Finalidad de división de poderes

Bolilla 4


: Distribución de la competencia:
la ley suprema regula la competencia entre el estado federal y los estados locales. 

El reparto de competencias: *


Exclusiva del gobierno federal

: -intervención federal -relaciones internacionales -declaración del estado del sitio.


Exclusiva de las provincias:

1.Dictar la constitución provincial. 2. Establecer impuestos 3. Dictar sus leyes procesales 4. Asegurar su régimen municipal y educación primaria.


Concurrentes:

Pertenecen al estado federal y a las provincias *

Excepcionales del estado federal:

son provinciales algunas van contra los federales

.*


Excepcionales de las provincias:

dictan códigos del derecho común.


Facultades compartidas:

1 creación de nuevas provincias 2.Fijación del Capital Federal.

Régimen municipal: 1

impuesto por la CN como condición para el gobierno federal.2.Municipio-provincia-estado federal. 3. Cada provincia dicta su propia constitución asegurando la autonomía municipal contenido en el orden político, institucional, financiero y económico.

Régimen municipal de SJ:

Todo centro poblacional mayor a 2000 habitantes se forma un municipio. Categorías: 1era más de 30000 habitantes 2da: más de 10000 habitantes y 3era más de 2000. Para determinar las categorías serán los censos nacionales o prov. Los de 2da o 3era categoría serán gobernados por la Ley Orgánica municipal. Poder ejecutivo ejercido por un intendente elegido por el voto del pueblo dura 4 años.

Intervención federal:

1.Garantía federal: El estado federal asegura, protege y vigila la autonomía e integridad de las provincias. 2. Intervención federal: el fin de conservar, defender la integración.
 El gobierno federal interviene: 1. Para garantizar la formar republicana. 2. Evita invasiones exteriores.

Actos de intervención:

1. Le corresponde al presidente decretar la intervención federal 2. El poder ejecutivo nombra al interventor federal. 3. Es un funcionario federal que representa al gobierno federal y actúa como delegado del presidente de la repúblicaEstado de sitio:
tiene como fin la defensa de la constitución y sus autoridades creadas por ella. Tipos: 1. Causales: ataque exterior, peligro del ejercicio de la constitución y sus autoridades 2. Autoridades que la pronuncian: conmoción interior: realiza el presidente: ataque exterior: compete al presidente con acuerdo del senado.-Tiempo: un plazo preciso –Lugar: corte suprema de justicia de la nacíón – Derecho restringido: a. El poder ejecutivo puede trasladar a las personas a cualquier punto de la nacíón como medida de seguridad.  b. Los arrestados pueden elegir salir del territorio Argentino.


Bolilla 6


Derecho subjetivo publico:poder reconocido por el ordeamiento jurídico a la persona con el fin de satisfacer sus necesidades lo contrario a un D Subjetivo supone una obligación a respetar los D Subjetivos en forma activa o pasiva

.Clasificación:

conducta debida : elije una conducta positiva o negativa y efectos relativo:
se hace valer ante otras personas absoluta se hace valer ante todas las personas régimen jurídico:públicos:
conjunto de facultades que se hace valer ante el estado privado:
facultades que se hacen valer entrre los particulares con el estado.

Defensor del pueblo nacional:

autoridad del estado encargado de garantizar los derechos de los ciudadanos ante los abusos de los poderes político, órgano independiente que actúa con plena autonomía funcional, se encarga de la defensa y protección en la constitución ,esta facultado para realizar investigaciones inspeccione solicita documentos informes, puede denunciarse todo acto de autoridades publicas om particulares que lesiones os derechos y garantía reconocidos por la CN.

Def. Del pueb. Provincial:

es un organismo de control y guardián de los inetereses colectivos y ibertades de tdos, surge de la cons provinicial, se puede denunciar D individuales D de propiedades, a la información , libertad de expresión.

Derechos humanos:

Todos los hombres por naturaleza somos libres e independientes y tiene ciertos derechos inherentes, cuales entran a la sociedad y no pueden ser privados.

Evolución Histórica


Primera generación (Libertad):

Derechos civiles, políticos e individuales.:+prohibición a la esclavitud, igualdad ante la ley, derecho de propiedad, garantías procesales, intimidad y legitimidad, soberanía popular, derechos civiles y extranjeros y razonabilidad Segunda generación (igualdad)
: Derechos Económicos, sociales y culturales.: derecho al trabajo, familia, educación y cultura.

Tercera Generación (Solidaridad

: incidencia en la vida de todos: iniciática popular, consulta popular, medio ambiente, consumidores y usuarios, pueblos indígenas, niños mujeres, ancianos y discapacitados. 

