Regímenes Aduaneros en México: Ventajas y Desventajas

1. Importación Definitiva

Ventajas:

  • La mercancía puede permanecer en territorio nacional por tiempo ilimitado (96).
  • Se puede retornar al extranjero sin el pago del IGE en un plazo de 3 meses, o 6 (maquinaria y equipo) (97).

Desventajas:

  • Está sujeto al pago de ICE y cuotas compensatorias (95). Su retorno es por objeto de sustitución (97).
  • Para realizar la importación mediante el procedimiento de revisión en origen, los importadores deben estar inscritos en el registro del despacho de mercancías (100). No es a cualquier empresa que autorizan (100 – A).

2. Importación Temporal

2.1 Para Retornar al Extranjero en el Mismo Estado

Ventajas:

  • No se pagarán ICE (104). Cuando sea por medio de un tratado internacional, se puede presentar el Cuaderno ATA (107).
  • No está sujeta al cumplimiento de las NOM´S.

Desventajas:

  • Deben retornar al extranjero en el mismo estado y en los plazos indicados con relación al tipo de mercancía (106).
  • En algunos casos se debe señalar en el pedimento la finalidad de la mercancía y lugar donde se mantendrán (107).
  • Se deben cumplir las obligaciones de regulaciones y restricciones no arancelarias (104).
  • No se pueden transferir o enajenar las mercancías, excepto entre empresas IMMEX (105).

2.2 Importación Temporal para la Elaboración, Transformación o Reparación por Empresas IMMEX

Ventajas:

  • No se pagarán ICE (104).
  • Se puede convertir a importación definitiva (109):
    • Pago de las CC al momento de cambio de régimen.
  • Pueden transferirse la mercancía importada de manera temporal entre empresas IMMEX (112). No está sujeta al cumplimiento de las NOM.
  • No están sujetas a las regulaciones y restricciones no arancelarias.

Desventajas:

  • Algunas mercancías están sujetas al pago del IGI y cuotas compensatorias conforme al artículo 63-A (108).
  • Deben retornar en el plazo correspondiente (108).
  • Las empresas IMMEX deben presentar declaración de las mercancías que retornen (109).

3. Depósito Fiscal

Ventajas:

  • Almacenamiento de mercancías tanto extranjeras como nacionales (119).
  • Conservación, exhibición, colocación de signos de identificación comercial, empaquetado, examen, demostración y toma de muestras (119).
  • Solo se determinan las contribuciones de manera provisional, no se pagan.
  • Se puede desistir de este régimen.

Desventajas:

  • No se debe alterar o modificar su naturaleza o base gravable (119).
  • Los almacenes debe contar con un espacio para el almacenamiento (119).
  • Si no se anexa la carta cupo, se embarga la mercancía.
  • Se puede permanecer en un plazo de 24 meses.
  • Solo algunos estados del país cuentan con depósito fiscal.
  • Solo cierta mercancía se puede destinar a este régimen (123).

4. Tránsito de Mercancías

4.1 Tránsito Interno de Mercancías

Ventajas:

  • Se puede transportar de una aduana a otra.
  • Solo se determinan las contribuciones de manera provisional (127, fracción II, inciso b).

Desventajas:

  • Debe estar en contenedor cerrado con candado rojo fiscal (124).
  • Tener la garantía de contribuciones (124).
  • Pedimento de régimen de tránsito.
  • Debe ir acorde a las rutas y tiempos (anexo 15).
  • Solo para bienes de consumo final (4.6.6).
  • Antes de llegar a su destino se deben pagar las contribuciones (127).
  • Se deben cumplir las regulaciones y restricciones no arancelarias.

4.2 Tránsito Internacional de Mercancías

Ventajas:

  • Solo se determinan las contribuciones de manera provisional (131, fracción II).

Desventajas:

  • Debe estar en contenedor cerrado con candado rojo fiscal (124).
  • Tener la garantía de contribuciones (124).
  • Pedimento de régimen de tránsito.
  • Solo procederá en los casos y condiciones establecidas (4.6.21.).
  • Deben ir por las aduanas autorizadas (131, fracción III).
  • Su plazo máximo es de 10 días.

5. Elaboración, Transformación o Reparación en Recinto Fiscalizado

Ventajas:

  • No aplica cumplimiento de las NOM.
  • Se determinan las contribuciones, solo se pagan en los supuestos del art. 63-A.
  • Pueden ser objeto de elaboración, transformación o reparación.
  • Plazo indefinido de permanencia.

Desventajas:

  • Solo puede salir la mercancía de este régimen, siendo su destino el extranjero.
  • Solo existen 4 recintos fiscalizados autorizados en el país; si no se menciona en el ejercicio uno de ellos, si aplica este régimen.
  • Sólo las empresas IMMEX o personas morales mexicanas pueden destinar a este régimen.

6. Recinto Fiscalizado Estratégico

Ventajas:

  • La mercancía puede ser objeto de manejo, almacenaje, custodia, exhibición, venta, distribución, elaboración, transformación o reparación, comercialización y distribución (135-B).
  • No se pagan ICE, salvo los casos del art. 63-A; solo se determinan (135-B).
  • Las mermas no causan impuestos.
  • Tienen un plazo máximo entre 2 – 5 años, o dependiendo de su periodo de depreciación.
  • Se puede desistir de este régimen.

Desventajas:

  • Para destinar la mercancía a este régimen, se debe ser una persona moral constituida conforme a las leyes mexicanas, tener solvencia económica, entre otros aspectos (135-A).
  • Listado de recintos fiscalizados autorizados (anexo 22).