Introducción a la Sociología Jurídica: Conceptos Fundamentales y Ramas
Introducción a la Sociología Jurídica
Concepto de Sociología General
Es la ciencia que estudia el comportamiento del individuo en sociedad. La sociología es la ciencia que estudia los fenómenos socioculturales que surgen de la interacción entre los individuos y entre los individuos y su medio.
Concepto de Sociología Jurídica
Es una rama de la sociología general que estudia los fenómenos sociales que tienen un vínculo jurídico. La sociología jurídica es una rama de la sociología general que tiene por objeto el estudio de los fenómenos jurídicos o de derecho.
Concepción Estricta y Concepción Amplia de la Sociología Jurídica
- Estricta: Es la que investiga los fenómenos primarios, como: el juicio, la ley y las decisiones administrativas.
- Amplia: Este concepto (lato), extiende a la sociología jurídica, todos los fenómenos en que ella pueda percibir la existencia de algún elemento de derecho, sin tener que limitarse al estudio de los fenómenos jurídicos primarios, sino que también investiga los fenómenos secundarios, como: la familia, los contratos, etc.
Relación entre la Sociología Jurídica y la Sociología General
Tienen una estrecha relación porque esta es hija de la sociología general, ya que muchos de los conceptos de los que se sirve la sociología jurídica no son otra cosa que conceptos de la sociología general sobre los cuales se ha puesto simplemente un acento de derecho. Ej. sondeo, estadística. La sociología jurídica y la sociología general están íntimamente ligadas al usar los mismos métodos de investigación; como lo son: la estadística, el sondeo, la encuesta, y el método histórico-comparativo, para estudiar los hechos y los fenómenos sociales.
Diferencias entre la Sociología Jurídica y el Derecho Dogmático
El derecho dogmático estudia las reglas de derecho en sí misma, mientras que la sociología del derecho se esfuerza en descubrir las causas sociales que las han producido y los efectos sociales que ellas producen.
Etnología Jurídica
Es aquella cuyo objeto de estudio son los derechos primitivos, o como se quiere decir hoy arcaicos.
Antropología Jurídica
Es la que estudia las causas y los efectos del derecho que guardan relación con la naturaleza biológica del hombre.
Psicología Jurídica
Es aquella que estudia los fenómenos psicológicos individuales o colectivos jurídicos.
Psicología Social del Derecho
Es la ciencia capaz de delimitar su propio objeto, los fenómenos de psicología colectiva y las conexiones de fenómenos psicológicos individuales, los fenómenos de psicología interpersonal (porque ponen el yo en relación con el otro y más allá con la sociedad).
Psicología Jurídica de los Pueblos
Es un análisis de los comportamientos dominantes en un grupo cultural llámese (nación, tribu, terruño, clase, etc.) y eventualmente hace comparaciones con otros grupos comparables. Y puede ser burgués o literal.
Psicología Jurídica Individual
Es un fenómeno que plantea una cuestión de principio. Es cuando un fenómeno psicológico se produce en la conciencia individual.
Psicoanálisis Jurídico
Consiste en un hecho que, aunque no haya sido buscado a propósito, son aquellas investigaciones psicoanalíticas que ofrecen un gran interés para el derecho, en especial para el derecho penal y para el derecho de familia.
Sicopatología Jurídica
Constituye la pareja lógica de la psicología jurídica normal y tanto la una como la otra deben ser consideradas como la prolongación de la sociología del derecho.
Sociología Política
Es la que trata los fenómenos de la sociedad que de una forma u otra se encuentra vinculada a la política.
Economía Política y Demografía
La economía política comprende el derecho del patrimonio, mientras que la demografía comprende el derecho de la persona y de la familia.
Tendencia Objetiva y Tendencia Subjetiva en Sociología Jurídica
La tendencia objetiva está orientada hacia los sujetos de derecho.
La tendencia subjetiva: el juez tiene que profundizar en el aspecto psicológico de la persona.
Aportes de la Antigüedad a la Sociología del Derecho
Las aportaciones más importantes que la antigüedad hizo a la sociología del derecho se encuentran en historiadores y en los viajeros y en sus curiosas investigaciones sobre las costumbres.
Relativismo y Determinismo en Montesquieu
El relativismo: No niega la existencia en capas sublimes o profundas de un derecho natural a través del cual la unidad se restablece, al nivel de la observación postula la esencial variabilidad del derecho, variabilidad en el tiempo y en el espacio.
El determinismo: El propósito declarado de la obra consiste en poner las leyes en relación con otros hechos y este propósito brilla en muchas de las rúbricas. Cabe discutir únicamente si las relaciones contempladas son verdaderas relaciones de causalidad, aunque sea de causalidad parcial, o si son simples correlaciones.
Padre de la Sociología General
El padre de la sociología general es Augusto Comte.
Padre de la Sociología Jurídica
Emilio Durkheim.
Surgimiento de la Sociología Jurídica como Ciencia
En el siglo XX.
Cuestionario II de Sociología Jurídica
Objeto de la Sociología Jurídica
El objeto de la sociología jurídica es estudiar los problemas y sus implicaciones y todo aquello concerniente a las relaciones entre el derecho y la sociedad.
Clasificación de los Fenómenos Jurídicos
En primarios y secundarios.
Fenómenos Jurídicos Primarios y Secundarios
Son primarios: Son aquellos que los demás derivan de ellos, porque en una jerarquía de los fenómenos jurídicos que descienden de lo general a lo particular y se encuentra en el más alto nivel de generalidad. Ej. el texto de una ley, el pronunciamiento de una sentencia.
