Introducción al Derecho: Tipos, Ramas y Aplicaciones
Conceptos Fundamentales del Derecho
El derecho es un conjunto de reglas que el hombre necesita y debe obedecer para que la convivencia en sociedad sea armoniosa y equitativa para todos. Son normas a las cuales el hombre obligatoriamente debe ajustar su conducta. No es el derecho el único conjunto normativo que rige la conducta del hombre: también la rigen reglas sociales, preceptos religiosos y normas morales. La distinción entre religión y derecho quedó resuelta a partir del cristianismo. Las reglas sociales, por su parte, rigen solo aspectos superficiales de la conducta, que hacen que el hombre sea más o menos agradable frente a los demás.
Derecho Objetivo
El derecho objetivo es el «conjunto de reglas establecidas para regir las relaciones del hombre en sociedad». Ejemplos: las leyes de toda naturaleza como normas de propiedad, tránsito, convivencia ciudadana, leyes penales y fiscales.
Derecho Subjetivo
Se complementa con el objetivo. Por ejemplo, una persona invade una propiedad privada (el derecho objetivo dicta una ley de “derecho a la propiedad privada”), entonces, en el derecho subjetivo el propietario puede exigir que se respeten las cosas de su propiedad. Es decir, que el derecho subjetivo es la facultad del hombre de hacer valer sus derechos.
Derecho y Moral
Respecto al derecho y a la moral, si bien antiguamente ambos conceptos tendían a confundirse, en la actualidad está bien marcada la diferencia.
- Normas Jurídicas: Son obligatorias. El Estado las impone coactivamente al individuo, y si este no las cumple se le pueden imponer sanciones.
- Normas Morales: No son obligatorias. El individuo las cumple si quiere. Si no las cumple, a lo sumo podrá sufrir el rechazo de sus semejantes o el remordimiento de su conciencia.
Así lo demuestran diversos artículos de nuestro Código Civil que contienen pautas morales al referirse “a la moral, a las buenas costumbres o a la buena fe”, especialmente a partir de la reforma impuesta por la ley 17.711.
Tipos de Derecho
Derecho Natural
Es un conjunto de reglas que proviene de la naturaleza humana. En este derecho no es válido si no es justo. Es una doctrina ética y jurídica (se basan en principios morales).
- Leyes divinas de la antigüedad
- Derechos fundamentales de Platón
- Los 10 mandamientos cristianos
- Derechos universales del hombre
- Derechos humanos contemporáneos
Derecho Positivo
El derecho positivo es el derecho objetivo que rige en un Estado determinado, en un momento dado. Se pueden distinguir de la siguiente manera: derecho argentino, derecho español, derecho alemán, etc. Este conjunto de normas jurídicas está escrito por una soberanía.
Ramas del Derecho Positivo
El ordenamiento jurídico vigente es único, pero por razones científicas y didácticas que hacen a su mejor conocimiento, aparece dividido en dos grandes sectores o ramas, el derecho público y el derecho privado. Estos a su vez se dividen en otras ramas.
Derecho Público
Abarca las ramas del derecho en las cuales uno de los sujetos es el Estado actuando como poder público, en las que se regulan su organización, funcionamiento, atribuciones y deberes, y sus relaciones con los particulares. Son ramas del derecho público:
- El derecho constitucional
- El derecho administrativo
- El derecho penal
- El derecho internacional público
- El derecho financiero
- El derecho municipal
- El derecho canónico y el derecho eclesiástico
Derecho Privado
Comprende las ramas que regulan las relaciones de los particulares entre sí, y eventualmente con el Estado, pero cuando este actúa como persona de derecho privado (y no como poder público). Son ramas del derecho privado:
- El derecho civil
- El derecho comercial
- El derecho agrario o rural
- El derecho internacional privado
- El derecho de la navegación
- El derecho aeronáutico
- El derecho industrial que regulan todo lo relativo a marcas y patentes.
Derecho Civil
Actualmente el derecho civil solo comprende una parte residual del derecho privado: comprende lo que no está específicamente regulado por las ramas desmembradas. Sin embargo, dado su carácter de tronco común, las ramas separadas recurrirán a él para obtener determinados principios fundamentales que siempre serán de aplicación supletoria cuando la legislación específica así lo disponga o cuando no contemple determinadas situaciones. El contenido actual del derecho civil abarca todo lo relativo a la persona como tal, sus relaciones con otras personas (familiares, crediticias, etc.) y su vinculación con los bienes, desde su concepción en el seno maternal hasta después de su muerte (derechos reales y sucesiones).