Procedimientos de Adjudicación de Obra Pública y Vivienda Protegida: Aspectos Clave
Indica en Contratación Administrativa los Procedimientos y Formas de Adjudicación de Obra Pública
Concepto: Contratos celebrados por un Ente Público que contienen cláusulas del Derecho Común y referidos al servicio público en sentido amplio. Son contratos de adhesión cuyo objeto es una obra o servicio público y su finalidad es el interés público.
La adjudicación de los contratos podrá llevarse a cabo por los siguientes procedimientos:
- a) Abierto: todo empresario interesado puede presentar una proposición.
- b) Restringido: solo para aquellos empresarios seleccionados por la administración.
- c) Negociado: el contrato es adjudicado al empresario justificadamente elegido por la Administración previa consulta y negociación de los términos del contrato. Solo procederá en casos determinados y debe justificarse la elección del procedimiento y forma utilizada.
La adjudicación puede efectuarse atendiendo a un criterio, que será necesariamente el precio más bajo o a un conjunto de ellos, directamente vinculados al objeto del contrato, como la calidad, precio, plazo de ejecución, necesidades sociales…
Los siguientes contratos serán valorados bajo varios criterios para su adjudicación:
- a) La Administración no ha podido establecer previamente el presupuesto o proyecto.
- b) La solución de la Administración es mejorada por otras soluciones técnicas.
- c) La Administración facilita materiales o medios auxiliares.
- d) Los que requieran empleo de tecnología especialmente avanzada.
- e) Gestión de servicios públicos, suministros y aquellos con un impacto medioambiental.
El órgano de contratación podrá acordar la aplicación del procedimiento negociado cuando concurran alguna de las siguientes características:
Público:
- a) Cuando las proposiciones u ofertas económicas sean irregulares o inaceptables.
- b) Obras cuya naturaleza o riesgos no permitan determinar el precio global previamente.
- c) Obras con fines de investigación.
- d) Cuando su valor sea superior a 200.000€.
Privado:
- a) Cuando el contrato no llegue a adjudicarse por falta de licitadores.
- b) Por razones técnicas o artísticas de protección de derechos exclusivos.
- c) Urgencia imperiosa por acontecimiento imprevisto.
- d) Los declarados secretos o reservados.
- e) Obras complementarias que no figuren en el proyecto (obras con al menos el 50% del presupuesto del contrato principal).
- f) Repetición de obras similares a otras ya adjudicadas por procedimientos abiertos y restringidos.
VPP: Zona Geográfica y por Módulo Básico Estatal y Cómo se Calcula el Precio Máximo de Venta de Vivienda
Vivienda protegida es aquella que cuenta con tal calificación por cumplir con los requisitos de uso, destino, calidad, precio máximo de venta o alquiler y cualesquiera otros establecidos en la normativa estatal o autonómica correspondiente.
Requisitos mínimos establecidos por el Plan Estatal:
- a) Residencia habitual permanente del propietario o inquilino.
- b) Contar con precio máximo de venta o alquiler.
- c) Superficie útil máxima de 90 m2 y mínima de 30 m2 en Comunidad Valenciana.
El MBE (€/m2u) es la cuantía, establecida por el Consejo de Ministros, que sirve de base para conformar los precios máximos de venta y renta, así como los presupuestos protegidos máximos en rehabilitación. Desde 2011 está fijado en 758.000 €/m2u.
Se establecen diferentes zonas geográficas con el objeto de adecuar los precios máximos de venta y renta en caso de nueva construcción, teniendo en cuenta la situación del mercado inmobiliario residencial en la zona, el tamaño de la población y su nivel de renta. Las zonas geográficas pueden ser cinco (A, B, C, D, E), pudiendo contener la Zona A los casos de municipios singulares en orden de tres Grupos o Ámbitos Territoriales de Precio Máximo Superior (A, B, C).
VPP, Superficie Útil
Superficie incluida en el perímetro definido por la cara interna de sus cerramientos con el exterior o con otras viviendas o locales, excluyendo la superficie ocupada en planta por:
- a) Particiones internas
- b) Elementos estructurales verticales
- c) Canalizaciones de sección superior a 500 cm2
- d) Superficies de altura libre inferior a 1.5 m y añadiendo el 50% de la superficie útil de los espacios exteriores de anchura mayor de 60 cm cubiertos por la planta superior.