Son secundarios: Ejemplo. Los contenidos, las disposiciones de una ley.
Fenómenos Jurídicos de Poder y Fenómenos Jurídicos bajo el Poder
Los fenómenos jurídicos de poder son los que provienen de una autoridad competente, mientras que los que están bajo el poder son los que están llamados a cumplir lo establecido por el poder superior.
Fenómenos Jurídicos Instituciones y Fenómenos Casos
Los fenómenos jurídicos instituciones son aquellos que tienen su origen en una ley.
Ejemplo: el matrimonio.
El fenómeno casos es aquel que se presenta como un derivado del fenómeno institución. Ej. el divorcio. Es un derivado del otro.
Fenómenos Jurídicos Contenciosos y Fenómenos No Contenciosos
Los fenómenos jurídicos contenciosos «aquel que se encuentra en una cierta relación con un proceso judicial». (Ej. como es la de un conflicto. Un litigio, los conflictos se resuelven por la intervención de una tercera, el juez).
Los fenómenos no contenciosos son aquellos que no tienen que ver con ningún litigio.
Juridicidad
Se entiende por juridicidad el vínculo jurídico que estudia la causa de derecho y de hecho.
Mores y Folkways
Los mores: Son usos sociales en sentido estricto en una sociedad.
Son reglas como la que obliga al seductor a casarse con la seducida. Lo que diferencia las mores de los folkways, es que su violación, puede poner en riesgo intereses ajenos, como lo de la joven seducida.
En las sociedades antiguas, donde el derecho no era escrito, es más difícil encontrar la diferencia. Además hay otro rasgo en ellas que complica esta tarea: la ausencia de un estado, de un órgano diferenciado de mando.
Folkways: manera de vivir nacional.
Los «folkways» son los usos con los cuales se vive cotidianamente (por ej., la forma general de vestirse, la manera de saludarse, el orden de las comidas) son hábitos, pero más que individuales o familiares son hábitos del país.
Criterio de la Coacción y Criterio de la Puesta en Cuestión
El criterio de la coacción emana de las penalidades establecidas por las leyes y normas.
El criterio de la coacción consiste en una reacción que es una respuesta a la inobservancia anterior a una regla.
El criterio de la puesta en cuestión consiste en el fenómeno que desafía las normas de coacción establecida.
Sistema Jurídico
Un sistema jurídico es una familia de derechos. Los derechos nacionales son múltiples, y se agrupan en sistemas o en grandes sistemas como el sistema del common law o el sistema romano-germánico.
Espacio Jurídico y sus Componentes
El espacio jurídico tiene como soporte natural un territorio, una porción de tierra, que está delimitada por un destino.
Los componentes son:
- Los individuos y grupos particulares.
Pluralismo Jurídico
Consiste en la descentralización de los sistemas jurídicos.
Fenómenos Colectivos e Individuales dentro del Pluralismo Jurídico
Colectivo es la forma de pensar de un grupo determinado, es decir que reside en un estado de conciencia colectiva.
Es individual cuando el individuo experimenta el sentimiento de pertenecer a dos órdenes jurídicas.
Fenómenos de Concurrencia y Fenómenos de Recurrencia
Fenómeno de concurrencia: Es cuando el derecho actual del Estado se opone a otros derechos igualmente actuales. O sea que hay simultaneidad.
Fenómeno de recurrencia: Es cuando el mandato desaparecido puede retornar en las actividades colectivas o en la conciencia individual.
Fenómenos Categóricos y Fenómenos Difusos
Fenómenos categóricos: Es cuando el orden jurídico coexiste con el derecho del Estado y forma con este una categoría de contornos definidos y posee los rasgos indudables de un derecho positivo.
Fenómeno difusos: Cuando las órdenes jurídicas provocan un nivel de indefinición que provocan dificultades para referirse a disposiciones precisas.
Fenómenos Infrajurídicos
Es un sistema de normas y de técnicas encerrado comúnmente en un medio reducido y popular que a priori carece de las condiciones precisas.
Derecho Folklórico
Es un fenómeno infrajurídico que sobrevive en el medio popular en estado de costumbre orales, sin apenas más sanciones que las satíricas.
Es aquel que tiene como medio no la sociedad globalmente considerada, sino solo la parte popular de esta.
Derecho Vulgar
Es una mezcla de costumbres locales y de derecho romano clásico o imperial, más o menos degenerado y deformado, que en el bajo imperio, se aplicaba de hecho en las provincias por lo menos en las clases populares.
Derecho Infantil
El derecho infantil es el derecho impuesto al niño por la sociedad adulta, en la familia primero, en las escuelas y en las calles.
Aculturación Jurídica
Es el paso de los primitivos a la civilización, o el hecho de que una cultura se injerte en otra.
Aculturación Jurídica Procedente de la Autoridad Pública
Es una penetración que se hace por pequeños toques, tomando prestado un elemento aislado a una legislación extranjera, después de soportar sus ventajas y sus inconvenientes.
Aculturación Jurídica Procedente de Fuerza Privada
Consiste en la formación de la ley.
Efectos de la Aculturación Jurídica sobre las Instituciones
El principal efecto se relaciona con el destino del elemento extranjero una vez introducido en el sistema autóctono.
Efectos de la Aculturación Jurídica sobre los Individuos
Los efectos de la aculturación jurídica sobre los individuos son la formación de la personalidad, la disciplina sobre más normas y las leyes de la paz y la armonía social.