Optimización de la Capacitación Laboral Juvenil: Modalidades y Regulaciones

Casos de Capacitación Laboral Intermitente

En conjunto, no puede exceder de 12 o 24 meses, según corresponda.

Límites

El número de beneficiarios en esta modalidad no puede exceder en forma conjunta del:

  • a) 20% del total de trabajadores de la empresa con vinculación directa.
  • b) 20% del total de personal por área u ocupación específica.

Se excluye del cómputo al personal que presta servicios a través de empresas especializadas de servicios, cooperativas de trabajadores y otras modalidades contractuales.

El límite puede incrementarse en un 10% adicional, siempre y cuando este porcentaje esté compuesto por jóvenes con discapacidad, así como por jóvenes madres con responsabilidades familiares.

En el caso de empresas que cuenten con más de 3 trabajadores y menos de 10 trabajadores, solo pueden suscribir convenio con un joven beneficiario bajo esta modalidad.

Programa Anual de Capacitación

Durante el último trimestre del ejercicio fiscal, la empresa debe presentar a la Autoridad Administrativa de Trabajo (AAT) una copia de su programa anual de capacitación laboral juvenil para su registro. La AAT puede ordenar la verificación posterior de los datos consignados.

El programa debe contemplar como mínimo: las ocupaciones a cubrir, plan de capacitación mínimo de 5 horas semanales con evaluación periódica, plazos razonables adecuados a la naturaleza de su ocupación, requisitos para la obtención del certificado de capacitación y capacidades que adquirirá el beneficiario.

Programa Extraordinario de Capacitación Laboral Juvenil

Puede diseñarse un plan extraordinario por necesidades de ampliación de mercado o expansión de la empresa, el cual se presenta de manera fundamentada a la AAT para su registro.

Ocupaciones, Sede de Capacitación y Certificado en los Convenios de Formación Laboral Juvenil

Ocupaciones

Las ocupaciones se clasifican en:

  • a) Ocupaciones básicas de poca calificación y ninguna complejidad, asociadas a niveles de menor responsabilidad.
  • b) Ocupaciones operativas que requieren de mayor calificación, mayor complejidad y responsabilidad.

La clasificación de las ocupaciones es elaborada en un listado que publica el Ministerio de Trabajo. Si no figura, se solicita la clasificación de la ocupación.

Sede de Capacitación

La capacitación, de modo preferente, debe impartirse en el propio centro de trabajo o en talleres y escuelas implementadas en las empresas para los jóvenes que estén cursando sus estudios escolares.

Certificado

El certificado habilita al beneficiario para su reconocimiento en el Ministerio de Educación en el nivel de Educación Técnico Productiva o en el nivel de Educación Superior, según corresponda.

La Pasantía

Es el Convenio de Formación que busca relacionar al beneficiario con el mundo del trabajo para actualizar y contrastar lo aprendido en el Centro de Formación, informándose de posibilidades de empleo y de mejoras en la dinámica de los procesos productivos de bienes y servicios.

Modalidades

  1. Pasantía en la Empresa para beneficiarios de 14 años cumplidos o más, o de beneficiarios que se encuentran estudiando en el último año de educación secundaria, que, por razones de estudio, necesitan pasar un determinado número de horas o días de la semana en una empresa.
  2. Pasantía de Docentes y Catedráticos.

Finalidad

Que el beneficiario refuerce la capacitación laboral adquirida o mejore sus habilidades sociales y personales relacionadas al ámbito laboral.

Pasantía en la Empresa

Requiere su formalización escrita mediante Convenio suscrito por una empresa, un beneficiario de 14 años o más y un Centro Educativo Facultado (CEF) para realizar esta modalidad.

Plazo del Convenio

No debe ser mayor de 3 meses. De acuerdo con la nueva currícula de educación secundaria, no puede ser mayor de 2 meses en las unidades productivas.

Obligaciones en la Pasantía
  • a) De la Empresa: Brindar facilidades para que realice su pasantía mediante la ejecución de tareas productivas correspondientes a un plan específico de pasantía definido por el CEF.
  • b) Del Beneficiario: Obligarse a cumplir con las tareas productivas conforme a la reglamentación de la empresa y al plan de la pasantía.
  • c) Del Centro Educativo Facultado: Planificar y diseñar el plan específico y certificar las actividades formativas.

Pasantía de Catedráticos y Docentes

Tiene por finalidad que los beneficiarios puedan actualizarse, perfeccionarse, especializarse e introducir nuevos contenidos y procedimientos de enseñanza y aprendizaje en los Centros de Formación Profesional. La pasantía debe estar directamente relacionada con la especialidad del docente.

Plazo

No debe superar los 3 meses.

Requiere de Convenio escrito y del cumplimiento de las obligaciones de las partes.