Órganos reguladores del presupuesto publico

B


Es una herramienta de gestión financiera, utilizadas en las diversas etapas del proceso presupuestario de las entidades del sector público. Consiste en un conjunto de cuentas de gastos, ordenadas y agrupadas de acuerdo con la naturaleza del bien o servicio que se esté adquiriendo o la operación financiera que se esté efectuando.

Esta relacionado a los Gastos Presupuestarios que representa el consumo de fondos de la entidad habido en el año fiscal, como resultado de una transacción, como producto de la responsabilidad de las entidades de proveer ciertos bienes y servicios a la población y de redistribuir el ingreso y la riqueza mediante pagos de transferencia. De uso exclusivo del ministerio de economía y finanzas. Personal y Obligaciones Sociales

Son los gastos por el pago del personal activo del sector publico con vínculo laboral, así como otros beneficios por el ejercicio efectivo del cargo y función de confianza. Incluye las asignaciones en especie otorgadas a los servidores públicos.

Pensiones y otras Prestaciones Sociales

Son los gastos por el pago de pensiones a cesantes y jubilados del sector público, prestaciones a favor de los pensionistas y personal activo de la administración pública, asistencia social que brindan las entidades públicas a la comunidad.

Bienes y Servicios

Son los gastos por concepto de adquisición de bienes para el funcionamiento institucional y cumplimiento de funciones, así como por los pagos por servicios de diversa naturaleza prestados por personas naturales, sin vínculo laboral con el estado, o personas jurídicas.

Donaciones y Transferencias

Son los gastos por donaciones y transferencias a favor de gobiernos, organismos internacionales y unidades de gobierno no reembolsables de carácter voluntario u obligatorio. Incluye las transferencias por convenios de administración de recursos.

Adquisición de Activos No Financieros

Son los gastos por las inversiones en la adquisición de bienes de capital que aumentan el activo de las instituciones del sector público. Incluye las adquisiciones, mejoras y reparaciones de la capacidad productiva del bien de capital, los estudios de proyectos de inversión

Adquisición de Activos Financieros

Son los desembolsos financieros que realizan las instituciones públicas para otorgar préstamos, adquirir títulos y valores, comprar acciones y participaciones de capital.

Servicio de la Deuda Pública

Son los gastos por el cumplimiento de las obligaciones originadas por la deuda pública, sea interna o externa.

Con la finalidad de organizar el gasto en consideración de su uso, se lo clasifica en las siguientes categorías:

Sub Genérica del Gasto


Es el nivel intermedio de agregación que identifica el conjunto homogéneo, claro y ordenado, producto de la desagregación de las genéricas del gasto en recursos humanos, materiales, tecnológicos y financieros, así como los bienes, servicios y obras públicas, para el cumplimiento de sus objetivos y metas programadas. Es el nivel de agregación que identifica el conjunto homogéneo, claro y ordenado, producto de la desagregación de la sub genérica de gasto, incluyendo la agregación más específica de los recursos humanos, materiales, tecnológicos y financieros, así como los bienes, servicios y obras públicas, para el cumplimiento de sus objetivos y metas programadas.

4. El sistema nacional de presupuesto

Comprende los principios, normas, técnicas, métodos y procedimientos que regulan el proceso presupuestario y sus relaciones con las Entidades del sector público en el marco de la acción Financiera del Estado. Esta constituidos por la Dirección Nacional de Presupuesto Público y dependencias de presupuesto o las que hagan sus veces en las Entidades publicas.

5. Las fases del proceso presupuestario

El proceso presupuestario comprende las fases de Programación, Formulación, Aprobación, Ejecución y Evaluación del Presupuesto, de conformidad con la Ley

Marco de la Administración Financiera del Sector Público. Estas fases se encuentran reguladas genéricamente por la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y complementariamente por las Leyes de Presupuesto del Sector Público y las Directivas que emita la Dirección Nacional del Presupuesto Público.

A


14

En esta fase se realizan las siguientes acciones:

Determinar escala de prioridades del pliego, que permitirá priorizar los objetivos institucionales del año al que corresponde la gestión del presupuesto. Ello servirá para definir las actividades y proyectos que permitirán la provisión de servicios públicos. Este ejercicio permite conocer cuanto de fondos públicos se necesita para financiar el presupuesto en función de los componentes y las metas presupuestarias que forman parte de los proyectos y actividades. La estimación de los ingresos tiene por objeto establecer la Asignación Presupuestaria del pliego para que, conjuntamente con la Asignación Presupuestaria del MEF, financie el gasto a cargo del pliego, incluyendo los Programas Estratégicos identificados en el marco de la implementación de los programas pilotos del Presupuesto por Resultados.

Los proyectos y actividades constituyen las unidades básicas de asignación presupuestaria. Contienen los componentes y las metas presupuestarias.

El componente es la división de una Actividad o Proyecto que permite identificar un conjunto de acciones presupuestarias concretas. Cada componente a su vez comprende necesariamente una o más Metas Presupuestarias orientadas a cumplir los Objetivos específicos de las Actividades o Proyectos previstos a ejecutar durante el Año Fiscal, por un determinado pliego.

La demanda global establece el gasto en bienes y servicios, personal en general, estudios y obras, servicios de la deuda, etc.

La estimación de los fondos públicos, son por todo concepto y toda fuente. Los saldos de balance se incorporan en la fase de ejecución.

La asignación presupuestaria comprende los recursos ordinarios, otros impuestos, recursos directamente recaudados, endeudamiento, donaciones y transferen

B. Fase de formulación

Se define la Estructura Funcional Programática del presupuesto institucional del pliego correspondiente.

Se seleccionan las metas presupuestarias propuestas en la fase de programación Se consignan las cadenas del gasto, los montos para consignar gastos (créditos presupuestarios) y las respectivas fuentes de financiamiento. Se asignan los recursos en base a la asignación presupuestaria. Se incorporan los resultados del presupuesto participativo para el caso de los gobiernos regionales y locales.

Los Indicadores de Desempeño

Los pliegos formulan indicadores de desempeño relevantes que midan los resultados (finales e intermedios) y productos orientados al logro de los Objetivos Estratégicos. Debe señalarse claramente los valores a alcanzar en cada uno de los indicadores definidos y los medios de verificación para su seguimiento y evaluación.

Los indicadores evidencian un producto o resultado, orientados directamente al cumplimiento de sus objetivos y misión. No se deben formular indicadores de desempeño vinculados directamente a productos de gestión administrativa (incluye asesoramiento y apoyo administrativo) y operativa interna de las dependencias de línea de un pliego, tales como las acciones relacionadas con la gestión para suministrar a las dependencias de los insumos utilizados para dar cumplimiento a los requerimientos de recursos humanos, administrativo y técnico correspondiente, la difusión del programa, entre otros, por ser gastos propios de las dependencias y entidades.

C


El presupuesto es aprobado, por las instancias colegiadas de cada entidad gubernamental. En el caso de los ministerios por el Consejo de Ministros, de los gobiernos regionales por los consejos regionales y de los gobiernos regionales por los concejos municipales. El plazo de aprobación no debe exceder el 31 de Diciembre de cada año fiscal.

B


La ejecución presupuestal conlleva las siguientes actividades administrativas:

PLa Programación Mensual de Ingresos y Gastos que permite la fluidez del gasto en función a la proyección de los recursos que se esperan recaudar, captar u obtener en el Año Fiscal.

PLa  Ejecución  de  los  Ingresos  y  Gastos,  se  sujeta  al  marco  legal  y administrativo establecido par cada uno de los Recursos Públicos que administran y a la Ejecución de los gastos contemplados en el Piá o PIM.

PElCompromisodelGasto,eselactoadministrativo,atravésdelcualse afecta mensualmente, con cargo a su Presupuesto aprobado para el Año.

PEl  Devengado,  es  una  obligación  de  Pago     que  asume  el  Pliego Presupuestario en el marco de los compromisos contraídos de acuerdo al Piá.

PEl  Pago, es la etapa final de la ejecución del gasto, en el cual el monto devengado se cancela total o parcialmente.

PElCalendariodecompromisos,(CalendariodeCompromisosTrimestral Mensualizado), No constituyen sustento legal para aprobación de Resoluciones de Modificaciones Presupuestarias, son instrumentos de asignación gradual y constituye el monto máximo para la ejecución de gastos. Se modifican mediante Ampliación, que son aprobados por el titular del pliego.

PLasmodificacionesPresupuestariasserealizanenelnivelinstitucional mediante los Créditos Suplementarios y las Transferencias de Partidas, y en el nivel funcional programático por las Habilitaciones y Anulaciones

e. Este control consiste en la verificación periódica del resultado de la gestión publica, a la luz del grado de eficiencia, eficacia, transparencia y economía que hayan exhibido en el uso de los recursos públicos, así como del cumplimiento por las entidades de las normas legales y de los lineamientos de política y planes de acción.

Comprende la verificación de las líneas de acción siguientes:

Que, la ejecución de Ingresos y Egresos guarde relación con el Piá o PIM.

Que, no se ejecuten Gastos que no cuenten con el respectivo Piá o PIM.

f. Asimismo, la evaluación presupuestaria debe mostrar el grado de cumplimiento de las metas presupuestarias, así como explicar las dificultades para su logro y otros aspectos que puedan haberse presentado.

Las Etapas, secuenciales para la realización de la evaluación son:

Primera Fase:


Análisis de la Gestión Presupuestaria en Términos de Eficacia y Eficiencia.

Segunda Fase:


Identificación de los Problemas Presentados.

Tercera Etapa:


Determinación de las Medidas Correctivas Internas y Formulación de Sugerencia a los Sistemas Administrativa.

 iv. Muchos cumplían con el requisito de ser denominados fácilmente como elefantes blancos.

Ante esta situación, en  Junio del año 2000, se creó el Sistema Nacional de

Inversión Pública (SNIP)15     con la finalidad de optimizar el uso de los recursos

públicos destinados a la inversión. Desde su creación hasta Febrero de este año, el SNIP ha sufrido una serie de modificaciones16, que estuvieron encaminadas a su perfeccionamiento y flexibilización.

