Ley 20.886: Actuaciones Judiciales y Notificaciones en Chile
Ley 20.886 sobre Tramitación Electrónica
Principios de la Ley 20.886
- Art. 2 – Principios: La tramitación de las causas regidas por la presente ley se sujetará a los siguientes principios generales:
- Principio de equivalencia funcional:
- Todo lo que conste en formato digital, respaldado con firma electrónica avanzada, tiene el mismo valor que si fuera tramitado de manera tradicional.
- Principio de fidelidad.
- Principio de publicidad:
- Acta 44/2022 «Anonimización» (https://www.pjud.cl/prensa-y-comunicaciones/getRulingNew/11808)
- Principio de buena fe.
- Principio de actualización de los sistemas informáticos.
- Principio de cooperación.
- Principio de equivalencia funcional:
Requisitos de los Escritos
Requisitos comunes a todo escrito
- Todo escrito debe contener:
- La premisa (en caso de ser primera gestión) (debe nombrar al demandante, su abogado y al demandado).
- La suma (resumen del contenido, fundamentos de hecho y derecho, y la petición concreta que se le hace al juez).
- Designación de domicilio procesal.
- Constitución patrocinio y poder.
- Correo electrónico.
- + los incluidos en el Art. 254 CPC.
Actuaciones Judiciales
Concepto y Requisitos
Concepto: Actos jurídicos procesales, realizados por o a través del tribunal, las partes o auxiliares de la administración de justicia, que dejan testimonio escrito en la carpeta electrónica y deben ser autorizados por medio de la firma electrónica avanzada.
Requisitos de validez: Estos requisitos son copulativos.
- Deben realizarse ante o por orden del tribunal que conoce la causa:
- Previa orden: ej: comparendo de discusión en juicio sumario.
- Ante tribunal: ej: rendición de prueba de testigos.
- Deben realizarse en días y horas hábiles:
- Días hábiles: no feriados.
- Horas hábiles: entre las 08:00 y las 20:00 hrs.
- Debe dejarse constancia escrita en la carpeta electrónica.
- Debe practicarse por funcionario competente.
- Debe ser autorizada por firma electrónica avanzada.
Requisitos especiales de validez:
- Juramento.
- Intervención de intérprete.
Observación: En materia penal no hay días ni horas hábiles (Art. 14 CPP).
Formas de Ordenar una Actuación Judicial
De plano: El tribunal la decreta de inmediato, sin mayores formalidades.
Con citación: No puede llevarse a efecto sino hasta 3 días después de la notificación de la parte contraria, quien puede oponerse o deducir observaciones dentro de dicho plazo.
- Dentro del plazo de 3 días, la parte contraria puede:
- No oponerse ni deducir observaciones: la actuación se lleva a cabo después de los 3 días.
- Oponerse o deducir observaciones: se origina un incidente y se da traslado a la parte que solicitó la actuación. Esta se realiza una vez resuelto el incidente.
Con conocimiento: La diligencia se lleva a efecto desde que se notifica a la contraparte. No se requiere tramitación adicional.
Con audiencia: El tribunal da traslado por 3 días a la parte que no solicitó la actuación para que se pronuncie. Se genera un incidente y la actuación se lleva a cabo una vez resuelto.
Notificaciones
Concepto, Importancia y Características
Concepto: Actuaciones judiciales que ponen en conocimiento de las partes (o terceros) una resolución judicial, dándole eficacia.
Definición del profesor: Acto jurídico procesal que realiza el ministro de fe para poner en conocimiento de las partes una resolución judicial.
Características: Son normas de orden público. No requieren consentimiento del notificado.
Importancia:
- Materializan el principio de bilateralidad.
- Permiten que las resoluciones judiciales produzcan efectos (Art. 38 CPC). Excepción: medidas precautorias.
- La notificación de una sentencia produce el desasimiento del tribunal (Art. 182 CPC).
Clasificación de las Notificaciones
En cuanto a su objetivo:
- Notificación citación.
- Notificación emplazamiento.
- Notificación requerimiento.
- Notificación propiamente tal.
En cuanto a su forma:
- Notificación personal.
- Notificación personal subsidiaria.
- Notificación por cédula.
- Notificación por avisos.
- Notificación por estado diario.
- Notificación tácita.
- Notificación ficta, presunta o legal.
- Notificación electrónica.
- Notificaciones especiales.
Notificación Personal
Requisitos de Validez
Concepto: Acto jurídico procesal donde el ministro de fe entrega al notificado copia íntegra de la resolución y de la solicitud.
Requisitos de validez generales:
- Debe efectuarse en días hábiles:
- Todos los días son hábiles (si se practica en día inhábil, se entiende realizada desde las 00:00 hrs del día hábil siguiente).
- Debe efectuarse en horas hábiles:
- En lugares de libre acceso público: cualquier hora.
- En morada, lugar de pernocta, trabajo o donde se encuentre: entre las 06:00 y las 22:00 hrs.