Que es el rendimiento neto reducido
Rendimiento del trabajo
Rendimiento integro o bruto = rendimiento integro dinerario + rendimiento integro en especie
-Reducciones, un 30% sobre las rentas generadas en 2 años y no se obtengan de forma periódica y estipulada en el contrato.
= Rendimiento integro reducido
-Gastos deducibles 2.000 fijos
Cotizaciones SS
Cotizaciones de pensiones de funciones
Cuotas sindicales
Colegios profesionales
=Rendimiento neto del trabajo
-Reducciones por rendimiento neto del trabajo
Si RNT menor o igual que 11.250 la reducción será 3.700
Si RNT va de 11.250,01 a 14.450, la reducción se calcularía 3.700 – 1.15625(RNprevio – 11.250)
Si RNT mayor de 14.450 no hay reducción
=Rendimiento neto de la renta “BI general”
Rendimiento de capital mobiliario
Rendimiento integro, dividendos, acciones, primas de asistencia a juntas de accionistas, intereses de cuentas corrientes, bonos, plazo fijo, regalos de bancos.
-Todos los gastos de administración y custodia
=Rendimiento neto “BI del ahorro”
Rendimiento de ganancias y perdidas patrimoniales
Se produce cuando se vende o se trasmite bienes de un contribuyente y cuando obtenemos premios
Valor venta – Valor de adquisición = variación patrimonial “BI del ahorro” a no ser que se venda antes de un año “BI general”
Rendimiento de actividades económicas
SIMPLIFICADA, la cifra de negocios no debe superar los 600.000
Rendimiento integro (ventas de la actividad)
-Gastos deducibles
=Rendimiento neto
-5% del RN
=Rendimiento neto´
-Reducciones por rendimientos irregulares 30%
-Reducciones por inicio de actividad 20%
=Rendimiento neto reducido “BI general”
NORMAL, no es necesario ningún requisito
Rendimiento integro
-Gastos deducibles
=Rendimiento neto
-Reducciones por rendimientos irregulares 30%
= Rendimiento neto reducido “BI general”
Rendimiento capital inmobiliario
Rendimiento integro
-Gastos deducibles à amortización, se coge la mayor entre el 3% (V. Adquisición – V. Adquisición suelo) y 3%(Valor catastral – Valor catastral del suelo)
Rendimiento Neto previo
-Reducciones 60% sobre RN si se destina a vivienda
Rendimiento neto “BI general”
Rentas imputadas inmobiliarias, bienes urbanos o rústicos que no generan rentas de capital
Tributaciónà 2% s/valor catastral si la revisión se hizo hace mas de 10 años
1,1% s/valor catastral si la última revisión menos de 10 años
Base imponible
BI general = A+B
- Rendimientos del trabajo, RN inmobiliario, rentas imputadas y rendimientos act. Eco.
- Ganancias o pérdidas q no procedan de transmisiones y ganancias o pérdidas patrimoniales.
BI del ahorro = A + B
- Rendimiento neto mobiliario, si da negativo se compara con el resultado positivo de B con un límite del 25% sobre B.
- Ganancias y pérdidas patrimoniales mayores o iguales a 1 año, si da negativo se compensara con el resultado positivo de A con el límite del 15% sobre A.
Impuesto de Sociedades
Base Imponible Contableà I-G
+ -Ajustes
BI previa
-Compensación de base imponibles negativas de ejercicios anteriores (max. 18 años)
-Reducción de reserva de capitalización, la reducción será 10% del incremento de los Fondos Propios
BI
X Tipo de gravamen
Cuota integra
-Deducciones para evitar la doble imposición internacional
-Bonificaciones
Cuota íntegra ajustada
-Deducciones por incentivos, I+D, reinversión, minusvalías, ventas de inmovilizado si hay beneficios
-Deducciones por amort. No deducibles del año 2013 y 2014, un 5%
Cuota liquida
-Retenciones y pagos a cuenta fraccionados
–
Clientes de dudoso cobro, para deducir el gasto se ha de cumplir alguno de estos:
Ha tenido que transcurrir 6 meses desde el vencimiento.
Que este en concurso de acreedores mediante auto-judicial.
Debe estar procesado por alzamiento de bienes.
Obligaciones reclamadas judicialmente.
-Clientes de dudoso cobro que no te puedes deducir fiscalmente:
Adeudados o afianzados por entes públicos.
Afianzados por entidades de crédito (si hay avalista).
Deuda con garantía hipotecaria.
Seguro de crédito, la parte aseguradora no se puede deducir.
Cuando exista una prórroga o renovación pactada.
Personas o entidades vinculadas.
–
Exención de dividendos de empresas residentes en España, se deben cumplir las 2:
Debemos tener al menos una participación del 5% del capital social o que la participación sea superior a 20.000.000.
Dicha participación se debe poseer durante un año ininterrumpidamente.
Bonificaciones:
Actividades en Ceuta y Melilla, bonificación del 50% de la cuota integra.
Por actividades exportadoras de libros, condición tienes que reinvertir los beneficios en algo relacionado con esa actividad, 38% de la cuota integra.
Deducciones por doble imposición internacional
Si el impuesto que se paga al extranjero es menor del 10%, utilizaremos el método de la deducción. Se coge el menor entre: Impuesto pagado en el extranjero (se calcula sobre las rentas brutas) y la cuota íntegra que se hubiera pagado en España.
Si el impuesto que pagamos es mayor o igual al 10%, elegimos el método de la exención o deducción. Si elegimos el de la exención, sería un ajuste negativo en la base imponible.
-Exención para evitar la doble imposición sobre dividendos de empresas residentes fuera de España. Se utilizara el método de la exención cuando se cumplan estas condiciones:
El porcentaje de participación directa o indirecta en el capital del país residente sea al menos el 5%, la participación se deberá poseer de manera ininterrumpidamente durante el año anterior.
Que la entidad participada haya estado gravada por un impuesto extranjero de naturaleza idéntica.
Que los beneficios que se repartan procedan de la realización de actividades empresariales en el extranjero.
Deducción por incentivos
Deducción por creación de empleo a minusválidos
9.000 de deducción con respecto al año anterior, si la minusvalía es mayor o igual a un 33% y menor a un 65% y 12.000 si la minusvalía es mayor o igual al 65%
Deducciones por I+D
Si el I+D comienza este año:
25% sobre los gastos totales, si lleváramos varios años investigando, si los gastos de este año son superiores a la media de los 2 años anteriores se aplicara una deducción del 25% hasta dicha media y el resto al 42%.
+17% sobre gastos de personal
+8% sobre inversiones (inm. Mat. Intangible, excepto inmuebles)
Deducción de inversiones medio ambientales
La deducción es el 8% sobre las inversiones en inm. Material
Deducción por creación de empleo a emprendedores
3.000 solo con el primer trabajador con contrato indefinido y menor de 30 años
Deducción por innovación tecnológica
Del 12% sobre gastos del ejercicio, debiendo mejorar los productos existentes.