La flexibilización paulatina del sistema tiene la finalidad de agilizar las inversiones públicas. Sin embargo con el crecimiento de la economía por una serie de factores como la mayor inversión extranjera, el auge de la agro exportación, la construcción, el alza de los precios de los metales, etc., las entidades publicas incrementan sus ingresos de manera abrupta, encontrándose en sus cuentas bancarias con fondos financieros altos que no pueden ejecutar con celeridad. La respuesta es que hay mecanismos burocráticos, entre ellos el SNIP, como también el Sistema de Compras Estatales, cuyos órganos rectores pertenecen al Gobierno Nacional, se los señala como los responsables que limitan de inversión publica. Nunca antes un tema administrativo tomaba tanto interés en el seno de la sociedad.

2. Ámbito de aplicación

De acuerdo a lo dispuesto por la Ley Nº 27293, modificada por las Leyes Nos. En el caso de los Gobiernos Locales, las normas del Sistema Nacional de Inversión Pública, solamente son aplicables a aquellos incorporados al Sistema.

3

No son Proyecto de Inversión Pública las intervenciones que constituyan gastos de operación y mantenimiento. Asimismo, tampoco constituye Proyecto de Inversión Pública aquella reposición de activos que: (i) se realice en el marco de las inversiones programadas de un proyecto declarado viable; (ii) esté asociada a la operatividad de las instalaciones físicas para el funcionamiento de la entidad; o (iii) no implique ampliación de capacidad para la provisión de servicios. Para efectos del Sistema Nacional de Inversión Pública, considéresé Recursos Públicos a todos los recursos financieros y no financieros de propiedad del Estado o que administran las Entidades del Sector Público. Los recursos financieros comprenden todas las fuentes de financiamiento. Para efectos del Sistema Nacional de Inversión Pública, el Programa de Inversión es un conjunto de Proyectos de Inversión Pública y/o Conglomerados que se complementan y tienen un objetivo común.

4

Órgano rector del

SNIP

El Ministerio de Economía y Finanzas es la más alta autoridad técnica

normativa del Sistema Nacional de Inversión Pública. Actúa a través de la Dirección General de Programación Multianual.

La Dirección General de Programación Multianual del Sector Público (DGPM) tiene competencia para:

Aprobar a través de Resoluciones, las Directivas necesarias para el funcionamiento del Sistema Nacional de Inversión Pública. Regular procesos y procedimientos, las fases y etapas del Ciclo del Proyecto, así como emitir opinión técnica, a solicitud o de oficio, sobre los Proyectos de Inversión Pública en cualquier fase del Ciclo del Proyecto. Dictar las normas técnicas, métodos y procedimientos que rigen los Proyectos de Inversión Pública, inclusive para aquellos que consideren concesiones cofinanciadas por el Estado o requieran el aval o garantía del Estado, conforme a la normatividad del endeudamiento público. Regular las funciones y atribuciones de los órganos del Sistema Nacional de Inversión Pública, así como emitir opinión legal respecto del cumplimiento de las mismas. Aprobar el perfil profesional que deberán reunir los Responsables de las Oficinas de Programación e Inversiones, así como establecer los lineamientos y disposiciones a que deben sujetarse. Establecer los niveles mínimos de estudios de preinversión que requieren los Proyectos de Inversión para poder declarar su viabilidad. Declarar la viabilidad de los Proyectos de Inversión Pública que sean financiados total o parcialmente con operaciones de endeudamiento u otra que conlleve el aval o garantía del Estado, conforme a la normatividad del endeudamiento público. Determinar, de acuerdo al procedimiento simplificado que apruebe, la elegibilidad de los Proyectos de Inversión Pública que apruebe la Comisión Multisectorial de Prevención y Atención de Desastres. Solicitar a las Unidades Formuladoras y a las Oficinas de Programación e Inversiones, la información que considere pertinente sobre los Proyectos de Inversión Pública. Realizar el seguimiento de los Proyectos de Inversión Pública, velando porque las declaraciones de viabilidad que se otorguen, reúnan los requisitos de validez técnica y legal. Asimismo, realizar el seguimiento de la Fase de Inversión de los Proyectos de Inversión Pública, buscando asegurar que ésta sea consistente con las condiciones y parámetros bajo las cuales fue otorgada la viabilidad. Hacer seguimiento sobre la aplicación de las normas y procedimientos técnicos del Sistema Nacional de Inversión Pública, con la finalidad de informar a la Contraloría General de la República y a sus órganos desconcentrados. Efectuar evaluaciones muéstrales, con periodicidad anual sobre la calidad de las declaraciones de viabilidad que otorguen los órganos competentes del Sistema Nacional de Inversión Pública. Determina, a solicitud de la Oficina de Programación e Inversiones, los aspectos técnicos y metodológicos en la formulación y evaluación de un proyecto. Dicha aprobación es requisito previo a la elaboración o contratación del estudio respectivo.

Emitir opinión especializada en materia de inversión pública; así como emitir opinión legal sobre la aplicación de las normas del Sistema Nacional de Inversión Pública. Realizar y fomentar la generación de capacidades en las Oficinas de Programación e Inversiones y Unidades Formuladoras en las fases del Ciclo del Proyecto y en la Programación Multianual de la Inversión Pública. Emitir las directivas que regulan el funcionamiento del Banco de Proyectos y los demás aplicativos informáticos del Sistema Nacional de Inversión Pública.

La facultad establecida en el literal g) puede ser objeto de delegación. Dicha delegación incluye la facultad para aprobar los estudios de preinversión, en concordancia con los niveles mínimos de estudios que establezca la Dirección General de Programación Multianual del Sector Público.

5

Determinación de Sectores y niveles de

Gobierno

Ámbito Institucional de los Sectores:


Cada uno de los Sectores conformados para los fines del Sistema Nacional de Inversión Pública se encuentra bajo la responsabilidad de un Ministerio o un Organismo Constitucionalmente Autónomo o un órgano representativo de un conjunto de éstos. Asimismo, para efectos del Sistema Nacional de Inversión Pública, cada Sector agrupa a las empresas de servicios públicos de propiedad o bajo administración de más de un gobierno regional o gobierno local.

Responsabilidad Funcional de los Sectores:

Los Sectores evalúan los Proyectos de Inversión Pública que formulen las Unidades Formuladoras del Gobierno Nacional o que se financien con recursos provenientes de operaciones endeudamiento u otra que conlleve el aval o garantía del Estado, que se enmarquen en el ámbito de determinada función, programa o subprograma de la que sean responsables, según el Clasificador de Responsabilidad Funcional del Sistema Nacional de Inversión Pública que apruebe la Dirección General de Programación Multianual del Sector Público.

Ámbito Institucional de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales:


Cada Gobierno Regional y Gobierno Local agrupa a las entidades y empresas que le pertenecen o estén bajo su administración. Tienen la responsabilidad de formular y evaluar los Proyectos de Inversión Pública, de acuerdo a sus fines y competencias, según su nivel de gobierno.

Sectores y niveles de gobierno:

La Dirección General de Programación Multianual del Sector Público aprueba el Clasificador Institucional del Sistema Nacional de Inversión Pública, en el cual se señalán las Entidades que, para fines de dicho, conforman los Sectores del Gobierno Nacional y los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales: Gobiernos Locales: Los Gobiernos Locales se incorporan al ámbito de aplicación de las normas del Sistema Nacional de Inversión Pública, de acuerdo al cumplimiento de los requisitos establecidos por el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Programación Multianual del Sector Público. Los Gobiernos Locales, que se hayan venido incorporando al Sistema Nacional de Inversión Pública, en el marco de la normatividad aplicable en el momento de su incorporación, mantienen dicha calidad de forma irreversible.

6.Órgano Resolutivo del Sector, Gobierno Regional o Gobierno Local

El Órgano Resolutivo es el Titular o la máxima autoridad ejecutiva en cada Sector, Gobierno Regional o Gobierno Local y le corresponde:

Para los Sectores, aprobar en el marco de los Lineamientos de Política del Sector, el Programa Multianual de Inversión Pública. Para los Gobiernos Regionales o Gobiernos Locales, aprobar en el marco de los Lineamientos de Política Sectoriales Nacionales y de sus Planes de Desarrollo Concertados, el Programa Multianual de Inversión Pública. Dicho Programa debe considerar las competencias establecidas para cada nivel de gobierno en la normatividad de la materia. En ningún caso, el Órgano Resolutivo puede designar como Oficina de Programación e Inversiones a un órgano que actúa como Unidad Formuladora o Ejecutora. Autorizar la elaboración de expedientes técnicos o estudios definitivos y la ejecución de los Proyectos de Inversión Pública declarados viables. Estas competencias pueden ser objeto de delegación a favor de la máxima autoridad administrativa de las Entidades clasificadas en su Sector, Gobierno Regional o Gobierno Local. Asegurar las condiciones que permitan el adecuado funcionamiento de l

Oficina de Programación e Inversiones, velando por la calidad de los proyectos que se ejecuten en el ámbito de su competencia. Toda delegación se aprueba por Resolución fundamentada del Órgano Resolutivo que corresponda, de acuerdo a las condiciones mínimas establecidas por la Dirección General de Programación Multianual del Sector Público.

La delegación a que se refiere el literal f), incluye la facultad para aprobar los estudios de preinversión, teniendo en cuenta los niveles mínimos de estudios que establezca la Dirección General de Programación Multianual del Sector Público.

7

La Oficina de Programación e

Inversiones

La Oficina de Programación e Inversiones (OPI)
es el órgano técnico del Sistema Nacional de Inversión Pública en cada Sector, Gobierno Regional y Gobierno Local.

