Requisitos de la presunción
– QUÉ ES UNA SOFOM, ¿CUÁL ES SU OBJETO SOCIAL PRINCIPAL Y COMO CAPTAN RECURSOS DEL PÚBLICO?
R:
SOCIEDADES FINANCIERAS DE OBJETO MÚLTIPLE
LAS SOFOMES SON CONSIDERADAS ENTIDADES FINANCIERAS Y PUEDEN SER SOCIEDADES REGULADAS O NO REGULADAS
OTORGAMIENTO DE CRÉDITO, ARRENDAMIENTO FINANCIERO O FACTORAJE FINANCIERO
– QUE ES UN SPEI Y CÓMO FUNCIONA
EL SISTEMA DE PAGOS ELECTRÓNICOS INTERBANCARIOS (SPEI) ES LA INFRAESTRUCTURA DE PAGOS DEL BANCO DE MÉXICO QUE PERMITE A SUS PARTICIPANTES, (BANCOS, CASAS DE BOLSA, SOFIPOS Y OTRAS ENTIDADES FINANCIERAS REGULADAS) ENVIAR Y RECIBIR PAGOS ENTRE SI PARA PODER BRINDAR A SUS CLIENTES FINALES EL SERVICIO DE TRANSFERENCIAS ELECTRÓNICAS EN TIEMPO REAL.
INGRESA AL SERVICIO DE BANCA POR Internet O AL SERVICIO DE BANCA MÓVIL DE TU BANCO. ..
IDENTIFICA LA OPCIÓN DE PAGOS POR SPEI®. ..
PROPORCIONA LOS DATOS DEL PAGO: NÚMERO DE REFERENCIA, CONCEPTO DE PAGO Y MONTO DE LA OPERACIÓN
– EXPLIQUE CÓMO FUNCIONA EL ARRENDAMIENTO FINANCIERO Y CUALES SON LAS OPCIONES TERMINALES QUE REGULA LA LGTOC
LA ARRENDADORA FINANCIERA SE OBLIGA A ADQUIRIR DETERMINADOS BIENES Y A CONCEDER SU USO O GOCE TEMPORAL, A PLAZO FORZOSO, A UNA PERSONA FÍSICA O MORAL, OBLIGÁNDOSE ÉSTA A PAGAR COMO CONTRAPRESTACIÓN UNA CANTIDAD DE DINERA DETERMINADA O DETERMINABLE, QUE SE LIQUIDARÁ EN PAGOS PARCIALES, QUE CUBRE EL VALOR DE LA ADQUISICIÓN DE LOS BIENES, LAS CARGAS FINANCIERAS Y LOS DEMÁS ACCESORIOS, Y A ADOPTAR, AL VENCIMIENTO DEL CONTRATO, POR ALGUNA “OPCIÓN TERMINAL”.
LA COMPRA DE LOS BIENES A UN PRECIO INFERIOR A SU VALOR DE ADQUISICIÓN, QUE QUEDARÁ FIJADO EN EL CONTRATO. EN CASO DE QUE NO SE HAYA FIJADO, EL PRECIO DEBE SER INFERIOR AL VALOR DE MERCADO A LA FECHA DE COMPRA, CONFORME A LAS BASES QUE SE ESTABLEZCAN EN EL CONTRATO;
II. A PRORROGAR EL PLAZO PARA CONTINUAR CON EL USO O GOCE TEMPORAL, PAGANDO UNA RENTA INFERIOR A LOS PAGOS PERIÓDICOS QUE VENÍA HACIENDO, CONFORME A LAS BASES QUE SE ESTABLEZCAN EN EL CONTRATO; Y
III. A PARTICIPAR CON EL ARRENDADOR EN EL PRECIO DE LA VENTA DE LOS BIENES A UN TERCERO, EN LAS PROPORCIONES Y TÉRMINOS QUE SE CONVENGAN EN EL CONTRATO.
