Guía Completa sobre las Etapas de la Sucesión en Guanajuato
Etapas de la Sucesión en el Código de Procedimientos Civiles de Guanajuato (Art. 585)
Secciones/Etapas de la Sucesión
- Sucesión / Radicación
- Inventario / Avalúo
- Administración / Rendición de Cuentas
- Partición / Adjudicación
Segunda Etapa: Inventario y Avalúo
- Inventario provisional del interventor.
- Inventario y avalúo formal por el albacea.
- Resolución de incidentes que se promuevan.
- Resolución sobre inventario y avalúo.
Tercera Etapa: Administración de la Masa Hereditaria
- Gestión y administración de la masa hereditaria.
- Presentación y calificación de las cuentas.
- Aprobación (tácita o expresa) de las cuentas. (Se puede impugnar a través de la apelación).
Cuarta Etapa: Partición y Adjudicación
- Presentación del proyecto de distribución provisional de los bienes hereditarios.
- Presentación del proyecto de partición de los bienes.
- Resolución de incidentes promovidos o que se promuevan.
- Acuerdos y arreglos relativos a la partición.
- Resoluciones sobre los proyectos de distribución y partición.
- Trámites para la aplicación de bienes (adjudicación).
Adjudicación de Bienes Muebles
En el caso de bienes muebles, la sentencia de adjudicación firme es suficiente para acreditar la propiedad de los mismos a nombre del heredero o herederos, sin necesidad de más trámites, salvo la toma de posesión en caso de no haberse entregado previamente.
Adjudicación de Inmuebles
En el caso de inmuebles, una vez que la sentencia de adjudicación quede firme, se debe remitir el expediente a la notaría que el albacea o herederos designen para que se otorgue la escritura de adjudicación correspondiente. Esto puede hacerse por cada inmueble adjudicado o por la totalidad de los mismos.
Protocolización de la Sentencia de Adjudicación de Inmuebles
- Remisión del expediente a la notaría.
- Elaboración de los avalúos fiscales de los bienes a adjudicar.
- Elaboración y firma de la escritura de adjudicación por parte del banco o de todos los herederos.
- Trámite del traslado de dominio del bien o bienes adjudicados ante las oficinas municipales.
- Inscripción de la declaratoria de herederos, el nombramiento de albacea y la sentencia de adjudicación en el Registro Público de la Propiedad (RPP).
- Inscripción de la escritura de adjudicación en el RPP.
Albacea e Interventor en las Sucesiones
El albacea es la persona designada en una sucesión, ya sea testamentaria o legítima, para representarla, ejecutarla en todas sus etapas y hasta la adjudicación de los bienes. En el estado de Guanajuato, esta figura se regula por los artículos 2917 al 2988 del Código Civil vigente.
Requisitos para ser Albacea
Cualquier persona con capacidad legal para disponer de sus bienes puede ser albacea, excepto:
- Magistrados o jueces que ejerzan su jurisdicción en el lugar donde se abre la sucesión.
- Personas removidas de este cargo por sentencia judicial.
- Condenados por delitos contra la propiedad.
- Personas que no tengan un modo honesto de vivir.
La figura del albacea es indispensable en cualquier sucesión. (Pregunta de examen)
La función del albacea no termina completamente con la adjudicación de los bienes, ya que se mantiene vigente hasta 10 años después de la misma, en caso de que algún heredero no se haya enterado de la sucesión y decida reclamar sus derechos.
Derecho Hereditario
: conjunto de normas jurídicas que regulan el proceso de transmisión del patrimonio de una persona después de su muerte, conocido este patrimonio como “herencia” este proceso tiene 3 formas o tipos:
1.-Sucesión testamentaria
2.-Sucesión legítima o intestamentaria
3.-Sucesión mixta
Etapas o secciones
1.-Sucesión
2.-Inventario y avalúo
3.-Administración y rendición de cuentas
4.-Partición y adjudicación
- Legatarios: es el heredero dentro de una sucesión que recibe a título particular uno o varios bienes en una sucesión; normalmente en una sucesión testamentaria
- Testamento: es el documento donde el testador plasma el destino de sus bienes cuando haya fallecido
- Albacea la persona que hace cumplir la última voluntad del testador
- Sucesióncuando se lleva a cabo la transmisión de los bienes del de cujus
- Intestamentario proceso judicial que se lleva a cabo cuando el de cujus no tiene testamento para que su Patricio se transmita o se suceda a sus herederos
- Etapas o secciones de la sucesión el conjunto de procedimientos que se tiene que seguir y agotar
- Legado es una parte de la masa hereditaria en específico
- Título particular cuando se deja uno o más bienes en específico a un particular
- Interventor es la persona encargado de verificar que la albacea cumpla con sus obligaciones
- Radicación inicio de una sucesión ante notario o ante juez
- Adjudicación es la última etapa de cualquier sucesión donde se reconoce la titularidad de ese heredero sobre los bienes
- Testadores la persona que elabora su testamento