Responsabilidad del Gerente y Daños por Productos Defectuosos

Responsabilidad del Gerente

Incumplimiento de Órdenes

El artículo 285 del Código de Comercio (CCo) establece que si el gerente actúa fuera de su autorización e incumple las órdenes recibidas, las obligaciones contraídas recaerán sobre él mismo. El artículo 297 del CCo añade que el incumplimiento de órdenes expresas obliga al gerente a indemnizar al empresario principal.

En este caso, el empresario principal deberá pagar los 72.000 euros. Siguiendo el principio de publicidad material positiva, si la reclamación se dirige al empresario principal, este pagará y podrá repetir contra el gerente.

Acción de Repetición

Don Daniel puede ejercer la acción de repetición para exigir la restitución o indemnización al factor que se exceda de sus poderes. Esta acción busca la compensación por los daños y perjuicios ocasionados.

El artículo 297 del CCo establece la indemnización por daños y perjuicios cuando no se siguen las instrucciones del empresario principal, además del reembolso del precio (derecho de repetición).

Los artículos 300.1 y 2 del CCo permiten, además de la indemnización, el despido del gerente.

Daños por Productos Defectuosos

Responsabilidad del Fabricante e Importador

En este caso, se pueden exigir responsabilidades por daños causados por productos defectuosos. El artículo 137 de la Ley de Defensa de los Consumidores y Usuarios (LGDCU) define un producto defectuoso como aquel que no ofrece la seguridad que cabría esperar, considerando su presentación, uso razonablemente previsible y momento de puesta en circulación.

Don Alberto y Doña Reyes pueden exigir la reparación de los daños sufridos basándose en la responsabilidad de los fabricantes e importadores, según los artículos 135 a 146 de la LGDCU.

Límites de la Responsabilidad

La responsabilidad por daños derivados de productos defectuosos tiene límites, según el artículo 141 de la LGDCU:

  • Se deduce una franquicia de 390,66 euros de la indemnización por daños materiales.
  • La responsabilidad civil global del productor por muerte y lesiones personales causadas por productos idénticos con el mismo defecto tiene un límite de 63.106.270,96 euros.

El artículo 1902 del Código Civil, sobre responsabilidad civil extracontractual, permite reclamar daños y perjuicios. En este caso, existe responsabilidad extracontractual, ya que los daños no proceden del contrato con el concesionario.

Responsabilidad Objetiva del Empresario

El artículo 135 de la LGDCU establece que los productores son responsables de los daños causados por defectos en los productos que fabrican o importan. El artículo 139 establece que el perjudicado no necesita probar dolo o negligencia del empresario, solo la existencia del defecto, el daño y el nexo causal entre ambos.