Fuentes, Derechos y Tutela en el Ámbito Laboral
Fuentes del Derecho del Trabajo
Fuentes estatales: CE, leyes, actos del gobierno con fuerza de ley, reglamentos.
Fuentes extraestatales:
- Fuentes supranacionales e internacionales (normas de derecho comunitario europeo y normas internacionales).
- Fuentes profesionales: convenio colectivo.
Jurisprudencia: TS o TC.
Derechos Fundamentales en el Ámbito Laboral
Los derechos fundamentales están recogidos en el cap. 2, título 1º de la CE. Estos derechos disponen de una tutela constitucional doble y reforzada, es decir, cuentan con las garantías comunes y con derechos específicos para su protección.
Las tutelas son:
- El principio de vinculación de todos los poderes públicos.
- El principio de reserva de ley.
- La competencia del Tribunal Constitucional para reconocer recursos de inconstitucionalidad.
Al ser derecho fundamental, se cuenta con un procedimiento específico y con protección reforzada. Si se vulnera alguno de estos derechos, hay una protección añadida y especial. Habría que seguir un procedimiento específico ya que tienen un carácter preferente.
Gozan de tutela adicional por ser fundamentales: tienen un acceso a tribunales ordinarios a través de un recurso específico y se podrá acudir al Tribunal Constitucional a través del recurso de amparo.
Art. 52 CE: Cualquier ciudadano podrá recabar la tutela de las libertades y derechos reconocidos en el art. 14 ante los tribunales ordinarios por un procedimiento basado en los principios de preferencia y sumariedad y, en su caso, a través del recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional. Este último recurso será aplicable a la objeción de conciencia reconocida en el art. 30.
El reconocimiento, el respeto y la protección de los principios reconocidos en el cap. 3 informarán la legislación positiva, la práctica judicial y la actuación de los poderes públicos. Solo podrán ser alegados ante la jurisdicción ordinaria de acuerdo con lo que dispongan las leyes que los desarrollen.
El recurso de amparo (art. 53 CE) establece que cuando haya una agresión de los derechos fundamentales, se podrá ir en defensa de esos derechos ante el Tribunal Constitucional a través de recursos de amparo en los supuestos regulados por ley. Presenta un modelo restringido de amparo porque solo se puede llevar ante el Tribunal Constitucional la agresión de derechos y libertades fundamentales que hayan sido sometidas por los poderes públicos y solo cuando se haya agotado la vía ordinaria. El plazo para interponer recurso de amparo será de 30 días a partir de la notificación de la resolución recaída en el proceso judicial, es decir, la sentencia.
Definición constitucional: Garantiza el principio de legalidad, la jerarquía normativa, la publicidad de las normas, la irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales, la seguridad jurídica, la responsabilidad y la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos.
Tutela Administrativa en el Ámbito Laboral
La actuación de la Inspección de Trabajo: Dirigida a comprobar el cumplimiento de la normativa de orden social, lo que en el argot se denomina “act. inspectora previa”. Ejerce su act. bien por orden superior, bien por propia iniciativa, bien en virtud de denuncia de un trabajador.
Medidas que puede adoptar el inspector:
- Formular mera advertencia.
- Formular un requerimiento al inspeccionado para que cumpla en un determinado plazo los deberes que no ha cumplido.
- Ordenar la paralización de trabajos que impliquen riesgos graves para la salud de los trabajadores.
- Promover procedimientos de oficio (afiliación, altas, bajas).
- Instar en vía administrativa el recargo de prestaciones por infracción de normas de salud laboral.
- Proponer a las empresas con riesgo de enfermedades profesionales primas adicionales a la cotización de la SS.
- Levantar actas de infracción o liquidación (es la principal).
Las actas de inspección: El art. 7.4 lit identifica 2 tipos:
- Actas de liquidación: Son actos administrativos de carácter ejecutivo ante los cuales solo cabe imponer recursos ordinarios ante la jurisdicción. Su función es regularizar las cotizaciones de la SS debidas por el empresario. Si el empresario no está de acuerdo, solo puede reclamar ante el juez.
- Actas de infracción: Son un acto preparatorio para la resolución final del proceso que se seguirá ante la autoridad administrativa con audiencia del interesado/inspeccionado. El inspector detalla los hechos que constituyen infracción empresarial y propone la correspondiente sanción. Estas actas gozan de presunción de certeza, se considera que lo que en ellas se ha recogido es cierto salvo que se demuestre lo contrario.
La Organización Internacional del Trabajo (OIT)
Por un lado, los convenios internacionales que pueden ser ratificados por los estados miembros de la organización y que establecen las obligaciones de estos frente a los trabajadores y las trabajadoras. Dichos convenios tienen un carácter vinculante cuando son ratificados por los estados y, en virtud de ello, la población trabajadora se encuentra facultada para reclamar su cumplimiento.
Por otro lado, las recomendaciones buscan asegurar que se adopten las medidas que garanticen la aplicación y efectividad de los derechos reconocidos en dichos convenios.
La Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones se encarga de supervisar el cumplimiento de los compromisos adquiridos por los estados miembros. Es el organismo asesor de la Conferencia Internacional del Trabajo y se encuentra integrado por juristas especialistas en derecho internacional del trabajo, cuya función es examinar las memorias que todos los países deben presentar cada año, detallando el estado en que se encuentra la aplicación de los convenios internacionales en cada país. Asimismo, cada año elabora un examen temático que se traduce en los estudios generales.
OIT: Por un lado, los convenios internacionales que pueden ser ratificados por los estados miembros de la organización y que establecen las obligaciones de estos frente a los trabajadores y las trabajadoras. Dichos convenios tienen un carácter vinculante cuando son ratificados por los estados y, en virtud de ello, la población trabajadora se encuentra facultada para reclamar su cumplimiento. Por otro lado, las recomendaciones buscan asegurar que se adopten las medidas que garanticen la aplicación y efectividad de los derechos reconocidos en dichos convenios. La Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones se encarga de supervisar el cumplimiento de los compromisos adquiridos por los estados miembros. Es el organismo asesor de la Conferencia Internacional del Trabajo y se encuentra integrado por juristas especialistas en derecho internacional del trabajo, cuya función es examinar las memorias que todos los países deben presentar cada año, detallando el estado en que se encuentra la aplicación de los convenios internacionales en cada país. Asimismo, cada año elabora un examen temático que se traduce en los estudios generales.