CríMenes de lesa humanidad:

son conductas y acciones que permiten ser establecidas como asesinato, exterminio, tortura, violación, prostitución forzada, secuestro o desaparición forzada.
Caracteres sujeto activo:
Son críMenes realizados por funcionarios estatales sujeto pasivo:
son ataques contra la población civil.

Acción:

es el ataque q puede ser en tiempo de guerra o de paz.

Imprescriptibilidad:

Pueden ser perseguidos en todo tiempo.


Bolilla7:


ART 18 de la CN: –

Legalidad de pruebas frente a la necesidad social de aplicar sanción. La Regla de educación y la teoría del árbol venenoso

.La necesidad de explicar sanciones para perseguir el delito. Encuentra su límite con el sistema garantiza estableciendo con la CN e impide la utilización de pruebas ilegales. Es una aplicación de principio en virtud al fin (control del delito) De acuerdo a la teoría del fruto venenoso, la ilegalidad inicial en la obtención. En un principio las mismas que invalidan las pruebas obtenidas ilegalmente. En segundo lugar la necesidad de que el estado en general y la justicia en particular no se beneficia.

2) La confección en sede policial derecho a no declarar contra sí mismo:

según la doctrina, su pena no basta con procesar y castigar a los responsables de las torturas para cumplir el mandato constitucional que impide otorgar valor al delito.

3) derecho a no declarar contra sí mismo y prueba de alcoholemia

La prueba de alcoholemia es oportuna, pues no obliga a declararse culpable sino pretende a proteger la seguridad de las personas en las rutas y de los bienes en tránsito. 4)

Inviolabilidad del documento y papeles privados

La inviolabilidad del domicilio y de los papeles privados constituye una garantía expresa cuyo allanamiento requiere una ley que determina con que en casos y con qué justificativo procediera aquel. La orden judicial no suficiente de la legalidad del allanamiento, pues aquello debe indicar causas y objetos a requisas.
5)

Derecho a la intimidad y escuchas telefónicas

ordena que el derecho que dispone la escucha telefónica o de cualquier otro medio, debe tener una fundamentación autónoma y ser autosuficiente, constituye una garantía para el acusado, y una obligación para lo estatal en tanto la norma asegura la recta administración de justicia.
6)

Derecho a disponer de un abogado defensor

desde la1° intervención a todo acusado en el juicio corresponde que se le informe del derecho que tiene a contratar un abogado defensor, la sentencia puede expresar las conclusiones definitivas de la acusación y de la defensa.

7) la prohibición de la pena de muerte

Derecho a la vida y restringe la pena de muerte con los estados que hayan abolido y con el apartado 4 que ningún caso se le debe aplicar por políticos ni comunes contextos con los políticos.

8


) finalidad de las cárceles y garantía de los derechos

dispone que las cárceles de la nacíón serán sanas y limpias para seguridad y no para castigo de los detenidos en ellas y en toda medida que pretexto de precaución conducta a mortificarlos más allá de lo que ella exija, hace responsable al juez que lo autorice.


Bolilla 9: División de poderes


: establece y ordena al poder sus funciones, los órganos que la desempeñan

. Poder legislativo, ejecutivo y judicial


Poder:

recae sobre los habitantes y se pone con movimiento a través del aparato orgánico funcional del estado se denomina gobierno.

Finalidad de la división de poderes: –

protege la libertad, los derechos y la seguridad de los habitantes, -evita la tiranía (abuso de poder) -dividir, repartir distribuir los trabajos entre los órganos. -Resguardar la independencia de la administración de la justicia.

Órganos extra PODERES NACIONALES:


AUDITORIA:

Es el examen y la opinión del P legislativo sobre el desempeño de la administración q estará basado en lo que dice la auditoria
Gral. De la nacíón.

Def. Del Pueblo:

órgano independiente en el ámbito del congreso de la nacíón. Actúa sin recibir instrucciones de la autoridad, defiende y protege los derechos humanos, controla las funciones administrativas públicas.

Ministerio Publico:

órgano independiente, promueve la actuación de la justicia en defensa de los intereses de la sociedad, está integrado por un procurador de la nacíón y un defensor Gral. De la nacíón. Y su función es promover la actuación judicial en marco de las competencias.

Órganos extra Poderes Provinciales:


Ministerio:

se encarga de los negocios administrativos de la provincia, por el Gobernador.

Vicegobernador:

Presidente de la cámara de diputados, no tiene voto solamente en caso de empate él define.

Tribunal de cuentas:

tiene jurisdicciones en toda la provincia, tiene poder suficiente para adoptar y desaprobar la legitimidad en la percepción y hecho por los funcionarios y empleados en todos los poderes públicos.

Fiscal de estado:

es el encargado de defender el patrimonio de la provincia, parte legítima y necesaria en los juicios.