Evaluación de Riesgos Laborales: Guía Completa y Mejores Prácticas

¿Qué es la Evaluación de Riesgos Laborales?

La evaluación de riesgos laborales es la actividad fundamental que la Ley establece que debe llevarse a cabo inicialmente y cuando se efectúen determinados cambios. Su objetivo es detectar los riesgos que puedan existir en todos los puestos de trabajo de la empresa y que puedan afectar a la seguridad y salud de los trabajadores.

Objetivo de la Evaluación de Riesgos

El objetivo fundamental de la evaluación es minimizar y controlar los riesgos que no han podido ser eliminados. Esto se logra estableciendo las medidas preventivas pertinentes y las prioridades de actuación en función de las consecuencias que tendría su materialización y de la probabilidad de que se produjeran.

Fases de la Evaluación de Riesgos

En la evaluación de riesgos deberían considerarse tres fases:

1. Preparación

  • Determinar quién va a realizar la evaluación (el servicio de prevención, los trabajadores designados, etc.) y proporcionarle la formación, la información y los medios necesarios.
  • Definir el procedimiento a seguir, el plazo para concluir la evaluación y los mecanismos de control para comprobar su eficacia.

2. Ejecución

  • Revisar con especial atención:
    • Las instalaciones, las máquinas, los equipos, las herramientas y los productos empleados.
    • El entorno del lugar de trabajo.
    • La formación del personal y las pautas de comportamiento a la hora de realizar las tareas.
    • La adecuación de las medidas preventivas y de los controles existentes.

3. Registro Documental

  • Registrar documentalmente todo lo observado en los diferentes puestos y tareas analizadas para facilitar el seguimiento.

Glosario de Términos

  • Peligro: Fuente o situación con potencial de daño en términos de lesión o enfermedad, daño a la propiedad, al ambiente de trabajo o una combinación de éstos.
  • Identificación del Peligro: Proceso para reconocer si existe un peligro y definir sus características.
  • Riesgo: Combinación de la probabilidad y la(s) consecuencia(s) de que ocurra un evento peligroso específico.
  • Evaluación de Riesgos: Proceso general de estimar la magnitud de un riesgo y decidir si éste es tolerable o no.
  • Riesgo Tolerable: Riesgo que se ha reducido a un nivel que la organización puede soportar respecto a sus obligaciones legales y su propia política de Seguridad y Salud Ocupacional.

1.1 Identificación de Peligros

Para llevar a cabo la identificación de peligros hay que preguntarse:

  • ¿Existe una fuente de daño?
  • ¿Quién (o qué) puede ser dañado?
  • ¿Cómo puede ocurrir el daño?

Es útil categorizar los peligros en distintas formas, por ejemplo, por temas: mecánicos, eléctricos, radiaciones, sustancias, incendios, explosiones, ambientales, etc.

1.2 Estimación del Riesgo

Para cada peligro detectado debe estimarse el riesgo, determinando la potencial severidad del daño (consecuencias) y la probabilidad de que ocurra.

1.3 Valoración de Riesgos

Los niveles de riesgos forman la base para decidir si se requiere mejorar los controles existentes o implantar unos nuevos, así como la temporización de las acciones. Los esfuerzos para el control de los riesgos y la urgencia de las medidas de control deben ser proporcionales al riesgo.

1.4 Preparar un Plan de Control de Riesgos

El resultado de una evaluación de riesgos debe servir para hacer un inventario de acciones para diseñar, mantener o mejorar los controles de riesgos. Es necesario contar con un buen procedimiento para planificar la implantación de las medidas de control.

Principios para la Elección de Métodos de Control:

  1. Tratamiento: Combatir los riesgos en su origen.
  2. Ergonómico: Adaptar el trabajo a la persona, en particular en lo que respecta a la concepción de los puestos de trabajo, así como a la elección de los equipos y métodos de trabajo y de producción.
  3. Ingeniería: Tener en cuenta la evolución de la técnica.
  4. Eliminación: Sustituir lo peligroso por lo que entrañe poco o ningún peligro.
  5. Protección Colectiva: Anteponga la protección colectiva a la individual.
  6. Control Personal: Dar las debidas instrucciones a los trabajadores.