Estructura y Control del Presupuesto Público: Codificación, Intervención y Criterios

Codificación General de los Créditos Presupuestarios

Cada aplicación presupuestaria se identifica por un código alfanumérico: AA.BBB.CCC.X.DDD.EE

-Clasificación orgánica: AA.BBB

  • AA: Sección
  • BBB: a) 2 dígitos si es un Servicio del Estado; b) 3 en caso de ser otro tipo de Organismo.

Clasificación por programas: CCC.X

CCC.X: el programa al cual se imputa el gasto. Los tres dígitos numéricos y una letra representan, respectivamente: el área de gasto (C), la política de gasto (CC), el grupo de programas (CCC), y el programa (CCC.X) al que se refiere el gasto.

-Clasificación económica: DDD.EE

DDD.EE: es la clasificación económica del gasto. 3 dígitos numéricos, y representan: el capítulo (DDD), artículo (DD) y concepto (D) al que se imputa el gasto; y los dos últimos (EE) el número del subconcepto presupuestario.

Control Interno del Gasto Público

Todos los actos de la Administración de los que se deriven derechos y obligaciones de contenido económico han de ser intervenidos. Este tipo de control se confía a la IGAE. La IGAE es un órgano administrativo que dirige el Interventor General del Estado. Depende del Gobierno, es nombrado por el Consejo de Ministros a propuesta del ministro de Economía y Hacienda. Tiene independencia funcional y autonomía respecto a las entidades que fiscaliza. Además, hay interventores-delegados en cada ministerio o ente sometido a intervención.

Tipos de Control ejercidos por la IGAE

  1. Ejercicio de su función interventora

    Tiene por objeto controlar, antes de que se aprueben, todos los actos del sector público estatal que den lugar al reconocimiento de derechos o a la realización de gastos, así como los ingresos y pagos que de ellos se deriven, con el fin de asegurar que la administración de la Hacienda Pública se ajusta a las disposiciones aplicables en cada caso. Se ejerce sobre la actividad de la Adm. Gen. del Estado (Dept. ministeriales, Org.Auton., Seg.Soc.)

    Modalidades:
    • Intervención formal: consistirá en la verificación del cumplimiento de los requisitos legales necesarios para adoptar el acuerdo, mediante el examen de todos los documentos que deben incorporarse al expediente.
    • Intervención material: comprobar la real y efectiva aplicación de fondos públicos. Cuando la intervención aprecie deficiencias esenciales se formulará el “reparo”.
  2. Control financiero permanente

    Comprende la verificación de la eficacia y eficiencia. Analiza la relación costes/rendimiento de cada servicio o inversión y comprueba el grado de cumplimiento de los objetivos previstos en el programa. También verifica el cumplimiento de la normativa y procedimientos aplicables a aspectos de gestión económica. Se trata de mejorar la gestión de fondos públicos.

  3. Auditoría pública

    Verificación a *posteriori* de la actividad económico-financiera del sector público estatal, mediante la aplicación de los procedimientos de revisión selectivos contenidos en las normas de auditoría e instrucciones que dicta la IGAE.

Criterios de Delimitación del Sector Público

Criterios Económicos

En un sistema de economía mixta, existen 2 principios básicos:

  1. Principio de mercado: regula y ordena la Oferta y Demanda vía sistema de precios.
  2. Principio de autoridad y coacción: a través del cual la autoridad pública ejerce intervención en la economía.

Administración de los recursos:

  • Sector público: satisface necesidades públicas, necesidades preferentes e indeseables. Son los Bienes Públicos.
  • Sector privado: satisface necesidades privadas. Son los Bienes Privados.

Criterios Jurídicos

  • Regulación: que las entidades estén o no segmentadas a Regulación general.
  • Régimen presupuestario: sometimiento o no a la PGE.
  • Régimen financiero: integradas o no al Tesoro Público.
  • De control: Control pleno de la legalidad en sus actuaciones o no.
  • Contabilidad: Entidades sometidas al PGE o PGCP.
  • Contratación: Sometidas a la Ley de contratos del Estado o no.

Criterios Contables

  • Sistema de Cuentas de Naciones Unidas: Registra y presenta la producción, consumo, acumulación o comercio exterior.
  • Sistema Europeo de cuentas: Clasifica las instituciones del S.P.:
    • Empresas públicas:
      • Función Principal: Producir bienes y servicios.
      • Asegurar; Recurso Principal: Ingresar por ventas. Primas.
    • Administraciones Públicas:
      • Función Principal: Administrar y financiar. Actividades que no se producen.
      • Recurso Principal: Impuestos, Tasas, Contribuciones.