Evolución y Marco Legal del Movimiento Sindical en Perú
Movimiento Sindical en el Perú: Historia y Evolución
Movimiento sindical en el Perú:
- 1929: Asambleas del movimiento obrero del 30 de abril y 1 de mayo.
- 1944: Se organizó la Confederación de Trabajadores del Perú (CTP).
- 1968: Se constituyó la Confederación General de Trabajadores del Perú (CGTP).
- 1971: Se constituyó la Confederación Nacional de Trabajadores (CNT).
Retos Actuales del Sindicalismo Peruano
Retos que enfrenta el sindicalismo: altas tasas de desempleo, subempleo, reestructuración de la fuerza laboral, creciente economía informal.
Marco Legal de la Libertad Sindical en el Perú
Normas que amparan la libertad sindical:
- Constitución Política de 1979, art. 51, 52 y 1993 Art. 2.
- Reconocimiento de los derechos colectivos del trabajo, art. 28, reconoce la libertad sindical, la huelga y la negociación colectiva.
- Prohibición del derecho de sindicalización y huelga a jueces y fiscales art. 153.
- La administración de justicia control difuso art. 138.
- Tratados y derecho nacional art. 55.
Conceptos Clave del Derecho Sindical
Libertad de Afiliación
Es la libertad sindical, derecho en función al cual el trabajador puede o no formar parte de un sindicato libremente.
Autonomía Sindical
Constituye el fundamento de la autonomía sindical que se plasma en función a sus fines y objetivos, dentro del marco de las garantías constitucionales y convenios internacionales.
Libertad Sindical Negativa
La afiliación es libre y voluntaria, no pudiendo condicionarse el empleo de un trabajador a la afiliación o no afiliación, ni obligarse a formar parte de un sindicato ni impedírsele hacerlo.
Organización y Estructura Sindical
Organización Sindical
Es una agrupación organizada porque se rige por los convenios internacionales, la Constitución Política, las normas legales y por sus propias normas dentro del estatuto.
Denominación
Identifica a la organización sindical, generalmente, conforme se desprende de la práctica, está conformada por la determinación del tipo de sindicato, a la que se le añade la razón social del centro de trabajo, así como el tipo de actividad profesional y el lugar donde laboran los trabajadores.
El Sindicalismo: Orígenes y Manifestaciones
Sindicalismo
Es el movimiento obrero y la evolución histórica de los sindicatos.
Manifestaciones del Sindicalismo
Ludismo y mutualismo.
Evolución Histórica del Derecho Laboral
Época Antigua
El esclavo era considerado como una cosa, no existieron conceptos jurídicos laborales, el amo podía vender al esclavo por propia decisión, el amo era dueño del esclavo.
Edad Media
Sistema de servidumbre, sistema de colonato y la corporación de oficios.
Época Moderna
Revolución Francesa, revolución política y la Primera y Segunda Guerra Mundial.
Evolución Histórica en el Ordenamiento Jurídico
Etapa de la Prohibición
Su finalidad fue eliminar las corporaciones del antiguo régimen, los sindicatos y demás organizaciones obreras.
Etapa de la Tolerancia
El desarrollo del movimiento obrero condujo paulatinamente al levantamiento de la prohibición penal acerca de la constitución de sindicatos.
Etapa del Reconocimiento
Aquí el Estado reconoce al sindicato al mismo tiempo a la constitucionalización de los derechos sindicales y la libertad sindical.
Impedimentos y Limitaciones del Sindicato
Impedimentos del sindicato:
- Dedicarse a asuntos de política.
- Coaccionar directa o indirectamente a los trabajadores a ingresar o retirarse del sindicato.
- Aplicar bienes sociales a fines diversos de los que constituye el objeto de la organización sindical.
- Distribuir los bienes del patrimonio sindical.
- Realizar actividades contrarias a la ley.
Extinción del Vínculo Laboral y Libertad Sindical
Extinción del vínculo laboral en la libertad sindical:
- Extinción del contrato de trabajo.
- Voluntad del empleador.
- Voluntad unilateral del trabajador.
Constitución del Sindicato
Es un acto formal, se lleva a cabo en asamblea cerrada (solo invitados) o abierta (todos los trabajadores convocados).
Número mínimo de trabajadores:
- Sindicato de empresa: 20 trabajadores.
- Actividad: 50 trabajadores.
- Gremio: 50 trabajadores.
- Oficios varios: 50 trabajadores.
Registro Sindical
Es un acto formal no constitutivo, es un acto administrativo de carácter formal lo que implica que la existencia del sindicato no depende de que el sindicato se registre, por cuanto ya existe desde el momento en que sus afiliados expresen su voluntad de constituirlo. Se da la garantía de su existencia al registrarlo, el reconocimiento de la personería gremial (objetivo).
Personería Gremial
Es la capacidad de representación de sus afiliados que tiene la organización sindical.
