Relaciones Laborales en España: Conceptos, Tipos de Contratos y Descentralización Productiva
Presupuestos sustantivos
La ley q regula ls requisitos para ser trabajador es el art 1 dl estatuto de los trab. Son los llamados asalariados, ya q prestan sus servicios retribuidos por una persona física o jurídica denominada empresario. Caract: 1.El trabajo tiene q ser voluntario. 2.El trabajo tiene q ser retribuido. 3.Deben ser x cuenta ajena. 4.Debe ser dependiente.
Exclusiones legales
1.La q constituye el trabajo autónomo. 2.La función publica. 3.Los trabajos familiares. 4.Trabajos amistosos y benévolos. 5.Las prestaciones personales obligatorias. 6.Consejeros y miembros d ls órganos d representación d las empresas. 7.Personas q intervienen en operac mercantiles asumiendo riesgos. 8.Personas q prestn sv d trans cn vehículos comerciales.
Relaciones Laborales de carácter especial
Regulada x el arti 2 dl estatuto d los trabaja. Ochoc colectivos: 1.Pers de alta dirección. 2.Sv dl hogar familiar. 3.Penados en instituciones penitenciaras. 4.Deportistas profesionales. 5.Artis en espectáculos públicos. 6.Perso q intervienen en operaciones mercantiles sin asumir el riesgo y ventura d aquella. 7.Minusvalidos en centros especiales d ocupación. 8.Estibadores portuarios.
La descentralización productiva y relaciones laborales
Dentro d la empre existn alternativas a la acti laboral. Descentralización-Organización d la producción sin incorporar trabajadores a la plantilla encargando a 3ºs determinadas fases. Externalizacion-Contratar actividades con terceros.
Mecanismos de la descentralización
1.Contratas. 2.Subcontratas. 3.Externacionalizacion. 4-Contratación d autónomos.
Características
-Distinguir entre si las obras y los sv refieren a la activ d la empresa o si es una acti accesoria. -Sila actividad es propia d la empresa el derecho impone un deber d comprobar q la empresa contratista esta al corriente n el pago d cuotas a la seg social. Si lo q se descentraliza son obras o sv q no s refieren a la activi principal d la empresa lo único q existe es una resp subsidiaria.
Transmisión de empresas
Fenómeno q ocurre cuando cmbia el titular d la empresa pero se mntiene la actividad. De cara al derexo dl trbajo s q cmbie el titular no significa q existn los cntratos de trabajo, se mntiene en vigorArt 44 esta trab.
Noción jurídica d empresario
No todos los empresarios son empleadores, empleador es todo aqel q recibe la prestación d un trbajador. Empleador puede ser pers física o jurídica o comunidad d bs. Hay dos casos q se distorsiona: -Grupos de empresas:Conjuntos d sociedades en las q existen vínculos entre ellas. La regla general s q cada socio es independiente y no se comunica la responsabilidad d unas a otras, x esto s puede utilizar d forma fraudulenta. Por ello la jurisprudencia crea el levantamiento dl velo. -Las empresas de trabajo personal: En nuestro país esta prohibida la cesión d trabajadores, solo hay un puesto en el cual se admita a un trabajador d una empresa en otra: cuando la otra empresa sea una empresa d tabajo tmporal.
Requisitos
1.Los ETT tienen q tener siempre autorización adminis. 2.Tiene q dedicarse exclusivamnte a esa activi. 3.No pueden tener pndientes deudas fiscales y d seguridad social. 4.Tiene q garantizar sus obligaciones salariales y de seg social. 5.Tienen q incluir en su nombre el termino ETT. 6.Plantilla d almenos 12 traba indefinidos x cada 1000 contratados anteriormnte.
1.Libertad contratación: El proceso de selección
Mecanismo sujeto a obligaciones y a unos limites para contratar. Obligaciones: -comunicar en oficina d empleo el contrato.
-Facilitar los datos. Limites: -prohibición discriminación: es sancionable, indemnización a la persona excluida, realizar d nuevo proceso selección.
Capacidad para contratar
-Cap civil de obrar(mayores d edad o de 16 q estén emancipados o con autorización. -Se requiere la nacionalidad o q este en la UE si no son d EU tndran otros requisitos.
Tratos preliminares y precontratos
Intercmbio d ofertas.
Sometimiento dl contrato a un periodo d prueba:
pueden anular el contrato libremente si no le convence a una d las dos partes. Art 14 d los esta traba y depende de: -Técnicos titulados sera 6 meses. -El resto si empresa mas de 25 traba 2 meses si menos de 25 traba 3 meses. El trabajador en periodo d prueba tiene los mismos derexos y deberes d cualquier otro trabaja. El cntrato s puede interrumpir x huelgas, x acuerdo entre las partes o x maternidad.
2.Duración contrato de trbajo: Contrato indefinido:
es a jornada completa, no tiene fecha de trminacion solo x causas legales. Si hay despido se debe imdenizar. LAs irregularidades dl contrato tmporal se sancionan trnsformando el contrato en indefinido.
Estímulos a la contratacon indefinida, contrato apoyo emprendedores:
requisitos: -El contrato escrito. -solo lo formalizan empresas d menos d 50 trabaja con tasa menor del 15% -No lo pueden usar empresas q 6 meses antes tngan dspido improcednte. Consecuencias: -Implica la obligación d mantener a trabajador durante 3 años mínimo.
Contratos de duración determinada
1-Contrato para la realización d obras y servicios determinados(debe ser escrito y tener una duración macima d 3 años q se puede ampliar 12 meses mas la obra)
2-Contrato eventual(cubre necesidades d mayor volumn, acumulación d tareas o exceso pedido. Si es d mas d 4 semanas se tiene q hacer x escrito, duración máxima de 6 meses)
3-Contrato de interinidad (cumplir una vacante, duración lo q dure la vacante y debe realizarse x escrito)
Contratos formativos
1-Contrato ordinario (contrato a tiempo parcial con nº horas pactadas, hecho x escrito con el nº de horas esplicado)
2-Contrato fijo discontinuo (cubre necesidades d realizar trabajos discontinuos, puede ser epetitivamnte a lo alrgo d los años para hacer un trabajo unos días. El contrato sera x escritoindicando la actividad)
3-Contrato de relevo (cntrato d sustitución d aquellos trabajadores q han reducido su jronada o se han jubilado parcialmnte).