Jurisdicción y Proceso Judicial en México: Tipos, Etapas y Organización del Poder Judicial
Jurisdicción
Función que ejercen órganos del Estado, independientes y autónomos, a través de un proceso para resolver un litigio. Es una función soberana del Estado que se lleva a cabo mediante actos de autoridad encaminados a dar solución a un litigio a través de la aplicación de la ley.
Tipos de Jurisdicción
A. Por su Origen Histórico
- Secular: Del latín saeculum (siglo), se refiere a la jurisdicción terrenal y temporal, utilizada desde la época medieval, especialmente en Italia y España.
- Eclesiástica: Propia de la religión cristiana, especialmente la católica, donde tribunales juzgan a los miembros de la iglesia.
B. Por su Naturaleza
- Común: La que imparte el Estado a todos los gobernados sin distinción.
- Especial: Se imparte en razón de la división del trabajo o actividades específicas (Tribunales de Trabajo, Administrativos, Laborales).
- Extraordinaria: Creada específicamente para conocer de asuntos muy particulares.
C. Por la Materia del Litigio
- Civil, Penal, Administrativa, Laboral: División de los asuntos según el contenido del proceso y la causa del litigio.
D. Por su Ejercicio
- Voluntaria: Gestiones para resolver una cuestión, exista o no litigio.
- Contenciosa: Se presenta ante un tercero imparcial para resolver un litigio a través de un proceso.
E. Por su Titularidad
- Retenida: La persona con facultad para ciertos actos se reserva el derecho de realizarlos («solo yo puedo decidir»).
- Delegada: La persona con facultades puede designar a otra para que actúe en su lugar («carta poder laboral»).
F. Por su Fuente
- Propia: La conferida por la ley a jueces y magistrados por razón de su cargo.
- Arbitral: Conferida por encargo de quien tiene la jurisdicción propia o de los interesados directos.
- Forzosa: No puede ser prorrogada ni derogada.
- Prorrogada: Atribuida a un juez o tribunal por voluntad de las partes, conforme a la ley.
G. Por su Ejercicio Simultáneo
- Acumulativa: Conferida por la ley a dos o más órganos.
- Primitiva: Corresponde a un tribunal determinado sin posibilidad de volverse preventiva.
H. Por su Concurrencia
- Concurrente: Aquella que pueden tener dos o más órganos de autoridad.
Etapas del Proceso
1. Etapa Preliminar o Previa al Proceso: Se pueden llevar a cabo medios preparatorios, providencias precautorias o las que se aludirán en la sección VI.
2. Etapa Expositiva, Postulatoria o Polémica: Las partes exponen sus pretensiones, excepciones, hechos y fundamentos jurídicos en demandas, contestaciones y reconvenciones. En esta fase se plantea el litigio ante el juzgado.
3. Etapa Probatoria o Demostrativa: Las partes y el juzgador realizan actos para verificar los hechos controvertidos.
4. Etapa de Alegatos o Conclusiones: Las partes argumentan para demostrar que los hechos han sido probados y que los preceptos jurídicos invocados son aplicables.
5. Etapa Resolutiva: El juzgador, basándose en las posiciones de las partes y las pruebas, emite una decisión sobre el conflicto y pone fin al proceso.
Competencia Jurisdiccional
A) Competencia Objetiva: Se refiere al órgano jurisdiccional sin importar quién sea el titular, y se clasifica por materia, grado, cuantía, territorio y turno.
B) Competencia Subjetiva: Se refiere al titular del órgano jurisdiccional:
- 1. Impedimentos: Causas de hecho que presuponen parcialidad.
- 2. Excusas: Obligación de delegar el conocimiento del asunto.
- 3. Recusación: Solicitud de una parte que se siente amenazada por el juzgador.
Organización del Poder Judicial de la Federación (PJF)
Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN)
1. Integración: Ministros, un presidente.
2. Funcionamiento:
- Pleno (11 u 8 ministros)
- Salas (Penal y Civil; Laboral y Administrativa)
3. Facultades: Conocer controversias constitucionales, acciones de inconstitucionalidad, juicio de amparo directo, revisión («facultad de atracción»).
Tribunales Colegiados de Circuito
A) Integración: Tres magistrados, emiten resoluciones por unanimidad.
B) Facultades: Conocen de amparo directo (sentencia definitiva de una sala), recurso de revisión de segunda instancia.