Aprobar y declarar la viabilidad de los proyectos o programas de inversión, incluyendo la autorización de conglomerados, cuando haya recibido la delegación de acuerdo al punto g). Del numeral 4. Solicitar, cuando considere pertinente, la opinión técnica de la Dirección General de Programación Multianual del Sector Público, sobre los proyectos que evalúe. Solicitar a las Unidades Formuladoras y/o Ejecutoras la información que requiera del Proyecto de Inversión Pública. Realizar el seguimiento de los Proyectos de Inversión Pública, verificando el cumplimiento de las normas y procedimientos técnicos del Sistema Nacional de Inversión Pública. Asimismo, realiza el seguimiento de la ejecución física y financiera de los Proyectos de Inversión Pública, buscando asegurar que ésta sea consistente con las condiciones y parámetros bajo las cuales fue otorgada la viabilidad. Aplicar las indicaciones que, en su calidad de ente técnico normativo, formule la Dirección General de Programación Multianual del Sector Público. Mantener actualizada la información registrada en el Banco de Proyectos, sobre los proyectos recibidos para su evaluación. Hacer recomendaciones y propuestas a la Dirección General de Programación Multianual del Sector Público, respecto de la metodología y parámetros de evaluación de los Proyectos de Inversión Pública enmarcados bajo su responsabilidad funcional e institucional. Capacitar y brindar asistencia técnica permanentemente al personal técnico encargado de la identificación, formulación, evaluación y seguimiento de proyectos en su Sector, Gobierno Regional o Gobierno Local. Elaborar y someter al Órgano Resolutivo, el Programa Multianual de Inversión Pública del Sector, Gobierno Regional o Gobierno Local, según corresponda. Velar por que los Proyectos de Inversión Pública se enmarquen en los Lineamientos de Política, en el Programa Multianual de Inversión Pública, en el Plan Estratégico Sectorial de carácter Multianual y en los Planes de Desarrollo Regionales o Locales, según corresponda.

Las Atribuciones del Responsable de la Oficina de Programación e Inversiones son siguientes

Suscribir los informes técnicos de evaluación, así como los formatos que correspondan.

8

Las Unidades Formuladoras y Unidades

Ejecutoras

La Unidad Formuladora, es cualquier órgano o dependencia de las Entidades, encargada de formular los estudios de pre factibilidad y factibilidad, registrada ante la Dirección General de Programación Multianual del Sector Público, a pedido de una Oficina de Programación e Inversiones. Es responsable de:

Elaborar los estudios de preinversión, siendo responsable del contenido de dichos estudios. En el caso de las Unidades Formuladoras de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, solamente pueden formular proyectos que se enmarquen en las competencias de su nivel de Gobierno. Realizar, cuando corresponda, las coordinaciones y consultas necesarias con la entidad respectiva para evitar la duplicación de proyectos, como requisito previo a la remisión del estudio para la evaluación de la Oficina de Programación e Inversiones.

Está prohibido el fraccionamiento de proyectos, bajo responsabilidad de la Unidad Formuladora. Asimismo, está a cargo de la evaluación ex post del proyecto.

9. Dicha oficina, área u órgano debe ser distinto de la Unidad Formuladora o Ejecutora de la empresa.

10. Procedimientos y procesos de la inversión publica

a. Los estudios de prefactibilidad y factibilidad pueden no ser requeridos dependiendo de las carácterísticas del proyecto.

La Declaración de viabilidad, comprende los siguientes aspectos:

La viabilidad de un proyecto es requisito previo a la fase de inversión

Sólo puede ser declarada expresamente, por el órgano que posee tal facultad. En ese sentido, la declaración de viabilidad de un proyecto solamente podrá otorgarse, si éste cumple con los requisitos técnicos y legales establecidos por la normatividad del Sistema Nacional de Inversión Pública. Asimismo, la declaración de viabilidad obliga a la Entidad a cargo de la operación del proyecto, al mantenimiento de acuerdo a los estándares y parámetros aprobados en el estudio que sustenta la declaración de viabilidad del Proyecto y a realizar las demás acciones necesarias para la sostenibilidad del mismo.

B


La evaluación ex post. Los resultados de las evaluaciones deben ser enviadas a la Dirección General de Programación Multianual del Sector Público.

11

En el año 2008, La capacidad de inversión de los niveles de gobierno ha mejorado, destacándose la labor de los gobiernos locales que han alcanzado el Mayo índice de inversión. También son los que cuentan con mayor canidad de proyectos viables.

El  Sistema  de  Modernización   de  la Gestión

Pública

Este sistema es nuevo y aparece en la actual Ley Orgánica del Poder Ejecutivo aprobada en Diciembre del 2007. A la fecha y hasta donde se conoce, no hay una propuesta que configure el alcance, ámbito, objetivos, enfoque que defina este sistema, que explique como se abordara la modernización de la gestión pública peruana. A ello se suma la ausencia de una instancia que Oriente el proceso de modernización, con la fuerza y creatividad que la tarea exige.

El diseño organizacional de una entidad publica

Comenzaremos diciendo, que una organización es un conjunto de múltiples relaciones entre las personas que pertenecen a una entidad, que interactúan para el cumplimiento de unos objetivos expresados en una misión y convocados por una visión compartida.

2. Algunos criterios para la organización

La organización debe estar articulado a los procesos de planificación sectorial, territorial o institucional, según se corresponda con el ámbito de acción de la entidad. En ese sentido el diseño organizacional debe responder a requerimientos del entorno, en el marco de su misión institucional. Las funciones fijan responsabilidad expresadas en atribuciones y competencias, mas no delimitan la actividad a gestionar, por el contrario la dispersan. Se requiere diseño de instrumentos organizacionales articulados, eficaces y flexibles para la toma de decisiones. Ello implica el diseño y uso de manuales de gestión, más que reglamentos dispersos que fracturan la gestión publica. Hay que poner la administración pública al servicio del ciudadano y no al servicio de la administración.

3. La modernización de los gobiernos regionales y locales

Con la finalidad de crear condiciones favorables para la modernización de los gobiernos  descentralizados,  se  ha  establecido  un  Régimen  Especial

Facultativo17   para que emprendan e implementen procesos de reforma

institucional, de manera que estén en mejores condiciones de promover el desarrollo integral y armónico de sus territorios y la provisión de los servicios públicos regionales y locales.

Este régimen especial, comprende además la efectivización del traslado de

recursos humanos del gobierno nacional a los gobiernos regionales y locales en el marco del proceso de descentralización.

Expediente de Modernización Institucional

El gobierno regional o local que se acoja a este proceso de modernización institucional debe preparar un Expediente, que constituye el sustento técnico de las medidas a adoptar y que debe incluir:

Los objetivos a lograr con la modernización; La descripción de los cambios concretos a implementar a nivel de la organización, procesos y recursos humanos, debidamente sustentados; El cronograma para la modernización institucional. A la fecha no se ha cumplido con este encargo del Decreto legislativo.

Aprobación de la propuesta

Los gobiernos regionales y locales aprueban su incorporación al régimen de modernización institucional mediante Acuerdo del Consejo Regional o Concejo Municipal. El Expediente requiere opinión previa del Consejo de Coordinación Regional o Local, según corresponda.

Alcance de los cambios a implementar

En el marco del proceso de modernización institucional, el gobierno regional o local podrá implementar cambios en la organización, los procesos y el personal contemplados en el Expediente, los que pueden incluir los siguientes aspectos:

Incorporación de nuevos profesionales de los grupos ocupacionales Funcionario y Profesional, vía concurso y mediante contrato temporal de

3 años renovables, siempre y cuando la entidad cuente con la disponibilidad presupuesta. Esta nueva organización y la supresión de plazas habilitarán al gobierno regional o al gobierno local a aplicar una medida de cese de personal nombrado o contratado bajo cualquier régimen, comprendido en el Expediente.

Modificación de sus instrumentos de gestión en concordancia con los cambios implementados. Simplificación y actualización de procedimientos administrativos. Aplicación de nuevas herramientas tecnológicas en la gestión.

Plazo del proceso de modernización institucional

El plazo de ejecución del proceso de modernización institucional no excederá de un año, contado a partir de aprobada la incorporación al régimen.

Este plazo resulta insuficiente, pero dependerá de la estrategia de implementación que se presente. Sólo en caso que la transferencia implique el cambio de residencia, la Autoridad establecerá el pago de una compensación.

Sobre el personal transferido

El personal transferido conserva su régimen laboral, derechos laborales y obligaciones según el régimen al que estaba sujeto en el gobierno nacional. La transferencia no implica ni origina reducción de remuneraciones u otros ingresos del personal de similar naturaleza, ni tampoco la interrupción del tiempo de servicios.

4

El Cuerpo de Gerentes

Publicas

El Cuerpo de Gerentes Públicos18, está conformado por profesionales altamente capaces, seleccionados en procesos competitivos y transparentes, para ser destinados a entidades del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales que los requieran.

Objetivos

El Cuerpo de Gerentes Públicos tiene por objetivos:

Cotar con profesionales capaces para altos puestos de dirección y gerencias de mando medio, para ocupar cargos de importancia directiva en organismos de la administración pública. Desarrollar capacidades de dirección y gerencia en la Administración Pública y asegurar su continuidad. Profesionalizar gradualmente los niveles más altos de la Administración Pública.

Impulsar la reforma del Servicio Civil.

Del Régimen Laboral de los Gerentes Públicos

Los Gerentes Públicos están sujetos al siguiente régimen de beneficios:

Remuneración: Percibirán la remuneración que corresponda, de acuerdo al régimen especial establecido para el Cuerpo de Gerentes Públicos, la cual será solventada de manera compartida entre la Entidad solicitante y la Autoridad del Servicio Civil. La Entidad solicitante pagará la remuneración y todos los conceptos no remunerativos que correspondan a la plaza que ocupe y, de ser necesario, la Autoridad complementará este monto hasta alcanzar la suma que corresponda al Gerente de acuerdo a la escala. Al menos cinco días de dicho descanso se disfrutarán de forma consecutiva. La jornada de trabajo es la que se establece con carácter general para las entidades públicas, adaptándose a cada uno de los cargos. En atención al nivel jerárquico, representación y carácterísticas del cargo que ocupan, a los Gerentes Públicos no les resulta aplicable la limitación de la jornada máxima ni se generan horas extraordinarias. Para los gastos por traslado el Gerente Público recibirá un pago por

traslado cuando sea necesario un cambio de residencia en el lugar de destino según escala aprobada por la Autoridad de Servicio Civil, en coordinación con el Ministerio de Economía y Finanzas.

Para la compensación por tiempo de servicios se aplican las normas pertinentes del régimen laboral de la actividad privada. Si al finalizar el proceso, se demostrara responsabilidad o culpabilidad a cargo del Gerente, éste deberá reembolsar el monto abonado por concepto de honorarios profesionales de la asesoría especializada.