– OCHO CarácterÍSTICAS GENERALES DE LOS DEPÓSITOS BANCARIOS DE DINERO (5)
– EN ESTOS DEPÓSITOS, SALVO PACTO EN CONTRARIO, LA SOLIDARIDAD SE PRESUME
– AUTORIZACIÓN A TERCEROS PARA HACER DISPOSICIONES DEL DINERO OBJETO DEL DEPÓSITO
– PROBLEMÁTICA POR EL EXTRAVÍO O ROBO DE CHEQUES
– POSIBILIDAD DE QUE LA SUMA DE DINERO DEPOSITADA GENERE INTERESES
– FORMALIDADES PARA SU CONSTITUCIÓN
– EXPLICAR EN QUÉ SUPUESTOS EN LOS DEPÓSITOS BANCARIOS DE DINERO PRESCRIBE EL SALDO A FAVOR DE LA BENEFICENCIA PÚBLICA. (ART 61 LIC)
EN LAS CUENTAS QUE NO HAY MOVIMIENTO DURANTE 3 AÑOS SE LES NOTIFICARA POR ESCRITO A SU DOMICILIO SI NO HAY RESPUESTA EN 90 Días SE ABONARAN EN UNA CUENTA GLOBAL Y SI EN 3 AÑOS NO SE HAY UN MOVIMIENTO Y LA CANTIDAD SEA MENOR A 300 Días DE SALARIO Mínimo SE Irán A LA BENEFICENCIA.
– EXPLIQUE LOS NIVELES DE ALMACENES GENERALES DE DEPÓSITO QUE REGULA LA LEY (LGOAAC)
TIPO DE ALMACENES GENERALES DE DEPÓSITO: ART. 12 LGOAAC:
DE NIVEL I.- LOS QUE SE DEDIQUEN EXCLUSIVAMENTE A LA REALIZACIÓN DE OPERACIONES DE ALMACENAMIENTO AGROPECUARIO Y PESQUERO, INCLUYENDO LAS DEMÁS ACTIVIDADES PREVISTAS POR ESTA LEY, DIRIGIDAS A ESE SECTOR, CON EXCEPCIÓN DEL RÉGIMEN DE DEPÓSITO FISCAL Y OTORGAMIENTO FINANCIERO.
DE NIVEL II. LOS QUE SE DEDIQUEN A RECIBIR EN DEPÓSITO BIENES O MERCANCÍAS DE CUALQUIER CLASE Y REALICEN LAS DEMÁS ACTIVIDADES A QUE SE REFIERE ESTA LEY, A EXCEPCIÓN DEL RÉGIMEN DE DEPÓSITO FISCAL Y OTORGAMIENTO DE FINANCIAMIENTOS.
DE NIVEL III. MERCANCÍAS DESTINADAS AL RÉGIMEN DE DEPÓSITO FISCAL
DE NIVEL IV. LOS QUE ADEMÁS DE ESTAR FACULTADES DE LO ANTERIOR, OTORGUEN FINANCIAMIENTOS
– EXPLIQUE QUE SON, LA FORMA DE CREACIÓN Y LOS REQUISITOS PARA CONSTITUIR LAS INSTITUCIONES DE BANCA MÚLTIPLES FILIALES.
FORMA DE CREACIÓN: MEDIANTE ESCRITURA PÚBLICA, QUE DEBE SER APROBADA POR LA SHCP, DEBE INSCRIBIRSE EN EL RPC. REQUISITO INICIAL: SE REQUIERE AUTORIZACIÓN DEL GOBIERNO FEDERAL, QUE COMPETE OTORGAR DISCRECIONALMENTE A LA CNBV, CON APROBACIÓN DE SU JUNTA DE GOBIERNO, DESPUÉS DE ESCUCHAR LA OPINIÓN DEL BANCO DE MÉXICO. DICHA AUTORIZACIÓN SE DEBE PUBLICAR EN EL DOF Y EN DOS PERIÓDICOS DE AMPLIA CIRCULACIÓN DEL DOMICILIO SOCIAL DE LA FILIAL DE QUE SE TRATE. ADEMÁS DE QUE SON INTRANSMISIBLES.
– EXPLIQUE CÓMO ES EL FUNCIONAMIENTO DEL FACTORAJE FINANCIERO, ASÍ COMO CUALES SON LAS 4 MODALIDADES DE FACTORAJE FINANCIERO QUE EXISTE Y QUE ANALIZAMOS EN CLASE.
CONTRATO DE FACTORAJE ES AQUEL QUE CELEBRAN LAS EMPRESAS DE FACTORAJE FINANCIERO CON SUS CLIENTES, PERSONAS MORALES O FÍSICAS QUE REALICEN ACTIVIDADES EMPRESARIALES, A FIN DE QUE LAS PRIMERAS ADQUIERAN DE LOS SEGUNDOS DERECHOS DE CRÉDITOS RELACIONADOS A PROVEEDURÍA DE BIENES, DE SERVICIOS O DE AMBOS.
