Glosario y Casos Prácticos de Delitos Financieros: Marco Legal y Prevención
Conjunto de los elementos objetivos o externos que prueban un crimen o acto que está fuera de la ley. Cuerpo del delito.
Selecciona los tipos de duración de un delito según la Teoría General del Delito. Permanente, Continuado, Instantáneo.
Norma jurídica que regula la organización, operación y funcionamiento de las *startups* para brindar protección a los usuarios que soliciten sus servicios. Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera.
Relaciona los métodos de ciberataque, que pueden presentarse en operaciones bancarias, con sus definiciones:
- Spyware – Infección de un ordenador para recabar información.
- Phishing – Robo de datos privados a través de correos electrónicos apócrifos.
- Ransomware – Bloqueo del sistema de una empresa o institución, por medio de un virus.
Selecciona las funciones de la Unidad Especializada en Investigación de Delitos Fiscales y Financieros:
- Conocer los delitos fiscales y los delitos relacionados con el sistema financiero.
- Desarrollar estrategias para la investigación y persecución de delitos financieros y fiscales.
Relaciona el tipo de fondo de inversión con sus activos correspondientes:
- Deuda: CETES, bonos, pagarés y aceptaciones bancarias.
- Capitales: Acciones, *exchange-traded funds* (ETF´s) y documentos corporativos de largo plazo.
- Objeto limitado: CETES, bonos, pagarés, aceptaciones bancarias, acciones, ETF´s, documentos corporativos de largo plazo; sólo si están definidos en estatutos y prospectos de información.
Norma jurídica que regula el funcionamiento de los sistemas de pensiones y las operaciones de sus participantes. Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.
Selecciona los objetivos de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita:
- Proteger el sistema financiero y la economía nacional.
- Recopilar elementos útiles para investigar y perseguir los delitos de las operaciones con recursos de procedencia ilícita.
- Definir las medidas y procedimientos para prevenir y detectar actos u operaciones financieras.
Ordena las fases de la Metodología de evaluación de riesgos de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo: Diseño, Implementación, Valoración.
Juan-Carlos.
- Identifica el delito bancario cometido por el particular: Fraude por omisión de información, en este caso, presenta información falsa para obtener el crédito.
- Identifica el delito bancario que se comete a través del uso de tecnología: Fraude o Estafa, ya que utiliza información con un fin distinto al objeto de su encargo.
- Menciona la legislación que tipifica el delito cometido por el particular: Ley de Instituciones de Crédito, artículo 112.
- Menciona la legislación que tipifica el delito bancario con uso de tecnología: Ley de Instituciones de Crédito, artículo 112 quater.
- Especifica la sanción correspondiente al particular de acuerdo con la legislación vigente: Sanción Penal, prisión de tres meses a 2 años y multa de treinta a dos mil días de salario.
- Precisa la sanción correspondiente al delito bancario con uso de tecnología de acuerdo con la legislación vigente: Sanción penal, prisión de tres a nueve años y de treinta mil a trescientos mil días de multa.
- Menciona una recomendación de seguridad informática del Banco de México para evitar la comisión de los delitos: Para empezar, deberían verificar dos veces la razón por la que un cliente solicita un crédito, esto a pesar de ser un cliente con buen historial. Por otro lado, evaluar a los trabajadores con el objetivo de verificar que estos se apeguen a una manera ética de actuar con base en la reglamentación vigente. Además, establecer que una persona verifique que los movimientos bancarios se hagan como estipuló el cliente.
Director – Casa de Bolsa Omega
- Identifica el delito cometido por el director de la casa de bolsa: Compartir Información confidencial o revelar información privilegiada.
- Identifica la comisión del delito en la sociedad de inversión: Utilizar a su favor la información que le fue compartida.
- Menciona la legislación que tipifica el delito cometido por el director de la casa de bolsa: Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, artículo 99 bis o Ley del Mercado de Valores, artículo 192 & 380.