Normas Jurídicas y Derecho: Conceptos, Clasificación y Fuentes

Características de la Norma Jurídica y Diferencias con Otras Normas

La norma jurídica se define por ser:

  • Bilateral: Implica derechos y obligaciones recíprocos.
  • Externa: Regula la conducta externa de las personas.
  • Coercible: Su cumplimiento puede ser exigido por la fuerza del Estado.
  • Heterónoma: Es impuesta por una autoridad externa al individuo.

En contraste, las normas morales, religiosas y los convencionalismos sociales son:

  • Unilaterales: Solo imponen deberes, no conceden derechos.
  • Internas: Regulan la conciencia y la intención.
  • Incoercibles: No se puede obligar a su cumplimiento por la fuerza.
  • Autónomas: Son aceptadas libremente por el individuo.

Diferencias Clave entre la Norma Jurídica y Otras Normas

  • Origen: Las normas jurídicas son creadas por el Estado.
  • Cumplimiento: El Estado puede hacer cumplir las normas jurídicas coactivamente.
  • Bilateralidad: Las normas jurídicas crean tanto deberes como facultades.

Concepto de Derecho

El Derecho se define como un conjunto de normas que:

  • Regulan la conducta humana.
  • Imponen deberes y confieren facultades.
  • Son coactivas, es decir, su cumplimiento puede ser exigido por la fuerza del Estado.

Clasificación de la Norma Jurídica

Las normas jurídicas se clasifican según diversos criterios:

  • Por el sistema al que pertenecen:
    • Nacionales
    • Extranjeras
  • Por la fuente de que emanan:
    • Escrita (legislación)
    • Consuetudinaria (costumbre)
  • Por su ámbito espacial de validez:
    • Federal
    • Local
    • Municipal
  • Por su ámbito temporal de validez:
    • Vigencia determinada
    • Vigencia indeterminada
  • Por su ámbito material:
    • Derecho Público
    • Derecho Privado

Fuentes del Derecho

Las fuentes del Derecho son los orígenes o causas generadoras de la norma jurídica. Se clasifican en:

  • Fuentes históricas: Documentos que contienen el texto de una ley o conjunto de leyes antiguas.
  • Fuentes formales: Procesos de creación de las normas jurídicas (legislación, costumbre, jurisprudencia, principios generales del derecho).
  • Fuentes reales: Fenómenos sociales que dan origen a la norma jurídica.

La Ley y su Proceso de Creación

La ley es la norma jurídica emanada del poder público (Poder Legislativo), con características de generalidad, abstracción y obligatoriedad.

Proceso Legislativo en México

El proceso legislativo es la actividad encaminada a la elaboración de las leyes. Compete a:

  1. El Presidente de la República.
  2. Los Diputados y Senadores del Congreso de la Unión.
  3. Las Legislaturas de los Estados y de la Ciudad de México.
  4. Los ciudadanos (en un número equivalente al 0.13% de la lista nominal de electores).

Fases del procedimiento legislativo:

  1. Iniciativa
  2. Discusión
  3. Aprobación
  4. Sanción
  5. Publicación e iniciación de la vigencia

Un proyecto de ley se considera aprobado por el Poder Ejecutivo si no es devuelto con observaciones a la Cámara de origen en 30 días naturales. Vencido este plazo, el Ejecutivo tiene 10 días naturales para promulgar y publicar la ley. Si no lo hace, la ley se considera promulgada y el Presidente de la Cámara de origen ordena su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Vigencia de la Ley

La vigencia es el período en el que una ley tiene fuerza obligatoria. Existen dos sistemas para la entrada en vigor de las leyes en México:

  • Sincrónico: La ley entra en vigor en una fecha determinada, establecida en la propia ley.
  • Sucesivo: La ley entra en vigor tres días después de su publicación en el Periódico Oficial, más un día adicional por cada 40 kilómetros de distancia o fracción que exceda de la mitad, para lugares distintos a donde se publica el Periódico Oficial (Artículo 3o del Código Civil Federal).

Extinción de la Vigencia de la Ley

Una ley deja de estar vigente cuando es abrogada o derogada:

  • Abrogar: Quitar totalmente la fuerza a una ley.
  • Derogar: Suprimir o modificar solo algunos preceptos de una ley.

Ignorancia de la Ley

El desconocimiento de la ley no excusa su cumplimiento (Artículo 21 del Código Civil Federal). Sin embargo, los jueces pueden eximir de sanciones a personas por su atraso intelectual, aislamiento o situación económica precaria, siempre que el Ministerio Público esté de acuerdo y no se trate de leyes que afecten directamente al interés público.

Clasificación del Derecho

Derecho Público

Regula la actuación de los individuos frente al Estado, así como las relaciones entre los Estados.

  • Derecho Constitucional: Organiza la estructura del Estado y los derechos fundamentales.
  • Derecho Administrativo: Regula la función administrativa del Estado.
  • Derecho Penal: Define los delitos y las penas.
  • Derecho Procesal: Regula los procedimientos judiciales.
  • Derecho Internacional Público: Regula las relaciones entre los Estados.

Derecho Privado

Regula las relaciones entre particulares.

  • Derecho Civil: Regula las relaciones personales y patrimoniales entre particulares (personas, familia, bienes, obligaciones, contratos, sucesiones).
  • Derecho Familiar: Regula las relaciones personales y patrimoniales derivadas de la familia (matrimonio, parentesco, filiación, patria potestad, tutela, adopción).
  • Derecho Mercantil: Regula los actos de comercio y a los comerciantes.

Conceptos Jurídicos Fundamentales

Persona

En Derecho, persona es todo ser o entidad susceptible de ser titular de derechos y obligaciones.

  • Persona física: El ser humano.
  • Persona jurídica o moral: Entes creados por el derecho (sociedades, asociaciones, etc.).

Parentesco

Es el vínculo jurídico que existe entre personas que descienden de un progenitor común (consanguíneo), entre un cónyuge y los parientes del otro (afinidad), o entre adoptante y adoptado (civil). Se determina por líneas (recta y colateral) y grados (cada generación).

  • Línea Recta: Ascendientes y descendientes (sin límite de grado).
  • Línea Colateral: Personas que provienen de un mismo tronco común, pero no descienden una de otra (hasta el cuarto grado).

Patria Potestad

Conjunto de derechos y deberes que la ley otorga a los padres (y, en su caso, a los abuelos) sobre los hijos menores no emancipados, para su cuidado y educación. Se ejerce sucesivamente por:

  1. Padre y madre.
  2. Abuelos paternos.
  3. Abuelos maternos.

Adopción

Institución jurídica que crea un vínculo de filiación entre el adoptante y el adoptado, con los mismos derechos y obligaciones que la filiación consanguínea. Requisitos para adoptar:

  • Ser mayor de 30 años.
  • Tener 17 años más que el adoptado.
  • Acreditar solvencia económica.
  • Demostrar que la adopción es benéfica para el adoptado.
  • Tener una conducta aceptable.

Matrimonio

Unión libre de dos personas para realizar la comunidad de vida, con respeto, igualdad y ayuda mutua. Se celebra ante el Juez del Registro Civil. Jurídicamente, es la unión voluntaria, libre de vicios, de un hombre y una mujer, con la posibilidad de procrear hijos.

Divorcio

Disolución del vínculo matrimonial. Tipos de divorcio en el Estado de Guerrero:

  • Administrativo.
  • Voluntario.
  • Incausado.
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