Obligaciones de los Gerentes Públicos

Son obligaciones de los Gerentes Públicos las siguientes:

Asumir las atribuciones del cargo al cual se incorpora y comprometerse con los objetivos de la institución; Desempeñar diligentemente las funciones inherentes a su cargo para lograr las metas pactadas para el período, dentro de las circunstancias y recursos existentes, y rendir cuenta de ello; Liderar las acciones y los procesos propios de su cargo con eficiencia y transparencia; Informar oportunamente a los superiores jerárquicos de cualquier circunstancia que ponga en riesgo o afecte el logro de las metas asumidas y proponer las medidas para superarlas; Transmitir conocimientos gerenciales al personal a su cargo y comprometerlos con el cumplimiento de los compromisos del servicio civil.

 vi.

Gestión de Recursos

Humanos

Antecedentes

La gestión de los recursos humanos al servicio del Estado pasa por una situación crítica, convirtiéndose en un problema de gran envergadura que dificulta en gran medida, la eficacia y eficiencia de la gestión pública peruana. Están allí entre las principales causas, la ausencia de políticas de personal, las bajas remuneraciones por un lado que afecta a la gran mayoría y jugosos a los funcionarios de confianza que son los menos, la débil capacitación, la cultura burocrática, la carencia de incentivos, el favoritismo, sin indicadores de desempeño y por lo tanto sin evaluación del rendimiento, diversos sistemas remunerativos que conlleva a que trabajadores de un mismo nivel reciban remuneraciones diferentes, etc. Da la sensación que solo le interesa la capacitación como negocio.

En el año 2004, se tenían cinco (05) proyectos de Ley. Todo quedo allí.

El año 2008, se aprobaron los Decretos Legislativos Nos. 1023 (crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil, rectora del sistema administrativo de gestión de recursos humanos), 1024 (Crea y regula el Cuerpo de Gerentes Públicos), 1025 (aprueba normas de capacitación y rendimiento para el sector público) y 1026 (establece un régimen especial facultativo para los gobiernos regionales y locales que deseen implementar procesos de modernización.

institucional integral). Esperamos que tenga avances positivos, aunque tienen la debilidad de no tener una mirada integral de la problemática de personal en el Estado.

2

La Autoridad Nacional del Servicio

Civil

La Autoridad Nacional del Servicio Civil

es el Organismo Técnico

Especializado adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, con personería jurídica de derecho público interno, con competencia a nivel nacional y sobre todas las entidades de la administración pública, asumiendo la calidad de ente rector del Sistema.

i.

Ii


Dictar normas técnicas para el desarrollo e implementación del Sistema. Emitir opinión previa a la expedición de normas de alcance nacional relacionadas con el ámbito del Sistema. Desarrollar, normar y mantener actualizados los sistemas de información requeridos para el ejercicio de la rectoría del Sistema. Desarrollar y gestionar políticas de formación y evaluar sus resultados
Emitir opinión técnica vinculante en las materias de su competencia. Normar y gestionar el Cuerpo de Gerentes Públicos. Dictar normas técnicas para los procesos de selección de recursos humanos que realicen las entidades públicas.

Administrar el Registro Nacional de Personal del Servicio Civil. Su otorgamiento dará derecho y preferencia a cursos de capacitación e irrogará un premio económico a ser otorgado por una sola vez.

La Autoridad tiene las atribuciones siguientes

Normativa, que comprende la potestad de dictar, en el ámbito de su competencia, normas técnicas, directivas de alcance nacional y otras normas referidas a la gestión de los recursos humanos del Estado; Supervisora, destinada al seguimiento a las acciones de las entidades del Sector Público, en el ámbito de su competencia; Sancionadora, en caso de incumplimiento de las obligaciones previstas en el Sistema; Interventora, en caso de detectar graves irregularidades en la administración o gestión de los recursos humanos en materia de concursos; De resolución de controversias, que se ejerce a través del Tribunal del Servicio Civil y que comprende la posibilidad de reconocer o desestimar derechos invocados.

Atribución normativa en materia de evaluación del desempeño

La Autoridad formula la política de evaluación de desempeño en el marco de la gestión del rendimiento y dicta normas con el objeto de:

Establecer el nivel de rendimiento en relación con las metas establecidas por cada entidad; Estimular y recompensar a quienes superen los niveles exigidos, mediante políticas de ascenso, promociones económicas y reconocimiento moral; Capacitar a quienes no alcancen un grado de suficiencia compatible con las obligaciones y responsabilidades del cargo; Separar a quienes no alcancen rendimiento compatible con los estándares de la entidad.

Atribución supervisora

El ejercicio de la facultad supervisora sobre las entidades públicas comprende:

Revisar, en vía de fiscalización posterior y cuando lo determine conveniente, el cumplimiento de las políticas y normas del Sistema; Recomendar la revisión de las decisiones y actos de la entidad, y las medidas correctivas para fortalecer a la Oficina de Recursos Humanos correspondiente, así como dar seguimiento a su implementación.

Atribución sancionadora

La Autoridad puede imponer sanciones a las entidades públicas por el incumplimiento de las obligaciones y procedimientos previstos en el Sistema, las cuales pueden ser:

Amonestación escrita en los casos de faltas leves;

Publicación en la lista de amonestados, en los casos de faltas leves reiteradas y graves; Suspensión de facultades para el establecimiento de incentivos monetarios y no monetarios, en caso de faltas graves; Suspensión del ejercicio de funciones en materia de recursos humanos e intervención de la respectiva Oficina de Recursos Humanos en el caso de las entidades del Poder Ejecutivo. Tratándose de otras entidades de la administración pública, la Autoridad pondrá en conocimiento de la Contraloría General de la República y de la Comisión de Fiscalización y Contraloría del Congreso de la República, la comisión de faltas muy graves.

Las sanciones serán aplicadas sin perjuicio de la responsabilidad administrativa del personal. La tipificación de las faltas se aprueba mediante Resolución del Consejo Directivo.

Iii. La Organización de la Autoridad Nacional

La Autoridad Nacional del Servicio Civil tiene la estructura orgánica básica siguiente:

A. El Consejo Directivo

El Consejo Directivo es el órgano máximo de la Autoridad, está integrado por:

Tres consejeros designados en mérito a sus calificaciones profesionales y reconocida trayectoria en sus campos de trabajo; con sólida experiencia en gestión pública y/o en gestión de recursos humanos. Uno de ellos lo preside. El Director Nacional de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas. El Secretario de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros. Tampoco podrán ser designados como miembros del Consejo Directivo quienes hayan sido inhabilitados para el ejercicio de la función pública.

Son funciones y atribuciones del Consejo Directivo:

Expedir normas a través de Resoluciones y Directivas de carácter general;

Aprobar la política general de la institución;

Aprobar la organización interna de la Autoridad, dentro de los límites que señala la ley y el Reglamento de Organización y Funciones; Emitir interpretaciones y opiniones vinculantes en las materias comprendidas en el ámbito del sistema; Nombrar y remover al gerente de la entidad y aprobar los nombramientos y remociones de los demás cargos directivos; Nombrar, previo concurso público, aceptar la renuncia y remover a los vocales del Tribunal del Servicio Civil; Aprobar la creación de Salas del Tribunal del Servicio Civil; Proponer el Texto Único de Procedimientos Administrativos; Supervisar la correcta ejecución técnica, administrativa, presupuestal y financiera de la institución; Disponer la intervención de las Oficinas de Recursos Humanos de las entidades públicas;

B. Gerencia General


La Gerencia General ejecuta los encargos y decisiones del Consejo Directivo. El Gerente General ejerce la titularidad del pliego presupuestal y asume las responsabilidades administrativas de la Institución.

C. Tribunal del Servicio Civil


El Tribunal es un órgano con independencia técnica para resolver en las materias de su competencia. Conoce recursos de apelación en materia de:

Acceso al servicio civil;

Pago de retribuciones;

Evaluación y progresión en la carrera; Régimen disciplinario; Terminación de la relación de trabajo.

El Tribunal constituye última instancia administrativa. Sus resoluciones podrán ser impugnadas únicamente ante la Corte Superior a través de la acción contencioso administrativo.

Conformación de la Sala del Tribunal del Servicio Civil

La Sala del Tribunal está conformada por tres (3) vocales, elegidos por concurso público convocado y conducido por el Consejo Directivo. El nombramiento se efectúa por resolución suprema.

3

El Sistema Administrativo de Gestión de Recursos

Humanos

El Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos establece, desarrolla y ejecuta la política de Estado respecto del servicio civil; y, comprende el conjunto de normas, principios, recursos, métodos, procedimientos y técnicas utilizados por las entidades del sector público en la gestión de los recursos humanos.

A


B. Organización del Sistema

Integran el Sistema:

La Autoridad, la cual formula la política nacional del servicio civil, ejerce la rectoría del Sistema y resuelve las controversias.

C


D. La Carrera Judicial y la correspondiente al Ministerio Público se rigen por sus propias normas


Respecto a las empresas del Estado sujetas al ámbito de competencia del Fondo de la Actividad Empresarial del Estado – FONAFE, la Autoridad ejercerá sus funciones y atribuciones en coordinación con el citado organismo, con sujeción a lo dispuesto en la Constitución Política del Perú y sus leyes especiales.

E


F


Abarca a todo el personal de una entidad. Sus resultados son públicos.

El nivel nacional de gobierno promoverá el desarrollo de sistemas de gestión que permitan determinar indicadores objetivos para la evaluación de desempeño.

G


H


i. Cuando la ley disponga una jornada de trabajo menor, ésta será preferentemente destinada a la atención del público.

J


4

El Empleado

Publico

El empleado o servidor publico, es aquel ciudadano que presta sus servicios al Estado a cambio de una remuneración. El servidor público debe prestar sus servicios con idoneidad, honradez, eficacia, responsabilidad y compromiso.

A


B


Superarse permanentemente en función a su desempeño.

Desempeñar sus funciones con honestidad, probidad, criterio, eficiencia, laboriosidad y vocación de servicio.

Conducirse con dignidad en el desempeño del cargo.