1) FACTORAJE FINANCIERO SIN RECURSO. CUANDO EL FACTORADO NO ESTÁ OBLIGADO A PAGAR EN CASO DE INCUMPLIMIENTO POR PARTE DEL DEUDOR.
2) FACTORAJE FINANCIERO CON RECURSO. CUANDO EL FACTORADO ESTÁ OBLIGADO AL PAGO EN CASO DE INCUMPLIMIENTO POR PARTE DEL DEUDOR.
3) FACTORAJE FINANCIERO CON COBRANZA DELEGADA. CUANDO EL FACTORADO ES QUIEN REALIZA LA COBRANZA DIRECTAMENTE POR LOS DERECHOS DE CRÉDITO EN LUGAR DE LA PERSONA QUE LOS AdquiríÓ, EN ESTE CASO NO ES NECESARIO AVISAR (NOTIFICAR) AL DEUDOR DE LA OPERACIÓN DE FACTORAJE REALIZADA.
4) FACTORAJE FINANCIERO CON COBRANZA DIRECTA. CUANDO EL INTERMEDIARIO FINANCIERO COBRA DIRECTAMENTE AL DEUDOR LOS DERECHOS DE CRÉDITO ADQUIRIDOS EN LAS FECHAS DE VENCIMIENTO CORRESPONDIENTES.
– FORMA DE CREACIÓN Y LOS REQUISITOS PARA CONSTITUIR LAS INSTITUCIONES DE BANCA MÚLTIPLES FILIALES
-SEÑALE LAS CarácterÍSTICAS QUE TIENEN LAS SOCIEDADES NACIONALES DE CRÉDITO
ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL
TIENEN PERSONALIDAD JURÍDICA Y PATRIMONIO PROPIO
SE RIGEN POR SUS LEYES ORGÁNICAS
-LAS SOFOMES TAL COMO LOS BANCOS, OPERAN AL AMPARO DE CIERTOS BENEFICIOS, ENUMERE DICHOS BENEFICIOS
Vía EJECUTIVA,
HIPOTECA INDUSTRIAL
CAPITALIZACIÓN DE INTERESES
ACTIVIDAD FIDUCIARIA
PREVENCIÓN Y DETECCIÓN DE OPERACIONES DE PROCEDENCIA ILÍCITA
PROTECCIÓN DE INTERESES DEL PUBLICO
SEÑALE LAS PRINCIPALES CarácterÍSTICAS DE LAS OFICINAS DE REPRESENTACIÓN DE ENTIDADES FINANCIERAS DEL EXTERIOR
SU AUTORIZACIÓN REQUIERE AUTORIZACIÓN DE LA SCHP
NO PODRÁ REALIZAR EN EL MERCADO NACIONAL NINGUNA ACTIVIDAD DE INTERMEDIACIÓN FINANCIERA
SE ABSTENDRÁN DE REALIZAR OPERACIONES DE CAPTACIÓN DE RECURSOS DEL PÚBLICO
SU LABOR CONSISTE EN REPRESENTAR LOS INTERESES DE LOS GRANDES PRESTAMISTAS INTERNACIONALES
SEÑALE LOS TRES ASPECTOS FUNDAMENTALES QUE COMPRENDE LA LEY DE PROTECCIÓN AL AHORRO BANCARIO
LA PROTECCIÓN DE LOS INTERESES DEL PÚBLICO
FINANCIAMIENTO DE LA COBERTURA (SEGURO DE LAS TASAS)
REGULACIÓN DE LOS APOYOS FINANCIEROS
SEÑALE LAS INSTITUCIONES DE BANCA DE DESARROLLO QUE ACTUALMENTE EXISTEN EN NUESTRO PAÍS Y EXPLIQUE EL OBJETIVO DE CADA UNA DE ELLAS
BANCO NACIONAL DE EJÉRCITO, FUERZA AÉREA Y ARMADA: TIENE COMO MANDATO PROPORCIONAR SERVICIOS FINANCIEROS PROPIOS DE LA BANCA TRADICIONAL, COMO SON CRÉDITOS AL CONSUMO O PARA LA ADQUISICIÓN DE VIVIENDA, A LOS MIEMBROS DE LAS FUERZAS ARMADAS DE NUESTRO PAÍS.
