Fundamentos del Derecho Empresarial: Obligaciones, Capacidad y Contratos

1.- Derecho: Es una herramienta, un medio que se utiliza cuyo fin es la justicia, la equidad y la vida. Estudia a la persona jurídica.

  • Derecho empresarial: Conjunto de normas jurídicas, usos y costumbres que regulan a la empresa.

Obligaciones de los Comerciantes

Los comerciantes tienen las siguientes obligaciones:

  • Tener un nombre.
  • Estar inscrito en el Registro Público de Comercio.
  • Domicilio.
  • Dedicarse a fines lícitos.
  • No haber sido condenado por un delito patrimonial.
  • No ser notarios públicos o corredores públicos.

Capacidad

  • Persona física: Facultad de ser objeto de derechos y obligaciones, tener la mayoría de edad y estar en pleno uso de las capacidades mentales.
  • Persona Moral: Desarrollarse por medio de funciones, tener un apoderado o a un grupo de personas con capacidad de representar a la empresa y estar registrado en el Registro Público de Comercio.

Reglas de Origen

Existen tres reglas principales para considerar que un producto es originario de un país: ensamblado, transformación y materia prima.

Estructura Constitutiva (Persona Moral)

La estructura constitutiva de una persona moral incluye:

  • Nombre.
  • Nacionalidad.
  • Domicilio.
  • Actividad a la que se dedica.
  • Razón social.
  • Duración.
  • Importe del capital.
  • Domicilio social.
  • Representantes.
  • Distribución de utilidades/pérdidas.
  • Fondos/reservas.

Contrato

Acuerdo de dos o más voluntades para crear derechos y obligaciones.

Asamblea Constitutiva

Reunión de socios para constituir la sociedad.

Tipos de Asamblea

  • Extraordinaria: Para actos muy importantes. Ej. (Para aumentar o disminuir el capital, cambio de razón social, duración o disolución).
  • Ordinaria: Para cualquier otra cosa. Ej. (Otorga nuevos poderes a empleados, revisar renta, ganancias, etc.).

Ausencia de Vicios de la Voluntad

Los vicios de la voluntad incluyen: dolo, error, amenaza, mala fe, violencia y engaño.

Atributos de la Propiedad

  • Uso: Hacer uso de algo.
  • Usufructo: Obtener frutos/ganancias del uso.
  • Disposición: Hacer lo que quieras.

Contratos Civiles

Arrendamiento

Acuerdo de voluntades donde el arrendador se obliga a conceder el uso o goce temporal de una cosa y el arrendatario a pagar un precio cierto durante la vigencia del contrato. *Pago en dinero o especie.

Obligaciones:

  • Arrendador: Permitir el uso del bien sin molestar, reparaciones mayores, entregar en condiciones de uso, ceder derechos del bien.
  • Arrendatario: Reparaciones menores, devolver el bien como se entregó, derecho de preferencia al comprar el bien.

Compra-Venta

Acuerdo de voluntades de dos o más personas para transferir la propiedad de una cosa, aunque el bien no haya sido entregado y el precio no haya sido pagado.

Obligaciones:

  • Comprador: Pagar por el bien, recibir el bien, pago de daños.
  • Vendedor: Entrega y dominio del bien, preservar y garantizar el bien.

Comodato

Forma jurídica de decir “préstamo”, préstamo de bienes que no se agotan con el uso, a título GRATUITO.

Donación

El donante transfiere al donatario, gratuitamente, una parte o casi la totalidad de sus bienes. La donación se cancela si:

  • Hay herederos.
  • El donante queda en bancarrota.
  • Hay una agresión vs el donante.

Fianza/Aval

Una persona se compromete a pagar o responder si otra no lo hace (afianzadoras). Aval: Forma coloquial de la fianza; tener un bien que respalde el pago.

Mutuo

Préstamo de dinero a título gratuito u oneroso.

Intereses:

  • Ordinario: Por el simple hecho de prestarte dinero.
  • Moratorio: Pagas por el retraso de tus obligaciones.

Mandato

Contrato de acuerdo de voluntades (dos o más) para crear o transferir derechos y obligaciones. Mandante (quien da la orden) Mandatario (quien ejecuta la orden). Uso cotidiano/Más importante: representante, apoderado.

Hipoteca

Garantía que establezco para un bien inmueble. Se inscribe en el registro público para que no se venda una vez hipotecado. Se puede traspasar la hipoteca.

Prenda

Entrega de un bien mueble. Empeño y me prestan dinero con interés.

Permuta

Es cambiar un bien por un bien, también llamado Trueque.

Contratos Mercantiles

Comisión

Porcentaje recibido por hacer una actividad (vender algo). Funciona igual que el mandato, pero de manera mercantil. Actos de comercio de manera habitual. Comisionista (da la orden) Comisionado (recibe instrucciones y ejecuta). Mercantil. No hay sueldo.

Seguro

Cuando una persona (aseguradora) se compromete a pagar a otra (asegurado) una cantidad cuando suceda un evento, a cambio de una prima (para estar asegurado).

Suministro

Es un contrato de tipo compra-venta, pero de forma periódica.

Contratos de Naturaleza Financiera

Títulos de Crédito