C. Derechos del empleado público

Todo empleado público tiene los siguientes derechos:

Igualdad de oportunidades.

Remuneración.

Préstamos administrativos.

Reclamo administrativo.

Seguridad social de acuerdo a ley.

Capacitación y desarrollo de competencias.

D. Obligaciones del empleado público

Todo empleado está sujeto a las siguientes obligaciones:

Cumplir personal y diligentemente los deberes que impone el servicio público. Salvaguardar los intereses del Estado y emplear austeramente los recursos públicos, destínándolos sólo para la prestación del servicio público. Actuar con transparencia en el ejercicio de su función y guardar secreto y/o reserva de la información pública calificada como tal por las normas sobre la materia y sobre aquellas que afecten derechos fundamentales. Conocer las labores del cargo y capacitarse para un mejor desempeño. Informar a la superioridad o denunciar ante la autoridad correspondiente, los actos delictivos o de inmoralidad cometidos en el ejercicio del empleo público. Supeditar sus intereses particulares a las condiciones de trabajo y a las prioridades fijadas por la entidad. No practicar actividades político partidarias en su centro de trabajo y en cualquier entidad del Estado. No suscribir contrato de locación de servicios bajo cualquier modalidad con otra entidad pública. Presentar declaración jurada anual de bienes y rentas, así como al asumir y al cesar en el cargo.

E


El desempeño excepcional de un empleado origina el otorgamiento de especial reconocimiento que deberá enmarcarse en las siguientes condiciones:

Lograr resultados eficientes en el servicio que presta a la población. Constituir modelo de conducta para el conjunto de empleados. Promover beneficios a favor de la entidad. Mejorar la imagen de la entidad frente a la colectividad.

F


Procedimiento disciplinario: El empleado público que incurra en falta administrativa grave será sometido a procedimiento administrativo disciplinario.

G. Término de la relación de empleo público

El término del empleo se produce por:

Fallecimiento. Renuncia. Mutuo disenso. Destitución. Invalidez permanente que no le permita cumplir con sus funciones.

 vll.

El Sistema de

Abastecimiento

El sistema de abastecimiento está íntimamente ligado a las compras Estatales, que quizá es uno de sus componentes que ha sufrido múltiples modificaciones con el fin de mejorar se contenido y aportar a una gestión publica más eficiente, más cuando las compras de Estado está teñido de prácticas de inmoralidad y corrupción por parte de algunos funcionarios públicos. El desarrollo de este tema se agrupara en dos bloques, i) El sistema de abastecimiento, y ii) De las compras estatales.

a.
El sistema de abastecimiento

Definición

El Sistema de Abastecimiento es el conjunto interrelacionado de políticas, objetivos, normas, atribuciones, procedimientos y procesos técnicos orientados al racional flujo, dotación o suministro, empleo y conservación de medios materiales; así como acciones especializadas, trabajo o resultado para asegurar la continuidad de los procesos productivos que desarrollan las entidades integrantes de la administración pública.

actividad de la Dirección Nacional de Abastecimiento del Instituto Nacional de Administración Pública21. Actualmente el Sistema de Abastecimiento esta regido por el nuevo organismo denominando ORGANISMO SUPERVISOR DE CONTRATACIONES DEL ESTADO- OSCE.

2.Objetivo

El sistema de Abastecimiento tiene como objetivo el control del movimiento de bienes y servicios dentro de la Institución a través de los Subsistemas de Abastecimiento.

Los Subsistemas de Abastecimiento22 son:

A


Catalogación: Catalogación Nacional de Bienes Muebles y Enseres y otras catalogaciones 23

Registro Nacional de Proveedores,

Registro y Control: seguimiento de acciones de cada fase de cada Proceso Técnico.

B


C. Este Subsistema está constituido por los Procesos Técnicos de:


Mantenimiento (interno o externo). Puede ser sólo mano de obra ( la entidad compra la materia prima) o a todo costo.

Almacenamiento: almacén central y almacenes periféricos.

Seguridad integral: para personas y bienes.

Distribución (racional y mesurada) de bienes: sólo con PECOSA, para consumo inmediato o, con Piá, para uso y consumo posterior.

3. Está a cargo de un Sub Gerente, quien depende del Gerente de Administración y Finanzas o de la Gerencia de Administración.

A. Principales Funciones Generales de Abastecimiento

Las principales funciones generales de las oficinas de abastecimiento o logística son:

Dirigir, programar y ejecutar la administración del Sistema Administrativo de Abastecimiento conforme a los lineamientos, políticas, normas presupuestarias, técnicas de control sobre adquisiciones y otras normas pertinentes. Elaborar anualmente el Cuadro de Necesidades de Bienes y de Servicios. Prestar asistencia a los Comités Especiales de Adquisiciones de bienes y servicios en los procesos de selección.

93



Administrar la base de datos de proveedores de bienes y servicios.

Supervisar las acciones de mantenimiento de los bienes muebles, inmuebles e infraestructura municipal y la prestación de servicios para tal fin.

Otras que le encargue el Gerente de Administración.

B. El proceso de Abastecimiento

El sistema de abastecimiento se gestiona a través de    los siguientes procesos o pasos:

Programación de necesidades

Es la determinación de éstas en función a los objetivos y metas institucionales, concordantes con el Piá. En esta fase se utilizará el Cuadro de Necesidades.

Elaboración del Presupuesto Valorado

Esta fase consiste en la consolidación de las necesidades de bienes, servicios y obras, sustentadas en el Presupuesto Institucional de Apertura. No se podrá ejecutar ningún proceso de selección que previamente no haya sido incluido en el PAAC, siendo nulo todo proceso que contravenga a esta disposición.

Ejecución de los procesos de selección

Consiste en la realización de los procesos de selección de acuerdo a

objeto del proceso. Los procesos de selección se rigen por la Ley Anual de Presupuesto y la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. (Catalogación, Registro en las Tarjetas de Control Visible de Almacén, verificación permanente de su estado de conservación, despacho de  las existencias, registro en las Tarjetas de Existencias Valoradas de Almacén, informe a la Oficina de Contabilidad).

Valorización de las existencias de almacén

Se realiza en función a los documentos – fuentes o tasación, aplicando el Costo Promedio o el PEPS (Primeras entradas, primeras salidas).

Inventario Físico

En es proceso se aplican las normas legales vigentes del Sistema de Abastecimiento, SBN, etc.

C. Consta de los siguientes procesos:


Programación. Este proceso comprende las siguientes actividades: i) Determinación de necesidades, ii) Consolidación de necesidades, iii) Formulación del plan de adquisiciones, iv) Ejecución del programa, v) Evaluación del programa.

Catalogación de bienes. Este proceso comprende las siguientes actividades: i) Identificación de bienes no codificados, ii) Actualización de bienes no codificados.

Estas tareas se cumplen en coordinación con la Superintendencia Nacional de Bienes

Registro de proveedores

A partir del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado no existe obligación de formular un registro de proveedores en cada institución. De ello se encarga el OSCE (EX CONSUCODE) a través del Registro Nacional de Proveedores.

Registro y control

Este proceso comprende las siguientes actividades: el desarrollo estadísticas de la información de abastecimiento y la elaboración de un sistema de registros que posibilite controles posteriores.

Contrataciones y Adquisiciones

Este procedimiento está regulado por el TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, y su reglamento. De este documento.

Recuperación de bienes

Este proceso comprende las siguientes actividades: Recolección o selección, reparación o reconstrucción y utilización.

Mantenimiento

Este proceso tiene por objetivo evitar la paralización de los servicios que presta la institución y consiste en realizar acciones destinadas a conservar en óptimo estado los equipos, instalaciones, materiales y bienes que posee la entidad.

Almacenamiento

Es el conjunto de actividades de naturaleza técnico y administrativo, referidas a la ubicación temporal de bienes en un espacio físico determinado con fines de custodia.

Disposición final

Es el conjunto de actividades de naturaleza técnico-administrativa orientadas a detectar, verificar y regular el empleo adecuado de los bienes proporcionados a las diferentes dependencias de la municipalidad.

 b.

Gestión del Proceso de Contrataciones y Adquisiciones del Estado

El proceso técnico de contrataciones y adquisiciones

La gestión del proceso de contrataciones y adquisiciones es de especial importancia para las entidades estatales. Este procedimiento esta regulado por el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.

Ello quiere decir que la selección del proveedor no se produce de manera libre o subjetiva, sino como consecuencia de un proceso de selección que debe conducirse de acuerdo con las pautas y normas establecidas en el Texto Único Ordenado de la Ley y su Reglamento

Es necesario señalar que pese a que la similitud de los términos puede originar confusión, debemos diferenciar entre el proceso de adquisición o contratación y el proceso de selección.

El proceso de selección se inserta en el proceso de adquisición o contratación, es una fase de él. Asimismo, forman parte del proceso de adquisición o contratación los actos de ejecución contractual luego de la culminación del proceso de selección.

2.Fases de los procesos de adquisición o contratación

Los procesos de adquisición o contratación que realizan las entidades tienen tres grandes fases, detalladas a continuación:

a. Dentro de esta fase encontramos, además de la aprobación de la adquisición o contratación, las siguientes actuaciones de carácter administrativo: designación del comité especial, elaboración y aprobación de las bases, entre otras.

B. Esta fase es identificada con el proceso de selección


C. Ejecución contractual

Es la fase que va desde la celebración hasta la liquidación del contrato. En esta fase se produce la entrega del bien en propiedad o arrendamiento, la prestación del servicio o la ejecución de la obra. Las instancias de las contrataciones y contrataciones

Las instancias que tienen relación y competencias en estos procesos son:

El Consejo Supervisor de Contrataciones del estado. La Contraloría General de la República Las Oficinas de abastecimiento de las municipalidades o quien haga sus veces. El Comités especiales o permanentes de adquisiciones de bienes y servicios.

4

A


B


C


D


e. Salvo las excepciones previstas en la ley y el reglamento, la convocatoria, el otorgamiento de la buena pro y los resultados deben ser de conocimiento público.