Requisitos para ser Miembro de un Sindicato
- Ejercicio de la libertad sindical positiva en función al tipo de sindicato.
- Limitación prescrita por la ley.
- Limitación al derecho de afiliación.
- El derecho de afiliación del trabajador durante el periodo de prueba.
Desnaturalización de los contratos convención a los contratos de naturaleza indeterminada.
Los contratos de trabajo sujetos o modalidad se consideran como de duración indeterminada:
- El trabajador continúa laborando después del vencimiento del plazo estipulado o después de las normas pactadas.
- Cuando se trata de un contrato por obra determinada o de servicios específico.
- Si el titular del puesto substituido no se reincorpora vencido el término legal.
- Cuando el trabajador demuestre la existencia de simulación o fraude en las normas establecidas en la presente ley.
Naturaleza de la Calidad de Miembro de un Sindicato
- La calidad de miembro es indelegable en todos sus aspectos para todo trabajador en su condición de afiliado o de representante del sindicato.
- La finalidad de lo legislado en el presente artículo es evitar la desnaturalización de la función sindical, la identificación, resulta necesaria e indispensable, la misma que podría verificarse:
- Con la presentación de DNI.
- Con la partida de nacimiento, si se trata de menores de edad.
- Con el carné de extranjería, para el caso de extranjeros.
Renuncia, Separación y Expulsión del Sindicalizado
- El derecho de renuncia que le asiste al afiliado es la expresión del principio de la libertad sindical.
- Para que surta efecto la renuncia el sindicalizado debe cumplir con su obligación de pagar sus cuotas sindicales vencidas hasta el momento de su renuncia se encuentra obligado a rendir cuentas acerca de los fondos si se desprende de su obligación como dirigente sindical.
- La renuncia debe ser expresa.
- La renuncia debe ser comunicada al empleador en plazo de cinco días lo que es importante entre otros a fin de que el empleador deje de retener las cuotas sindicales.
Órganos de la Organización Sindical
- La asamblea (grupo deliberativo).
- La junta directiva (grupo ejecutivo).
La norma faculta asimismo la creación de:
- La sección sindical.
Tipos de Asamblea
- Asamblea ordinaria.
- Asamblea extraordinaria.
Requisitos para ser Miembro de la Junta Directiva
- Ser mayor de edad.
- Ser miembro activo del sindicato.
- Tener una antigüedad no menor de un año al servicio de la empresa.
Representación Sindical
La representación la ejercen los dirigentes sindicales o los delegados en cada caso.
Clases de Poder
- Representación colegiada: la representación legal en un proceso judicial la ejerce la junta directiva en pleno a falta de delegación expresa a favor de determinado dirigente.
- Representación por delegación: constituye la forma más práctica del ejercicio de la representación sindical por ello es necesario e importante que el estatuto de la organización sindical precise en forma clara las facultades que confiere a cada uno de los dirigentes sindicales.
- Representación judicial.
El Fuero Sindical
Comprende los miembros de la junta directiva de los sindicatos de las federaciones y de las confederaciones, igualmente se encuentran amparados los delegados de las secciones sindicales conforme se comprende la última parte del presente dispositivo la organización sindical se encuentra facultada de precisar en sus estatutos los cargos comprendidos por la protección del fuero sindical.
Organizaciones Sindicales de Grado Superior
Son organismos de grado superior la federación y la confederación las mismas que a diferencia del sindicato, organización sindical constituida por personas naturales la federación y la cooperación se constituyen por personas abstractas (personas jurídicas debidamente registradas) por lo tanto con personería gremial.
Requisitos para la Constitución de Organismos de Grado Superior
Exigía como requisito:
- Para formar una federación: 5 sindicatos.
- Para formar una confederación: 10 federaciones.
La Asamblea Constituyente
La conforman delegados de los sindicatos o federaciones de acuerdo a la constitución de las federaciones o confederaciones respectivamente.
El acto deberá ser firmado por el Presidente y el secretario de la asamblea y el notario o a falta de notario deberá ser refrendada por el juez de paz.
Requisitos para ser Miembro de la Sindical con Servidores Públicos
Un sindicato servidores públicos para constituirse y subsistir requiere de la afiliación de por lo menos el 20% de la totalidad de servidores con derecho a sindicalizarse de la respectiva repartición y exigir el número mínimo de 20 miembros.
Requisitos para Constituir un Sindicato de Servidores Públicos:
- Acreditar el número mínimo de miembros.
- Constituirse en asamblea.
- Estatutos aprobados por la asamblea constitutiva.
- Adoptar una denominación.
Procedimiento de Registro
La solicitud debe presentarse con los requisitos a la subdirección de registros generales del ministerio trabajo y promoción de empleo o en su defecto a la dependencia que haga sus veces en cada dirección regional, el registro es un acto meramente formal que se efectúa de manera automática a la sola presentación de los documentos respectivos.
Órganos de las Organizaciones Sindicales del Sector Público
- La asamblea General.
- La junta directiva.