Organizacion de una linea aerea
AVIACION CIVIL: toda operación aérea llevada a cabo por aeronaves civiles, con exclusión de las operaciones llevadas a cabo por las aeronaves de Estado a que hace referencia el artículo 3 del Convenio de Chicago sobre Aviación Civil Internacional. SEGURIDAD AÉREA:el conjunto de medidas y de recursos humanos y materiales destinados a salvaguardar la aviación civil contra actos de interferencia ilícita que comprometan la seguridad de la aviación civil. OPERADOR: :la persona, organización o empresa que efectúa una operación de transporte aéreo u ofrece sus servicios para efectuarla. COMPAÑIA AÉREA: : toda empresa de transporte aéreo titular de una licencia de explotación válida o su equivalente. COMPAÑIA AÉREA COMUNITARIA:: la compañía aérea titular de una licencia de explotación válida concedida por un Estado miembro de conformidad con el Reglamento (CEE) no 2407/92 del Consejo,de 23 de julio de 1992, sobre la concesión de licencias a las compañías aéreas. ENTIDAD: : una persona, organización o empresa distinta de un operador.ARTICULOS PROHIBIDOS: las armas, los explosivos u otros instrumentos, sustancias u objetos peligrosos que pueden utilizarse para cometer actos de interferencia ilícita que comprometan la seguridad de la aviación civiL. CONTROL: la utilización de medios técnicos o de otra índole cuyo fin es reconocer y/o detectar artículos prohibidos; CONTROL DE SEGURID: : la utilización de medios que pueden impedir la introducción de artículos prohibidos. CONTROL DE ACCESO: la utilización de medios para poder impedir la
entrada de personas o vehículos no autorizados, o de ambos
ZONA DE OPERAC: : la zona de circulación de los aeropuertos, terrenos y edificios adyacentes o partes de ellos a la que está restringido el acceso.
LADO TIERRA: la zona de los aeropuertos, terrenos y edificios adyacentes o partes de ellos que no es una zona de operaciones. ZONA RESTRINGIDA DE SEG: : la parte de la zona de operaciones en la que, además de estar restringido el acceso, se aplican otras normas de seguridad aérea. ZONA DEMARCADA: una zona que está separada, mediante control de acceso, de las zonas restringidas de seguridad o, si la propia zona demarcada es una zona restringida de seguridad, de otras zonas restringidas de seguridad de un aeropuerto. COMPROBACIÓN DE ANTECD PERSONALES: una comprobación registrada de la identidad de una persona, incluidos los antecedentes penales, como parte de la evaluación de la idoneidad de un individuo para tener libre acceso a las zonas restringidas de seguridad. PASAJEROS, EQUIP, CARGA O CORREO EN TRANSFERENCIA: los pasajeros, los equipajes, la carga o el correo en espera de embarcar en una aeronave distinta de aquella en que llegaron. PASAJ, EQUIP, CARGA O CORREO EN TRANSITO: los pasajeros, los equipajes, la carga o el correo en espera de embarcar en la misma aeronave en que llegaron. PASAJERO POTENCIALMENTE CONFLICTIVO: el pasajero que bien ha sido expulsado de un país, bien es considerado inadmitido a efectos de inmigración o bien viaja custodiado. EQUIPAJE DE MANO: el equipaje destinado a ser transportado en la cabina de una aeronave. EQUP DE BODEGA: el equipaje destinado a ser transportado en la bodega de una aeronave
EQUP DE BODEGA ACOMPAÑADO: : el equipaje, transportado en la bodega de una aeronave, que ha facturado para un vuelo un pasajero que viaja en ese mismo vuelo. CORREO DE LAS CÑIAS AÉREAS: el correo que tiene como remitente y destinatario a una compañía aérea.MATEIAL DE LAS CÑÍAS AÉREAS: el material cuyo origen y destino es una compañía aérea o que es utilizado por una compañía aérea. CORREO: el envío de correspondencia y demás objetos, que no sea el correo de las compañías aéreas, realizado por los servicios postales y destinado a los mismos,de conformidad con las normas de la Unión Postal Universal. CARGA: todos los bienes destinados al transporte en una aeronave, excepto los equipajes, el correo,el correo de las compañías aéreas, y el material de las compañías aéreas, y las provisiones de a bordo. AGENTE ACREDITADO: : la compañía aérea, el agente, el transitario o cualquier otra entidad que realiza los controles de seguridad de la carga o del correo. EXPEDIDOR CONOCIDO: el expedidor que origina la carga o el correo por cuenta propia y cuyos procedimientos cumplen suficientemente las reglas y normas comunes de seguridad para que dicha carga o dicho correo se puedan transportar en cualquier aeronave. EXPEDIDOR CLIENTE:el expedidor que origina la carga o el correo por cuenta propia y cuyos procedimientos cumplen suficientemente las reglas y normas comunes de seguridad para que dicha carga se pueda transportar en aeronaves exclusivamente de carga o el correo en aeronaves exclusivamente de correo.
CONTROL SEG DE LA AERONAVE: la inspección de las partes del interior de una aeronave a las que puedan haber tenido acceso los pasajeros, así como de la bodega de la aeronave, con el fin de detectar artículos prohibidos y actos de interferencia ilícita. REGSTRO DE SEG DE LA AERONAVE: la inspección del interior y de las zonas accesibles del exterior de la aeronave encaminada a detectar artículos prohibidos y actos de interferencia ilícita que comprometan la seguridad de la aeronave. AGENTE SEG A BORDO: la persona empleada por un Estado para que viaje a bordo de una aeronave de una compañía aérea titular de una licencia expedida por dicho Estado con el propósito de proteger a la aeronave y sus ocupantes de actos de interferencia ilícita que comprometan la seguridad del vuelo