F


G


H


Los principios señalados tienen como finalidad garantizar que las entidades del sector público obtengan bienes, servicios y obras de calidad requerida, en

forma oportuna y a precios o costos adecuados. Servirán también como criterio interpretativo para resolver las cuestiones que puedan suscitarse en la aplicación de la Ley y el Reglamento de Contrataciones y Adquisiciones, como parámetros para la actuación de los funcionarios y de las dependencias responsables y para suplir los vacíos de la mencionada Ley y su Reglamento. Al estar recogido expresamente su triple objetivo en el texto de la norma, su aplicación se torna de obligatorio cumplimiento tanto en la elaboración de disposiciones reglamentarias por parte de las entidades públicas con competencia para ello, como en la interpretación o integración del TUO de la Ley y del Reglamento.

5.Tipos de procesos de selección

A. Licitación Pública

Se convoca para la adquisición de bienes, así como para la contratación de obras, dentro de los márgenes que establecen las normas presupuestarias.

B. Concurso Público

Se convoca para la contratación de servicios, dentro de los márgenes establecidos por las normas presupuestarias.

C. Adjudicación Directa

Se convoca para la adquisición de bienes, contratación de servicios y ejecución de obras, dentro de los márgenes establecidos por las normas presupuestarias. La Adjudicación Directa puede ser pública o selectiva.

La Adjudicación Directa Pública se convoca cuando el monto de la adquisición o contratación es mayor al cincuenta por ciento (50%) del

límite máximo establecido para la Adjudicación Directa en las normas presupuestarias.

La Adjudicación Directa Selectiva no requiere de publicación. Se efectúa por invitación, debiendo convocarse a por lo menos tres (3) proveedores.

D. Adjudicación de Menor Cuantía

Se convoca para:

La adquisición o contratación de bienes, servicios u obras, cuyos montos sean inferiores a la décima parte del límite mínimo establecido por las normas presupuestarias para las licitaciones públicas o concursos públicos, según corresponda. Las adjudicaciones de menor cuantía destinadas a la adquisición de bienes y servicios así como a la contratación de obras, serán notificadas a PROMPYME, según lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 96 del Reglamento. Los procesos declarados desiertos
La contratación de expertos independientes para que integren los Comités Especiales.

Específicamente se aplica cuando:

Se desea adquirir o arrendar financieramente un bien cuyo valor referencial es inferior a cuarenta y cinco mil nuevos soles.

6

Vlll. El Sistema de Control Gubernamental

El control gubernamental presenta también serias deficiencias en la gestión pública peruana. El problema tiene origen en el modelo y enfoque aplicado en la práctica, aunque en las normas y en el mensaje se habla de un control moderno, que va a la gestión y sus resultados y no solamente a los aspectos procedimentales previstos en la norma.

Los déficit de control interno, contribuyen también a la ausencia de un control más efectivo. En el caso de los gobiernos locales la situación es más dramática pues la cobertura de control alcanza apenas al 11% de un total de 1, 834 Municipalidades existentes en el país.

Predominio de un enfoque excesivamente legalista. Sin embargo la corrupción la corrupción está campante en el seno de la administración pública peruana.


1.

El control gubernamental es interno y externo y su desarrollo constituye un proceso integral y permanente. Su ejercicio es previo, simultáneo y posterior.

Se realiza fundamentalmente mediante acciones de control con carácter selectivo y posterior.

Asimismo, podrá llevarse a cabo inspecciones y verificaciones, así como las

diligencias, estudios e investigaciones necesarias para fines de control.

2.Atribuciones de la Contraloría General

Entre las atribuciones más relevante de la Contraloría General de la República tenemos:

Tener acceso en cualquier momento y sin limitación a los registros, documentos e información de las entidades, aun cuando sean secretos;

como requerir información a particulares que mantengan o hayan mantenido relaciones con las entidades; siempre y cuando no violen la libertad individual.

Designar y supervisar de manera exclusiva a las Sociedades de Auditoría Recibir y atender denuncias y sugerencias de la ciudadanía relacionadas con las funciones de la administración pública, otorgándoles el trámite correspondiente. Promover la participación ciudadana, mediante audiencias públicas y/o sistemas de vigilancia.

3. El Sistema Nacional de Control

El Sistema Nacional de Control es el conjunto de órganos de control, normas, métodos y procedimientos, estructurados e integrados, funcionalmente, y destinados a conducir y desarrollar el ejercicio del control gubernamental en forma descentralizada.

Su actuación comprende las actividades y acciones en los campos administrativo, presupuestal, operativo y financiero de las entidades y10

alcanza al personal que presta servicios en ellas, independientemente del régimen que las regule.

4.Conformación del Sistema Nacional de Control

El Sistema Nacional de Control está conformado por:

La Contraloría General de República (CGR), que viene a ser el órgano rector del sistema como ente técnico normativo. Las Oficinas de Control Institucional (OCI), como unidades orgánicas responsables de la función de control gubernamental en cada entidad pública.

5.Ámbito de aplicación

Están sujetas al sistema nacional de control las siguientes entidades:

El Gobierno Central, los Gobiernos Regionales y Locales.

Organismos reguladores de servicios públicos (OSIPTEL, OSINERG, OSITRAN y otros) Empresas del Estado y en las que éste participe en el accionariado bajo cualquier forma societaria. Entidades privadas, no gubernamentales e internacionales, por los recursos públicos que perciban.

LA GESTIÓN PUBLICA, EL DESARROLLO Y LUCHA CONTRA LA POBREZA. DESARROLLO Y PROGRAMAS SOCIALES

La acción del Estado abarca diversas dimensiones relacionadas a la vida cotidiana de la sociedad. Estas dimensiones tienen que ver con: i) la promoción de la economía y la competividad, en materias como la industria, la pesca, la minería, agricultura, turismo, etc., ii) el desarrollo social en materias como la salud, la educación, el empleo, saneamiento, etc., iii) el acondicionamiento territorial y dotación de infraestructura de soporte a las actividades económicas y sociales, en materias como transporte, comunicaciones, salud, educación, agricultura, organización y uso de suelos, ambiente, etc.

Como puede observarse la amplitud de la actuación estatal es grande y compleja y de gran responsabilidad, cuya finalidad es aportar a mejorar las condiciones de vida de la población. En esta oportunidad trataremos dos temas importantes en la vida de la humanidad, como son el desarrollo y la lucha contra la pobreza, aspectos íntimamente ligados, que tienen un alto grado de dosis para mejorara las condiciones de vida de los pueblos, en base a un desarrollo con equidad y de oportunidades para todos y todas las personas.

Para asumir la tarea de promover desarrollo por un lado, y superar la pobreza por otro, es fundamental contar con políticas sociales potentes y creativas. Para el caso de enfrentar la pobreza y pobreza extrema, estas políticas sociales se instrumentalizan con los denominados programas sociales, de manera que se atiendan a los sectores en abandono y excluidos en la sociedad.

 ll.

LOS PROGRAMAS SOCIALES EN EL Perú

En la Conferencia de Copenhague, año 1995, unos 180 Estados, incluido el Perú, acordaron que al año 2000 reducirían la pobreza extrema a la mitad. Contrario a esto, y aún con la significativa inversión realizada, el Perú producía aproximadamente 200,000 pobres extremos cada año, unos 548 por día.

La Pobreza en el Perú

a. En el primer caso, la pobreza pasó de 50,0% en el 2001 a 43,3% en el 2004, mientras que, en el segundo caso, pasó de 77,1% a 72,5%.

Para Lima y Callao, a diferencia del interior del país, las cifras no se muestran alentadoras. Una hipótesis que explicaría el incremento de la pobreza en Lima y Callao estaría directamente relacionada con la migración proveniente del interior del país en busca de mejores oportunidades.

Los departamentos que muestran una disminución de la pobreza estadísticamente significativa son Madre de Dios  (-28,3  puntos porcentuales), Tumbes (-22,8 puntos porcentuales), Lambayeque (-18,1 puntos porcentuales), Ica (-17,5 puntos porcentuales), Ucayali (-15,0 puntos porcentuales), Cusco (-13,5 puntos porcentuales), San Martín (-11,5 puntos porcentuales), Loreto (-8,9 puntos porcentuales), Amazonas (-8,5 puntos porcentuales) y Tacna (-7,0 puntos porcentuales). El resto de departamentos (excluyendo Lima), no muestra cambios estadísticamente significativos  en  el periodo de comparación.

En Julio del 2007, nuevamente el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), señalaba que la pobreza a nivel nacional se habría reducido de 48,6% en 2004 a 44,5% en 2006 (-4,1%). A nivel departamental, Huancavelica (88,7%), Ayacucho (78,4%), Puno (76,3%),

Apurímac  (74,8%),  Huanuco  (74,6%),  Pasco  (71,2%),  Loreto  (66,3%) y

108



Cajamarca (63,8%), continúan siendo los departamentos más pobres del país. Por otro lado, en estos dos años, la pobreza extrema sólo se habría reducido en un punto porcentual, pasando de 17,1% a 16,1%. Siguiendo este estimado grueso de sensibilidad crecimiento- pobreza, harían falta aproximadamente 8 años y medio de crecimiento económico, a un ritmo de 7% anual, para que el porcentaje de pobres en todo el Perú sea el que en el 2006 registró Lima Metropolitana (24,2%).

En Mayo del 2008, el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) dio a conocer las cifras oficiales sobre la evolución de la pobreza y pobreza extrema en el Perú, para el periodo comprendido entre el 2006 y 2007.

Desde 1985, es la primera vez la pobreza se ubica por debajo del 40% (39,3% exactamente), mientras que la pobreza extrema descendíó en 2,4% hasta ubicarse en 13,7%. Cabe resaltar que la reducción más significativa se registró en la costa rural, pues la pobreza descendíó de 49% a 38,1%; la agro-exportación habría sido la actividad que más contribuyó a este resultado. Sin embargo, aun son preocupantes los temas de desigualdad, distribución del ingreso, y calidad de vida de las poblaciones que viven en las zonas rurales del país; en ese sentido, cabe resaltar que el INEI alertó sobre la concentración del 42,4% de la pobreza total en la sierra rural del país; por ejemplo, departamentos como Huancavelica, Apurímac, y Ayacucho, continúan registrando tasas de pobreza por encima del 68%.

