Estado de Bienestar y Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía: Claves y Evolución

El Modelo de Estado de Bienestar según Esping-Andersen

Esping-Andersen (1990) define el modelo de Estado de Bienestar basándose en tres pilares fundamentales:

  • La relación Estado-Mercado: Se refiere al grado en que las necesidades de los ciudadanos son satisfechas mediante políticas sociales y recursos públicos, en lugar de depender del mercado y el sector privado.
  • La estratificación social: Analiza cómo el Estado contribuye a ordenar las relaciones sociales, si promueve la solidaridad y la igualdad o si, por el contrario, refuerza la división en clases y estatus.
  • La desmercantilización: Examina cómo se asignan los derechos sociales, y si se evita la dependencia exclusiva del mercado de trabajo para acceder a servicios y prestaciones.

Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía: Evolución Normativa

RMISA antes de 2018: Programa de Ingreso Mínimo de Solidaridad

El Programa de Ingreso Mínimo de Solidaridad en Andalucía (Decreto 2/1999, de 12 de enero) se fundamentaba en la concepción de la ciudadanía andaluza como sujetos activos de la sociedad. Priorizaba medidas con una clara vocación de inserción, dejando en último término las de carácter puramente asistencial.

Requisitos

  • Unidades familiares constituidas de forma estable, con un año de antelación.
  • Miembros empadronados como residentes en un mismo domicilio, con un año de antelación.
  • Recursos mensuales inferiores a la cuantía del Ingreso Mínimo de Solidaridad (406,22 euros = 62% del SMI + 52,42 euros por miembro de la unidad familiar distinto del solicitante) (según datos actualizados de 2017).
  • Haber agotado las prestaciones y subsidios por desempleo.
  • Firmar compromiso de inserción y no rechazar oferta de empleo.

Prestaciones

  • Un Ingreso Mínimo de Solidaridad (6 meses).
  • Medidas de itinerarios profesionales y formativos.

RMISA después de 2018: Renta Mínima de Inserción Social

La Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía (Decreto Ley 3/2017, de 19 de diciembre) sustituye al anterior programa.

Requisitos

  • Unidades familiares pluripersonales o unipersonales.
  • Vecindad administrativa en Andalucía, con personas integrantes de la unidad familiar empadronadas en un mismo domicilio-municipio, mínimo un año de antelación a la solicitud (excepciones: víctimas de violencia de género, de trata, emigrante retornado, persona refugiada, persona sin hogar, urgencia o emergencia social acreditada por Servicios Sociales, etc.).
  • Edad comprendida entre 25 y 64 años, o entre 18-24 o 16-17 de forma condicionada a varias situaciones. También personas mayores de 65 años a cargo de menores de edad.
  • Acreditar la escolarización y no absentismo de los menores.
  • Persona solicitante inscrita en el SAE como demandante de empleo no ocupada. Miembros de la unidad familiar mayores de 16 años en situación de búsqueda de empleo, deben estar inscritos como demandantes de empleo.
  • Recursos mensuales inferiores a la cuantía de la Renta Mínima de Inserción Social, 78% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples IPREM que para 2018 es de 537,84 (ingresos inferiores a 419 euros) (según datos actualizados de 2018).
  • No disponer de dinero en efectivo o depósito bancario superior a 10 veces el IPREM.
  • Suscribir Compromiso de participación y cumplimiento del Plan de inclusión sociolaboral incluido en la solicitud.

Prestaciones

  • Una Renta Mínima de Inserción Social (12 meses prorrogables por periodos de 6 meses si persisten las circunstancias). 78% IPREM + 10% por miembro de la unidad familiar distinto del solicitante hasta 125% más) (según datos actualizados de 2018). Mínimo 419 euros mensuales, máximo 779.
  • Trabajos de menos de un mes compatibles.
  • Plan de inclusión sociolaboral personalizado, elaborado en un plazo de un mes desde la concesión.

Competencias según la Ley de Servicios Sociales Especializados en Andalucía

Administración Autonómica

  • Planificación, coordinación, supervisión y control:
  • Aprobar el catálogo de Prestaciones del Sistema Público de Servicios Sociales de Andalucía.
  • Aprobar el Plan Estratégico de Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
  • Dirección y coordinación de todas las actuaciones, servicios, recursos y prestaciones.
  • Garantizar la suficiencia financiera y técnica.
  • Fomentar e impulsar programas de formación.
  • Ejercer la potestad inspectora y sancionadora.

Ayuntamientos

  • Gestionar las prestaciones del catálogo correspondientes a los servicios sociales comunitarios (municipios de más de 20.000 habitantes).
  • Una vez garantizados los servicios sociales comunitarios en su municipio, los ayuntamientos, de acuerdo con su capacidad financiera, podrán prestar los servicios sociales especializados que consideren necesarios.
  • Los municipios de menos de 20.000 habitantes podrán optar a prestar los servicios sociales comunitarios a través de la asistencia material de la provincia al municipio según los mecanismos especificados en la Ley 5/2010 (De Autonomía Local de Andalucía).

Diputaciones Provinciales

  • Las diputaciones provinciales gestionarán los servicios sociales comunitarios de los municipios de menos de 20.000 habitantes.
  • Las diputaciones provinciales podrán gestionar servicios sociales comunitarios que atiendan a varios municipios.
  • Del mismo modo, las diputaciones provinciales podrán gestionar centros y establecimientos de servicios sociales especializados de ámbito provincial y supramunicipal de su titularidad.

Gobernanza y Evaluación en el Ámbito Social

La gobernanza se refiere a la organización individual de un estado, incluyendo la interacción con organismos multilaterales como las Naciones Unidas y la Unión Europea. Implica el respeto a los textos y decisiones adoptadas en estos foros. Posteriormente, estos asuntos entran en la agenda pública y pueden convertirse en políticas nacionales.

  • Planificación y Organización: Se basa en instituciones democráticas, con una administración eficiente, libre de corrupción, amiguismo y clientelismo.
  • Rendición de cuentas: Implica el uso de indicadores (Accountability) para verificar el cumplimiento de objetivos y el compromiso de las personas seleccionadas para cada puesto.
  • Tercer Sector:
    • Gobernanza Interna: Buenas prácticas que permiten a los dirigentes de entidades sin ánimo de lucro apoyarse en estructuras organizativas eficaces y transparentes.
    • Gobernanza Externa: Mecanismos de interacción entre los diferentes actores. Tiene dos dimensiones: relaciones interasociativas (coordinar acciones, evitar duplicidades) y participación comunitaria (participación cívica).

Principios del Modelo Democrático, Social y Participativo de Evaluación

  • Independencia: La evaluación debe ser un proceso imparcial e independiente, tanto de los patrocinadores como de los diversos colectivos implicados.
  • Comunicación: La evaluación debe establecer canales específicos de comunicación entre todos los colectivos implicados, buscando la mejor comprensión posible de la situación evaluada.
  • Representación: La evaluación debe garantizar la representatividad y la incorporación, en la medida de lo posible, de las ideas y de los valores de todos los colectivos implicados, de manera que la evaluación ayude a identificar y clarificar las diversas posiciones que existen.
  • Participación: La evaluación debe ser un instrumento de participación de todos los implicados, creando canales operativos de negociación y de confrontación dialogada de intereses y de valores.
  • Difusión pública: La evaluación debe garantizar el derecho de los ciudadanos a ser informados sobre el funcionamiento y los resultados conseguidos por los servicios y programas.