Procedimientos Previamente Convenidos (SEPC-4): Contratos, Tipos y Aplicación Práctica
Procedimientos Previamente Convenidos (SEPC-4)
Contratos de certificaciones (SEPC-4)
Tipos de Revisión de Estados Financieros
Existen diferentes tipos de revisión de estados financieros:
- Auditoría
- Revisión limitada
- Procedimientos previamente convenidos
Normas que Regulan los Informes
Las normas que regulan los informes sobre estas actividades son:
- Auditoría: DNA-11
- Revisión limitada: SEPC-2
- Procedimientos previamente convenidos: SEPC-4
Definición de Procedimientos Previamente Convenidos
Los procedimientos previamente convenidos constituyen el conjunto de pruebas, análisis y cualquier otra acción que el CPI ha convenido con su cliente, sobre cierta información financiera específica. Es importante destacar que los procedimientos previamente convenidos no son una revisión limitada de estados financieros.
Objetivos de los Procedimientos Previamente Convenidos
Las contrataciones de acuerdo con procedimientos previamente convenidos suelen ser para:
- Trabajos sobre partidas individuales de los estados financieros (ejemplo: efectivo, cuentas por pagar, cobrar, compra, ventas).
- Determinados procedimientos específicos sobre unos estados financieros (ejemplo: balance general, informes especiales, actas de entrega, informe sobre el formato especial de la OCEI).
Aplicación Práctica
Algunos ejemplos de trabajos relacionados con procedimientos previamente convenidos son:
- Revisión de las conciliaciones bancarias de un periodo específico.
- Preparación de los estados financieros ajustados por inflación.
- Toma física de activos fijos o inventarios.
- Revisión del cumplimiento de contratos y obligaciones.
- Revisión de actas de entrega de organismos y/o dependencias gubernamentales.
- Revisión del proceso de compras de una entidad.
- Valoración de empresas.
- Análisis de cuentas.
Principios Generales
Los principios generales que deben ser observados para los trabajos ejecutados bajo la norma SEPC-4 (procedimientos previamente convenidos) son:
- Integridad
- Objetividad
- Competencia profesional y debido cuidado
- Confidencialidad
- Conducta profesional y estándares técnicos
Un principio fundamental para los trabajos ejecutados bajo la norma SEPC-4 es que el CPI deberá asegurar, antes de aceptar un trabajo en el cual el alcance está limitado a la aplicación de procedimientos previamente convenidos sobre determinada información financiera, que las partes interesadas comprenden claramente la naturaleza y alcance de los procedimientos que serán aplicados y las características del informe que será emitido.
Contrato de Servicios
En el contrato de servicios debe quedar claramente establecido los asuntos o procedimientos convenidos, entre los cuales se incluyen, pero no se limitan a ellos, los siguientes:
- La naturaleza del trabajo, indicando que los PPC no constituirán una auditoría de EEFF en su conjunto y, por consiguiente, no se expresará opinión alguna.
- El propósito del trabajo, el cual debe quedar debidamente establecido.
- La identificación de la información financiera a la cual se le aplicarán los procedimientos previamente convenidos.
- El CPI y los usuarios específicos están de acuerdo con los PPC (oportunidad y alcance).
- Los usuarios específicos toman la responsabilidad por la suficiencia de los PPC para sus propósitos.
- La forma en que se suministrarán los informes de avance en los casos que sea acordado.
- El uso del informe con los resultados está restringido a los usuarios específicos.
Planificación
- Las normas relativas a la planificación y supervisión deberán ser cumplidas de forma que el profesional desempeñe su labor de manera efectiva.
- El conocimiento profesional, la experiencia y el entendimiento de las operaciones del cliente son necesarios en la planificación.
Papeles de Trabajo
El CPI debe documentar los asuntos importantes que proporcionen evidencias, para sustentar el informe de los resultados y que el trabajo fue realizado de acuerdo con el SEPC-4 y los términos de contratación.
Procedimientos a Ser Aplicados
- Los procedimientos pueden ser limitados o más extensos de acuerdo con la información requerida por los usuarios.
- No se deberán convenir procedimientos que objetivamente no sea factible ejecutar, de forma que induzcan a interpretaciones erróneas. (ejemplo: un compromiso para hacer un conteo total de cada uno de los árboles que conforman los activos del bosque de una empresa forestal).
- Términos imprecisos en cuanto a su significado (en forma general: revisión, conciliación, verificación o pruebas) no deberán ser utilizados para describir los procedimientos.
Presentación de Resultados e Informe
- El CPI deberá presentar un informe con los resultados obtenidos.
- No deberá proporcionar afirmación que indique la seguridad de la no violación de principios de contabilidad generalmente aceptados.
- El concepto de importancia no es aplicable a los resultados, al menos que la definición de importancia haya sido requerido por los usuarios específicos.
- Se deberá evitar vaguedades y lenguaje ambiguo en su informe.