La medición se efectuó bajo el método del gasto de las familias; el INEI asigna un valor monetario a la canasta de consumo de bienes básicos, y a partir de allí obtiene una línea referencial para el análisis (la línea de pobreza y pobreza extrema).

Sin embargo, existen voces disonantes con estos resultados. Sin embargo más allá de esas discrepancias, lo cierto es que la pobreza es un grave problema pendiente de solución en el país.

b. En los últimos años estos cambios han implicado una reducción en las tasas de pobreza y de pobreza extrema. En los últimos tiempos, el gasto social crecíó 64,6% en tan sólo 6 años (1999-2005) y la pobreza empezó en 47,5% en 1999 y llegó a 48,7% en el 2005.

Una de las dimensiones claves que explican la pobreza es la falta de acceso a bienes y servicios públicos de calidad. Por último, la asistencia a la escuela es muy diferente según se sea pobre o no pobre: sólo el 43.5% de los menores de 3 años de hogares en pobreza extrema asiste a centros de educación inicial, a diferencia del 76% de los menores no pobres; y sólo 75% de adolescentes entre 12 a 16 años en pobreza extrema asiste a un centro educativo frente a casi 92% de los adolescentes no pobres.

El nuevo mapa de la Pobreza

El Febrero del 2009, El Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), presentó el nuevo mapa provincial y distrital de la pobreza en el Perú. El objetivo de este mapa es identificar las necesidades de cada jurisdicción para a partir de ello rediseñar los programas sociales.

Este mapa desarrolla la pobreza desde un enfoque de carencia de necesidades básicas insatisfechas y gasto percápita de los pobladores que viven en cada uno de los 1.832 distritos del Perú, antes la información era principalmente departamental.

El mapa ha sido elaborado a partir del Censo de Población y Vivienda del 2007 y la Encuesta Nacional de Hogares 2007. De acuerdo a ello se estima, entonces que el 39,3% de peruanos viven en pobreza y 13,7% en extrema pobreza.

De acuerdo a dicho mapa la situación es como sigue, del total de 1832 distritos que hay en el país 190 distritos (10% del total) están por encima de la línea de pobreza; 459 distritos presentan porcentajes de pobreza entre 25% y 49%; 639

Esta información debe servir para que el gobierno ajuste el diseño de sus estrategias y la focalización de todos los programas sociales hacia los 544 distritos del Perú que tienen niveles de pobreza por encima de 75%. De ese total, el 60% (340) está ubicado en cinco regiones: Puno (92 distritos), Huancavelica (84), Ayacucho (63), Cusco (58) y Apurímac (44).

El informe también indica que en Lima Metropolitana hay 1.6 millones de pobres, lo que representa el 15% del total de peruanos en tal condición. La mitad de los pobres limeños vive en siete de los cuarenta y tres distritos limeños: San Juan de Lurigancho, Ate Vitarte, Comas, Villa María del Triunfo, San Martín de Porres, Villa El Salvador y Ventanilla.

En zonas donde está ubicada la gran minería, la incidencia en la reducción de la pobreza no es significativa. Recordemos que ahora que la onza de oro se cotiza por encima de los US$ 1,000. Asimismo, la minera IRL del Reino Unido está explotando oro en el distrito de Ollachea (Carabaya), en donde se tiene una población total de 4 mil 919 habitantes, de ellos el 87.5% están en la pobreza y el 62.1% en extrema pobreza.

Resultados sorprendentes. «En Huancavelica que, en promedio, es el departamento más pobre del país, con una tasa de 85%, también se encontró distritos con niveles de 50%.

3.Los programas sociales y la política social

Los programas sociales son instrumentos que ponen en práctica la política social con el objetivo de aliviar la pobreza y extrema pobreza en un primer momento, así como superarla definitivamente posteriormente. La política social se debe complementar con la política económica.

La política social es aquella que marca la pauta, define los lineamientos y plantea los objetivos del desarrollo social y la gestión social del país.

En muchas oportunidades se ha comentado sobre la validez, viabilidad, sostenibilidad, impacto, etc. De los programas sociales que se ejecutan en nuestro país. Por cierto la gestión debe ser manejado técnicamente pero orientado por políticas sociales potentes y coherentes para atenuar y vencer en el mediano plazo la pobreza.

La política social del Estado Peruano incluye servicios universales y programas focalizados. En general, los programas focalizados tienen como población objetivo a las personas en pobreza y en especial a las de pobreza extrema.

Debido a la complejidad y diversidad de los programas sociales y sus ejecutores, es muy difícil realizar un balance de la política social en el Perú. Algunos de los problemas centrales se deben a aspectos específicos que se detallan a continuación.

A. Ausencia de objetivo y metas comunes

La política social peruana ha carecido de objetivos y metas comunes para todos los sectores y funcionarios responsables de los programas sociales. No se trata solamente de un problema de gestión, sino de visión y prioridad política.

b. Incrementar el gasto social supone por tanto dos decisiones políticas: la reforma tributaria para ampliar la cobertura de la recaudación y obtener mayores recursos fiscales, y el dar prioridad a los sectores sociales en la asignación del presupuesto público, superando la pobre articulación entre la política económica y la social.

c. Últimamente, el rol creciente de la PCM, así como el fortalecimiento de la Comisión Interministerial de Asuntos Sociales (CIAS) y de su Secretaría Técnica en la política social actual, son cambios positivos.

D. Gestión deficiente

El problema central de la política social, es la deficiente gestión de los programas sociales. La sub-cobertura de estos últimos era del 97% en las zonas rurales y del 92% en las urbanas.

En la gestión de los PPSS están involucrados representares de la población beneficiaria y sus organizaciones.

E.   Ausencia de un sistema transversal de monitoreo y evaluación

Muchos de los PPSS carecen de línea de base actualizada, por lo tanto resulta difícil, cuando no imposible, medir avances y resultados, y mucho menos impactos. La implementación del presupuesto por resultados del MEF para la asignación presupuestal, debe contribuir a resolver este problema, en la perspectiva de desarrollar, aplicar y mantener un sistemas de monitoreo y evaluación y una línea de base.

 4. Para ello, se planteo mejorar significativamente sus activos y el acceso a los servicios sociales básicos de calidad, aumentar la productividad en todas las actividades económicas existentes y del empleo, y elevar las remuneraciones de los asalariados por medio de un crecimiento con acento re- distributivo.

5.El Plan de Reforma de los Programas Sociales

En el 2007, en el mismo sentido que el plan anterior, se aprobó el Plan de Reforma de los Programas Sociales25, porque se constato que muchos de los problemas señalados en el punto 3, no se habían superado y los índices de pobreza estaban cerca del 50% (medición que provénía desde el 2004).

El Plan de Reforma de los Programas Sociales se propone el objetivo general de contribuir a la mejora de las condiciones de vida de la población y a la reducción de los niveles de pobreza extrema. Adicionalmente, se propone promover la igualdad de oportunidades, mejorar el acceso a la educación, a los servicios de salud y a la seguridad social, mejorar el acceso al empleo digno y productivo, la promoción de la seguridad alimentaria y nutrición, el fortalecimiento de la familia y, la promoción y protección de la niñez, la adolescencia y la juventud.

Esta reforma, tiene dos elementos: i) El marco de la reforma, y ii) Los instrumentos de gestión.

A. El marco de la reforma

En este ámbito se contempla los siguientes aspectos:

Reorganización y reorientación de los programas sociales

La actuación social articulada del Estado, demanda la necesaria reorganización de los programas en el marco de los objetivos de la política de lucha contra la pobreza, en los tres ejes de intervención, que son:

Eje 1: Desarrollo de capacidades Humanas y respeto de derechos fundamentales.
Eje 2: Promoción de Oportunidades y Capacidades Económicas. Eje 3: Establecimiento de una Red de Protección Social

Sobre la base los objetivos prioritarios de la política social focalizada en cada eje, se establecieron y agruparon los programas sociales identificando no sólo a aquellos fusionables o integrables, sino que se correspondan con criterios de coordinación y orden específicos, que permitan situar a los nuevos programas en un orden estratégico dentro de la política social del Estado.

La coordinación a nivel macro será el eje central de la política en programas sociales para determinar la efectividad y la orientación de esta en los próximos años.

De esta manera no sólo se atenderá una necesidad o carencia de la población, sino todas la que demande su situación de pobreza, requiriéndose para ello su articulación dentro de políticas más integrales dirigidas a distintos ejes de intervención. Por ejemplo, dentro de un mismo eje se Podrían buscar sinergias a nivel zonal, entre la electrificación rural, la instalación de medios de comunicación rurales y los caminos rurales; mientras que a nivel de distintos ejes de intervención se podrían establecer estrategias más efectivas como obras de saneamiento, campañas educativas, comunicativas, de salud y nutricionales para combatir la desnutrición, etc.

De esta manera los programas resultantes absorberán los recursos (monetarios, humanos y de organización) de los programas sociales existentes antes de la reforma, así como las experiencias de intervención más efectivas.

Desarrollo de intervenciones sociales articuladas e integrales

Para el logro de resultados efectivos e impactos positivos en la población objetivo se desarrollaran estrategias de intervención de las políticas sociales, de manera que se logre la articulación con el fin de generar economías de escala y de ámbito.

Ello evitara la duplicidad y la yuxtaposición de los programas sociales y sobretodo, la desarticulación de los objetivos a nivel micro con los contemplados a nivel macro no sólo en el Estado como tal, sino entre sus distintos niveles de gobierno: nacional, regionales y locales. Asimismo, la articulación entre la política social y la orientación de los programas, debe superar la mera compensación a la pobreza, sino por el contrario potenciar su efectividad, para conseguir que abandonen definitivamente la situación de pobreza.

La estrategia se plantea el desarrollo articulado de las intervenciones, cuyo resultado deseable es la provisión de un conjunto de bienes y servicios que cubran de manera integral las necesidades de una determinada población beneficiaria y con ello afrontar el carácter multidimensional de los problemas sociales

Los procesos de planificación tienen que responder a acciones conjuntas entre los diferentes programas y los actores involucrados, con sentido estratégico y metas para el mediano y largo plazo.

