Guía sobre el Proceso Penal en México: Imputación, Vinculación y Medidas Cautelares

Proceso Penal en México

1. Formulación de Imputación

Conforme al artículo 307 del Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP), tras realizar las investigaciones pertinentes, el Ministerio Público (MP), si considera que el imputado cometió un delito, solicita al Juez de Control una audiencia inicial. En esta audiencia se llevan a cabo:

  1. Calificación de la detención.
  2. Formulación de imputación.
  3. Debate sobre medidas cautelares.

Formular imputación significa la comunicación que hace el MP al imputado, en presencia del Juez de Control, informándole que se desarrolla una investigación en su contra por uno o más hechos delictivos (artículo 309 CNPP). El fundamento constitucional se encuentra en el artículo 21 de la Constitución Federal, que concede facultades de investigación al MP, incluyendo el ejercicio de la acción penal pública.

2. Vinculación a Proceso

El artículo 19 constitucional y el artículo 316 del CNPP establecen que ninguna detención debe exceder las 72 horas sin que se dicte auto de vinculación a proceso. El Juez de Control, a petición del MP, dictará auto de vinculación a proceso si:

  1. Se ha formulado imputación.
  2. Se ha dado al imputado la oportunidad de declarar.
  3. Existen datos que establezcan que se ha cometido un hecho delictivo y que existe probabilidad de que el imputado lo haya cometido o participado en él.

El artículo 316 del CNPP se relaciona con los artículos 202, 218, 220, 313, 317, 320, 329, 333 y 335 del mismo código.

3. Medidas Cautelares

Algunas medidas cautelares son:

  • Prisión preventiva.
  • Prisión justificada.
  • Garantía económica.
  • Prohibición de acercarse a la víctima.
  • Presentación periódica ante la autoridad.
  • Separación inmediata del domicilio.
  • Suspensión temporal en el ejercicio de la profesión.
  • Colocación de localizadores electrónicos.
  • Resguardo domiciliario.
  • Embargo de bienes.
  • Inmovilización de cuentas.

Fundamento legal: Artículos 155, 156, 157 y otros del CNPP.

¿Qué es una Medida Cautelar?

Son resoluciones motivadas del órgano jurisdiccional que se adoptan frente al presunto responsable de un delito, reguladas por los principios de legalidad, judicialidad, proporcionalidad y mínima intervención.

Finalidad de las Medidas Cautelares

  1. Asegurar el desarrollo de la investigación.
  2. Garantizar la presencia del imputado en el proceso.
  3. Impedir que el imputado obstaculice la investigación.
  4. Garantizar la seguridad de la víctima (artículo 153, 193 fracción XVIII y 287 del CNPP).

4. Requisitos del Acto de Apertura a Juicio Oral

El artículo 347 del CNPP establece nueve requisitos. A continuación se mencionan cuatro:

  1. Tribunal de enjuiciamiento competente.
  2. Individualización de los acusados.
  3. Acusaciones y hechos materia de la acusación.
  4. Acuerdos probatorios.

En caso de prisión preventiva oficiosa por homicidio doloso, se considera el artículo 19 constitucional.