propia familia o que se encuentran en una situación especialmente vulnerable. Este sistema se organiza en base a dos factores:

  • Concepciones sobre qué son los niños y qué necesitan.
  • El sistema económico y político imperante.

Concepciones de la Infancia

  1. Niños invisibles u objetos: Concepción predominante en la Edad Media. La justificación de la misma se buscaba en la alta tasa de mortalidad infantil. Esta concepción sigue presente en el sistema de protección que transforma a los individuos en números o expedientes.
  2. Los niños vulnerables: Son vistos como entes que deben ser cuidados, objetos de caridad y que no están al mismo nivel que los adultos. Esta concepción entiende a los menores como proyectos de futuro sin tener en cuenta su presente, escuchar sus opiniones…
  3. El Niño y adolescente como sujeto activo: Los entiende como personas con derechos, sentimientos, necesidades propias y con las características particulares de su momento evolutivo. El rol del adulto es acompañar y facilitar el crecimiento.

Mutaciones en el Sistema de Protección

Sobreinversión en la Problemática de la Seguridad

En el contexto de una transferencia de angustia expresada por preocupaciones de seguridad, se produce una problematización de la noción de riesgo social en un contexto neoliberal.

La Psiquiatrización de la Conducta Desviada

No es específica de la justicia de menores. Sin embargo, también surge en este campo, formulando un problema de diagnóstico y subrayando nuevamente las ambigüedades del dúo de penalización y medicalización en un contexto de degradación social.

Menores en el Sistema de Protección

Menores: Término que designa a personas de menor edad que otras o que se encuentran en el período que va desde el nacimiento hasta la mayoría de edad. Constituye una categoría discursiva que contribuye a visibilizar aquella parte de la infancia, particularmente a la más vulnerable al estar afectada negativamente por factores sociales, económicos o culturales. En este sentido, hablamos de:

  • Menores en desprotección.
  • Menores en conflicto social: Expresiones aplicadas sobre aquella infancia que es representada como perturbadora o problemática y sobre la que la entidad pública despliega medidas que juntan educación y control.

Intervenciones en el Sistema de Protección

CIEMA

  • Tratamiento ambulatorio: Medida destinada a menores que disponen de las condiciones adecuadas en su vida para beneficiarse de un programa terapéutico que les ayude a superar procesos adictivos o disfunciones psíquicas.
  • Asistencia a un centro de día: Menores que residen en su domicilio habitual y acudirán a un centro, a realizar actividades de apoyo, educativas, formativas, laborales o de ocio… de desarrollo de habilidades sociales. Busca proporcionar al menor un ambiente estructurado durante buena parte del día.
  • Permanencia de fin de semana en domicilio: Permanecerán en su domicilio o en un centro hasta un máximo de 36 horas entre el viernes y el domingo, a excepción del tiempo en que realice tareas socioeducativas designadas por el Juez.
  • Libertad vigilada: El menor está sometido, durante el tiempo establecido en sentencia, a una vigilancia y supervisión a cargo de personal especializado, con el fin de que adquiera las habilidades, capacidades y actitudes necesarias para un correcto desarrollo personal y social.
  • Convivencia con otra persona, familia o grupo educativo: Intenta proporcionar al menor un ambiente de socialización positivo, mediante su convivencia, durante un período determinado por el juez, con una persona, familia o grupo educativo que se ofrezca a cumplir la función de la familia en lo que respecta al desarrollo de pautas socioafectivas.
  • Prestaciones en beneficio de la comunidad: Ha de realizar las actividades no retribuidas que se le indiquen, de interés social o en beneficio de personas en situación de precariedad, durante un número de sesiones previamente fijado. Debe contarse con el consentimiento del menor.
  • Realización de tareas socio-educativas: Actividades específicas de contenido educativo que faciliten su reinserción social. Puede ser una medida de carácter autónomo o formar parte de otra más compleja.

Otras Medidas de Protección

  • Guardia de menores: Es un procedimiento administrativo mediante el cual, las personas que tienen potestad sobre menores solicitan al organismo competente la guardia temporal de los mismos durante un período de tiempo determinado por existir causas graves, justificadas y acreditadas que les impidan atenderlos de una manera integral.
  • Tutela de menores: La tutela de menores es un procedimiento por el que, habiéndose apreciado una situación de desamparo, el organismo competente asume la tutela del mismo, haciéndose cargo de su educación y de la representación legal, privando de la misma a sus padres o tutores.
  • Centros de menores: Son equipamientos destinados a la atención de menores de edad que, de acuerdo con la normativa en vigor, estén en situación de riesgo, desamparo o conflicto social (incluyendo el colectivo competencia de la justicia juvenil), y en los que se desarrollan con regularidad programas educativos dirigidos a este sector de la población.
  • Centros de reeducación: Equipamientos residenciales que prestan una atención socioeducativa especializada a menores con problemas de conducta mediante la medida de internamiento.