La implementación de la reforma necesita tener claras las competencias y funciones de los sectores involucrados y la manera apropiada de distribuir acciones y presupuesto entre estos con el fin de que actúen articuladamente, tomando como suyos objetivos específicos de cada estrategia multisectorial

Así, el planeamiento de carácter multianual, en coordinación con el desarrollo de metas multi-sectorinales, la reorganización de los programas sociales, y la priorización de las intervenciones sociales, será el insumo determinante para la elaboración del presupuesto.

Para materializar tan importantes cambios en la gestión estratégica de los programas sociales es necesario que la ST-CIAS, establezca el Marco Social Multianual que, de manera análoga al Marco Macroeconómico Multianual sea el documento guía para que cada programa social defina sus objetivos, resultados e impactos a lograr en cada año; así mismo, establezca las

prioridades y montos de la inversión social en vista a la consecución de metas de mediano plazo en cuanto a indicadores de resultados e impacto.

Fortalecimiento institucional del ente rector.

La organización de la política social debe basarse en el fortalecimiento de una «Autoridad Social», es decir, del ente rector en materia de política social, a fin de permitir el funcionamiento de intervenciones articuladas e integrales eficientes. La Secretaría Técnica esta conformado por los ministerios con responsabilidad social, dos presidentes regionales, un alcalde provincial y un alcalde distrital.

La Comisión de Desarrollo Social, que se encargará de coordinar la ejecución de los programas sociales en función a los objetivos y ejes del Pan de Superación de la Pobreza. La Comisión esta integrada esta integrada por los vice ministros con responsabilidad social, un representante de las universidades, un representante de la CONFIEP y un representante de los colegios profesionales.

B


Ello busca el uso eficiente de sus recursos. Estas metas deben ser realistas y basarse en indicadores que cubran las necesidades prioritarias de la población.

Entre otras metas prioritarias que el gobierno se ha planteado para el 2011, está la mejora de las condiciones de vida en las zonas rurales pobres (en el marco del Fondo para la Igualdad):

Disminuir la desnutrición crónica en niños menores de 5 años, en 5 puntos porcentuales durante el periodo gubernamental (disminuirla de 24.1% en el 2005 a por lo menos 19.1% para el año 2011. para el caso de los ODM la meta para el 2001 es alrededor de 18 por ciento, y para el Acuerdo Nacional es de menos de 20% en 2006 y menos de 8% en el 2015. Elevar la cobertura rural de parto institucional (en 2005 era 43%). Elevar la cobertura rural de agua potable (en 2005 era 36.8%). Elevar la cobertura rural de servicios de saneamiento (en 2005 era 53.5%). , – Reducir el porcentaje de analfabetismo rural en adultos jóvenes de 25 a 39 años (en 2005 era 16.3%). Reducir la pobreza rural (en 2005 era alrededor de 70%). ‘

Cumplir estos propósitos exige un trabajo coordinado y de plena colaboración, de todo el Estado en sus tres niveles de gobierno, así como de la sociedad civil. Ello implica conlleva a cambiar el enfoque en la agnación, ejecución y evaluación presupuestal tradicional centrada en los insumos.

Por consiguiente el proceso presupuestario de los programas sociales tendrán que:

PRealizarlaProgramaciónPresupuestalEstratégicabasadaenlaaplicación de los principios y técnicas del planeamiento estratégico en el diseño de sus intervenciones. Se trata pues de asegurar una vinculación clara entre la planificación y el presupuesto para lograr los resultados esperados.

PFormular  la  medición  del  desempeño  y  realizar  su  seguimiento  y evaluación, para ello se establecerán los indicadores que permitan realizar la medición y seguimiento al nivel de avance en el logro de los objetivos y propósitos a los que contribuye el programa, debíéndose prestar atención al logro de los indicadores de resultado e impacto, sin perder de vista a los indicadores de producto, que cuantifican los bienes y servicios provistos por la intervención.

PEstablecer   mecanismos   de   rendición   de   cuentas   y   monitoreo participativo para la rendición social de cuentas, es decir para la declaración precisa e imparcial de los resultados logrados y la manera cómo estos fueron logrados, no sólo a los entes rectores, sino a la propia población.

Focalización geográfica y asignación individual específica para reducir sub- cobertura y la filtración. Por ello, las metas específicas deben comprobarse, por ejemplo, en el caso de la desnutrición crónica, con el peso, talla y circunferencia craneana de cada niño semestral o anualmente, o en el caso de programas de extensión de capacidades, con la sostenibilidad de los sistemas de riego o de cambio de cultivos.

Los criterios de focalización pueden clasificarse de la siguiente manera:

Focalización geográfica o territorial. Este tipo de focalización es útil a niveles reducidos de agregación geográfica que se caracterizan por la relativa homogeneidad de su población, siendo que su utilización acarrea el riesgo de entregar beneficios a hogares no pobres ubicados en la unidad territorial seleccionada.

Focalización por situación de vulnerabilidad. Este criterio toma a la familia como unidad de análisis, considerando que muchas de las carencias y vulnerabilidades sociales están asociadas a las condiciones de desarrollo de la familia, superando el enfoque tradicional, en el que las carencias y riesgos específicos eran identificados mediante el uso de categorías de edad, sexo y las acciones específicas se orientaban a beneficiarios individuales.

Focalización por la comunidad. Otra ventaja podría ser que dicha participación y «propiedad» por parte de los miembros de la comunidad pueden aumentar el apoyo político y la sostenibilidad del programa a nivel local y posiblemente la probabilidad de que se puedan reducir los costos gubernamentales de la focalización.

En síntesis la focalización esta orientada a identificar a los reales beneficiarios de los programas sociales y evitar las filtraciones y las coberturas de quienes no lo necesiten. La reforma de los programas sociales para que sea exitosa requiere de un sistema de focalización único, es decir, que sea un sistema único de identificación individual y de categorización del nivel de pobreza de los hogares, y que todos los programas sociales, o dependencias que utilizan y transfieren subsidios del Estado, estén obligado a recurrir a él para seleccionar a sus beneficiarios. Con lo cual, la rendición de cuentas de cada uno de los actores quedará expresa.

Unos deben lograr que se maximice el acceso de los más pobres a los programas sociales y se minimice el acceso de los no pobres a los programas sociales; mientras los otros serán los responsables de mejorar los indicadores sociales.

Seguimiento y evaluación del gasto público

La Medición, Seguimiento y evaluación del gasto público constituye uno de los elementos centrales en la implementación de un presupuesto por resultados. En tal sentido, uno de los mecanismos para alcanzar el objetivo general de contribuir a mejorar la eficacia del gasto público será contar con información significativa, oportuna y confiable sobre los resultados del gasto público, útil para la toma de decisiones, particularmente aquel asociado a la ejecución de los programas sociales prioritarios.

La intervención de un proyecto o programa social está referida a brindar un determinado bien o servicio en función de categorías que sean medibles y cuantificables en el tiempo tales como: ámbito geográfico, grupo meta, propósitos, entre otros. Por otro lado, las metas constituyen logros cuantificables al final de la intervención usando criterios de cantidad, calidad y tiempo.

La eficiencia de los programas debe traducirse en una reducción de los gastos administrativos y de asignación de bienes a un máximo de 10% del presupuesto.

La estrategia Nacional CRECER (EN CRECER)

La Estrategia Nacional Crecer no es un programa social, es la articulación de los diversos sectores vinculados a la Lucha Contra la Pobreza y la desnutrición.

La Estrategia Nacional CRECER26, se crea con la finalidad de articular a las entidades del Gobierno Nacional y los gobiernos regionales y locales, así como organismos de la sociedad civil, que se encuentran vinculados directa o indirectamente en la lucha contra la desnutrición crónica infantil, especialmente en los niños menores de cinco años, bajo la dirección de la Presidencia del Consejo de Ministros a través de la Comisión Interministerial de Asuntos Sociales (CIAS)

Su implementación supone el desarrollo de una gestión por resultados, planificando y ejecutando una intervención articulada, optimizando recursos y potenciado los resultados previstos respecto a la reducción de la desnutrición infantil.

La Estrategia Nacional RECER tiene como propósito asegurar el capital humano y social de grupos sociales en situación de riesgo y vulnerabilidad.

A. Dimensiones de la Estrategia Nacional CRECER

La estrategia Nacional CRECER comprende las siguientes dimensiones:

Institucional

Plantea la intervención multisectorial articulada de los ministerios, programas nacionales, organismos autónomos y entidades regionales y locales en el marco de la descentralización, combinando esfuerzos y recursos. Prevé la posibilidad de la participación de Instituciones privadas y de la cooperación internacional para que desarrollen acciones vinculadas a la lucha contra la pobreza y la desnutrición infantil.

De gestión

La Estrategia Nacional CRECER se enmarca en la lógica del Presupuesto por Resultados, para lo cual se han seleccionado cinco programas estratégicos presupuestales formulados por el MEF, y están vinculados con la lucha contra la desnutrición.

Operativa

Implica la articulación de la oferta programática y presupuestal de las entidades involucradas, aprovechando sus propias capacidades y potencialidades; así como de sus herramientas operativas, conocimientos y prácticas innovadoras para el diseño y ejecución de políticas vinculadas con la lucha contra la desnutrición infantil. Asimismo, de manera complementaria, podrá intervenir en zonas urbano marginales, teniendo en cuenta sus tasas de pobreza y desnutrición.

Territorial

CRECER, busca la intervención articulada de las entidades involucradas, en la perspectiva de constituir unidades geográficas económicas y sociales a fin de impulsar su desarrollo sostenido, bajo un enfoque de desarrollo territorial integral.

El encargado, de dirigir y poner práctica la Estrategia Nacional CRECER, es la CIAS, que a través de su Secretaría Técnica deberá cumplir estas funciones. La ST-CIAS está centralizando los recursos financieros y humanos que le permitan cumplir las tareas planteadas en el Plan de Reforma de Programas Sociales, consolidando así su rol de apoyo a la CIAS como Autoridad Social Nacional.

Otro aspecto de importancia de la estrategia CRECER, es la fusión de los programas sociales, encaminado a agrupar a aquellos programas afines o que tienen intervenciones en familias o ámbitos territoriales comunes sin ningún tipo de coordinación.

B. Se implementara de manera gradual y por etapas


En ese sentido la Secretaría Técnica de la CI