Espacio vital dominado espacio vital efectivo
EL RÉGIMEN PARLAMENTARIO
Conocido también como régimen doctrinario, orleanista o monarquía constitucional pura. Este sistema de doble confianza supone también que las 2 fuentes de legitimidad se respeten mutuamente.
Debido a que el monarca no tiene responsabilidad ante el parlamento pero sus secretarios sí, aparecerá la costumbre de que junto al rey firmará también su primer ministro construyendose así la figura del refrendo ministerial. Esta situación conducirá a que sean los ministros los que vayan desempeñando las funciones que corresponden al poder ejecutivo mientras que el monarca es simbólico.
Se irá produciendo así una diferenciación dentro del poder ejecutivo: la jefatura de un Estado y el Gobierno.
Esta situación se convierte en el régimen parlamentario cuando los gobiernos deja de ser el resultado de la doble confianza y dependen solo de la confianza del parlamento.
Entre la 2ª mitad del S.XIX y la 1ª mitad del S.XX se producirá la implantación definitiva del régimen parlamentario que supone que los gobiernos existen porque son el resultado de su investidura por los parlamentos y que permanecen en el poder porque siguen contando con la confianza de los parlamentos.
Caracteres fundamentales del régimen parlamentario:
1. Existencia de un órgano (Parlamento) que representa la soberanía popular y que ejerce el poder legislativo. Determina que el Gobierno responda políticamente ante él, lo que se traduce en 3 instituciones:
– Investidura del jefe de gobierno por la mayoría del parlamento. Sin este requisito no puede formarse un gobierno, es decir, los gobiernos extraen su legitimidad de los parlamentos.
– Moción de confianza. Es la forma que tiene un gobierno de asegurarse que sigue contando con la confianza de la mayoría del parlamento.
– Moción de censura. Posibilidad del parlamento de hacer cesar al gobierno que invistió. El jefe de gobierno dimite, y con él, cesa todo su gobierno. En algunos países y a partir de la 2ª mitad del S.XX se ha establecido la moción de censura constructiva que consiste en que la propuesta de moción debe ir acompañada de la propuesta de un nuevo candidato.
Estos 3 elementos suelen sintetizarse en la frase » el gobierno no responde políticamente ante el parlamento».
2. Un poder ejecutivo de carácter dualista y que se desdobla en:
* Una Jefatura del Estado, representada por un Rey o Presidente de República, que
– Es irresponsable políticamente y ejerce funciones honoríficas, representativas del Estado y de carácter moderador.
– Los actos que el Jefe del Estado realiza al representar al Estado deben de ir refrendados por el 1er ministro. Los refrendantes son los responsables del acto. Se consideran nulos, los actos del Jefe del Estado que carezcan de refrendo.
En los regímenes parlamentarios monárquicos la Jefatura del Estado se ejerce por la figura del Rey, su previsión se realiza de forma vitalicia y su sucesión mediante el orden sucesorio correspondiente a la
legitimidad tradicional. En las repúblicas parlamentarias la Jefatura del Estado se ejerce por un Presidente de la República, cargo temporal y cuya provisión suele ser consecuencia de un proceso
electivo de carácterde la jefatura de gobierno.
II. CARACTERES DEL ESTADO SOCIAL
1. INTERVENCIONISMO ECONÓMICO DEL ESTAO
Se trata de legitimar la actuación del Estado en la vida económica y social. Es consecuencia de la demanda que la sociedad hace al Estado para conseguir el mínimo existencial. Ese mínimo se relaciona con el concepto de procura existencial desarrollado por Forsthoff. La persona para llevar una existencia digna necesita tener garantizado su espacio vital. Pero este espacio tiene una gran complejidad. Se puede distinguir:
– Espacio vital dominado. Es aquel segmento del espacio vital de cuya consecución y correlativo disfrute la propia persona, puede ser auto responsable. Es la persona la que es capaz de dotarse de su propio espacio vital.
– Espacio vital efectivo. Es el que necesita efectivamente la persona; pero no está en su mano la consecución de la totalidad del mismo.
La diferencia entre ambos es lo que se denomina procura existencia.
En las sociedades desarrolladas se produce un crecimiento del espacio vital efectivo pero disminuye el dominado, al contrario que en las sociedades menos desarrolladas.
La fórmula del liberalismo económico ha hecho que sea la propia sociedad la que ha ido cubriendo parte de esa procura, no obstante, deja fuera de cobertura muchos aspectos de ésta. De ahí la demanda social al Estado y la implantación del Estado Social, que se orienta a la cobertura de aquellos aspectos necesarios que no han sido cubiertos por la propia sociedad. Al Estado se le pedirá el cumplimiento de:
a) Proveer el equipamiento comunitario. Son todas aquellas infraestructuras que el hombre necesita para que pueda disfrutar de una vida digna. (ej. carreteras).
b) Crear seguridad. (ej. el hombre adquiere alimentos que proceden de otros países. La procura existencial exige la garantía de una seguridad alimentaria).
c) Asegurar directamente determinadas prestaciones sociales. La población pide recibir del Estado cosas del espacio vital efectivo que antes pertenecían al espacio vital dominado (ej. la educación, tener algo para comer, etc). Ya que la especialización del trabajo hace que la mayoría de los trabajadores no genere directamente alimentos, por lo que el salario se convierte en elemento imprescindible para la compra de los mismos. De ahí que el salario deba ser suficiente para sobrevivir.
También se demandan al Estado unos mínimos prestacionales (ej. situaciones de invalidez, enfermedad, desempleo, etc). Aquí hablamos de prestaciones positivas y que consisten en subsidios a gente que tienen problemas para controlar su espacio vital.
2. ENCUADRAMIENTO DEL ESTADO POR EL DCHO
Todas estas situaciones producen cambios en las reglas jurídicas, pues se produce una mayor importancia de determinados dchos. (ej. dcho de asociación) que la filosofía liberal lo había rechazado y ahora está constitucionalizado. También se ha producido el debilitamiento de otros dchos (ej, el de la propiedad).
El Estado Social permite el intervencionismo del Estado en la sociedad y la economía y se utiliza el dcho como límite y marco de la actuación del Estado Social. (lo contrario que en los Estados totalitarios).
3. DEMOCRACIA
La aparición del Estado Social coicide con la universalización del sufragio y la implantación de mecanismos para el control democrático del poder.
4. EQUILIBRIO EN LOS TEMAS REFERENTES A LA IGUALDAD
Con la aparición del Estado Social se constata que la igualdad ante la ley es insuficiente para asegurar la igualdad real porque las posiciones de los ciudadanos son muy desiguales.
Al Estado Social se le encarga construir la igualdad real pero sin merma de la igualdad jurídica. Uno de los mecanismos que se utiliza para ello es la discriminación positiva, pero ésta llevada a sus extremos llevaría incluso a romper los fundamentos del Estado Social de dcho, ya que si se establece que uno de los requisitos sea ser miembro de una minoría se está quebrantando la igualdad ante la ley.