Imputación objetiva en delitos con lesiones: Casos de bisturí infectado y enfermedad preexistente
Caso 1: Disparo y posterior intervención quirúrgica con bisturí infectado
En este caso, se analiza si la muerte de la víctima, tras una intervención quirúrgica con un bisturí infectado, es imputable al autor del disparo inicial, Rafael. Se concluye que el resultado de muerte no es la materialización del riesgo generado por el disparo, sino de un riesgo distinto e imprevisible a priori: la negligencia médica. Por lo tanto, Rafael no puede ser responsable de un delito de homicidio doloso consumado.
Análisis de la imputación objetiva
- Riesgo generado por el disparo: El disparo de Rafael creó un riesgo objetivamente previsible y jurídicamente desaprobado de muerte.
- Riesgo generado por la intervención médica: La intervención con un bisturí infectado generó un riesgo distinto e imprevisible.
- Materialización del riesgo: La muerte se produjo como consecuencia del riesgo generado por la negligencia médica, no por el disparo.
Conclusión del caso 1
Rafael no puede responder por homicidio doloso consumado, ya que la muerte no es objetivamente imputable a su acción. Sin embargo, su comportamiento podría calificarse como tentativa de homicidio, al haber creado un riesgo previsible de muerte y actuar con dolo de matar. El médico, por su parte, podría responder por un homicidio imprudente, al haber creado negligentemente un riesgo que se materializó en el resultado de muerte.
Caso 2: Puñetazo a una persona con enfermedad preexistente que causa su muerte
En este segundo caso, se analiza la responsabilidad penal de Julio César, quien propinó un puñetazo a Andrés, que padecía SIDA, causándole la muerte debido a una rotura vascular. Se examina la relación de causalidad y la imputación objetiva, considerando la enfermedad preexistente de la víctima.
Relación de causalidad
Se determina que existe relación de causalidad entre el golpe de Julio César y la muerte de Andrés. Tanto la fórmula de la supresión mental como la fórmula de Engisch confirman esta relación. El golpe provocó la rotura vascular, el sangrado y el shock hipovolémico que determinaron la muerte de Andrés.
Imputación objetiva
El punto central del análisis es la imputación objetiva, considerando la enfermedad preexistente de Andrés. Se evalúa si el golpe creó un riesgo objetivamente previsible de muerte.
Creación de un riesgo objetivamente previsible
- Un golpe en el estómago a una persona sana no crea un riesgo objetivamente previsible de muerte.
- Un golpe en el estómago a una persona con debilidad vascular sí crea un riesgo objetivamente previsible de rotura vascular y muerte.
- En este caso, se desconoce si Julio César conocía la enfermedad de Andrés.
- Si se asume que Julio César desconocía la enfermedad, se negaría la creación de un riesgo objetivamente previsible de muerte.
- Algunos autores argumentan que siempre es previsible que la víctima padezca una enfermedad, lo que llevaría a afirmar la creación de un riesgo previsible.
Materialización en el resultado
- Se analiza si la acción inicial (el golpe) contiene un riesgo suficiente para producir el resultado (muerte).
- En una persona sana, un golpe en el estómago no implica un riesgo suficiente para causar la muerte.
- En este caso, la muerte solo puede explicarse como materialización del riesgo preexistente (la enfermedad de Andrés).
Conclusión del caso 2
Si se considera que Julio César desconocía la enfermedad de Andrés, se negaría la imputación objetiva del resultado de muerte. Julio César solo respondería por un delito leve de lesiones. Sin embargo, si se considera que siempre es previsible que la víctima padezca una enfermedad, se afirmaría la imputación objetiva. La doctrina no es pacífica en este punto.