NACIONAL FINANCIERA SNC: TIENE POR OBJETO PROMOVER EL AHORRO Y LA INVERSIÓN CANALIZANDO APOYOS FINANCIEROS Y TÉCNICOS AL FOMENTO INDUSTRIAL, IMPULSANDO EL DESARROLLO ECONÓMICO NACIONAL Y REGIONAL DEL PAÍS.
BANCO NACIONAL DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS: TIENE POR OBJETO FINANCIAR O REFINANCIAR PROYECTOS DE INVERSIÓN PÚBLICA O PRIVADA EN INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS, ASÍ COMO COADYUVAR AL FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL DEL GOBIERNO FEDERAL, ESTATAL Y MUNICIPAL, CON EL PROPÓSITO DE CONTRIBUIR AL DESARROLLO SUSTENTABLE DEL PAÍS.
BANCO NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR: TIENE POR OBJETO FINANCIAR EL COMERCIO EXTERIOR DEL PAÍS, ASÍ COMO PARTICIPAR EN LA PROMOCIÓN DE DICHA ACTIVIDAD, PROPORCIONANDO SERVICIOS FINANCIEROS ESPECIALIZADOS A FIN DE IMPULSAR EL COMERCIOS EXTERIOR, PROMOVER EL CRECIMIENTO REGIONAL Y LA CREACIÓN DE EMPLEOS.
SOCIEDAD HIPOTECARIA FEDERAL: TIENE POR OBJETO IMPULSAR EL DESARROLLO DE LOS MERCADOS PRIMARIOS Y SECUNDARIOS DE CRÉDITO A LA VIVIENDA, MEDIANTE EL OTORGAMIENTO DE CRÉDITO Y GARANTÍAS DESTINADAS A LA CONSTRUCCIÓN, ADQUISICIONES Y MEJOR DE VIVIENDA, PREFERENTEMENTE DE INTERÉS SOCIAL, ASÍ COMO AL INCREMENTO DE LA CAPACIDAD PRODUCTIVA Y EL DESARROLLO TECNOLÓGICO, RELACIONADOS CON LA VIVIENDA. ASIMISMO, PODRÁ GARANTIZAR FINANCIAMIENTOS RELACIONADOS CON EL EQUIPAMIENTO DE CONJUNTOS HABITACIONALES. ES UN BANCO DE SEGUNDO PISO, ES DECIR, NO ATIENDE DIRECTAMENTE AL PÚBLICO, SE APOYA EN INTERMEDIARIOS FINANCIEROS PARA HACER LLEGAR RECURSOS A LA GENTE.
BANCO DEL AHORRO NACIONAL Y SERVICIOS FINANCIEROS: TIENE POR OBJETO PROMOVER EL AHORRO, EL FINANCIAMIENTO Y LA INVERSIÓN ENTRE LOS INTEGRANTES DEL SECTOR DEL AHORRO Y CRÉDITO POPULAR, OFRECER INSTRUMENTOS Y SERVICIOS FINANCIEROS ENTRE LOS MISMOS, ASÍ COMO CANALIZAR APOYOS FINANCIEROS Y TÉCNICOS NECESARIOS PARA FOMENTAR EL HÁBITO DEL AHORRO Y EL SANO DESARROLLO DEL SECTOR EN GENERAL, AL DESARROLLO ECONÓMICO NACIONAL Y REGIONAL DEL PAÍS.
FINANCIERA RURAL: TIENE COMO OBJETIVO CONSOLIDAR UN SISTEMA DE FINANCIAMIENTO Y CANALIZACIÓN DE RECURSOS FINANCIEROS, ASISTENCIA TÉCNICA, CAPACITACIÓN Y ASESORÍA EN EL SECTOR RURAL; PROPICIANDO CONDICIONES PARA LA RECUPERACIÓN DEL NIVEL DE VIDA EN EL MEDIO RURAL MEDIANTE LA OFERTA DEL FINANCIAMIENTO, ASESORÍA Y CAPACITACIÓN, EN BENEFICIO DE LOS PRODUCTORES RURALES, SOBRE TODO A TRAVÉS DE ENTIDADES INTERMEDIARIOS QUE ASEGUREN EL IMPACTO EN ELLOS. ES UN ORGANISMO DESCENTRALIZADOS DE LA APF, SECTORIZADOS EN LA SCHP, CON PERSONALIDAD JURÍDICA Y PATRIMONIO PROPIO.