El Mercado de Valores: Regulación y Funcionamiento
El Mercado de Valores: Regulación y Funcionamiento
Delimitación del Mercado Primario de Valores
Mecanismos de delimitación sustancial:
- Negociabilidad: Los valores negociables son derechos patrimoniales susceptibles de tráfico generalizado e impersonal en un mercado financiero.
- Agrupación en emisiones: Los valores homogéneos se comercializan a través de una oferta pública con la intervención de un intermediario financiero.
Mecanismos de delimitación territorial:
- La regulación española se aplica a emisiones y Ofertas Públicas de Venta que se ejecuten dentro del territorio nacional.
Emisiones de Valores
Emisiones comunes:
- Regulación directa por la Ley del Mercado de Valores y el Real Decreto 291/1992.
- Procedimiento de emisión: Comunicación previa a la CNMV, registro de documentos y folleto explicativo.
Emisiones especiales:
- Autorización administrativa previa: Emisiones con intereses revisables, en moneda extranjera o realizadas por entidades no residentes.
- Exceptuadas del cumplimiento de requisitos procedimentales: Emisiones por parte del Estado, C.C.A.A. o entidades nacionales.
- Condicionamientos específicos: Emisiones para inversores institucionales, de escasa cuantía o derivadas de operaciones societarias.
Modificación de Valores en Circulación
- Mismos requisitos que las emisiones comunes.
Mercados Secundarios de Valores
Función económica y clases:
- Facilitar la inversión y desinversión proporcionando liquidez a valores no reembolsables.
- Clases:
- Mercados de renta variable (acciones)
- Mercados de renta fija (deuda pública)
- Mercados de derivados financieros
Admisión, Suspensión y Exclusión de Valores de la Negociación
Admisión:
- Verificación del cumplimiento de requisitos por la CNMV.
- Autorización de la entidad rectora del mercado.
Suspensión:
- Circunstancias especiales que distorsionen la contratación (OPAS, OPVs).
- Decisión de la CNMV.
Exclusión:
- Valores que no alcanzan niveles de difusión o contratación.
- Decisión de la CNMV.
Organización de las Bolsas de Valores
Naturaleza:
- Organizaciones mercantiles donde se contratan valores.
Miembros del mercado bursátil:
- Sociedades de valores
- Agencias de valores
- Entidades de crédito
Sociedades rectoras de las bolsas de valores:
- Dirección y gobierno de los mercados bursátiles.
- Socios: Miembros del mercado.
Sistema de Interconexión Bursátil
- Red informática que crea un mercado nacional sin sede física.
- Gestionada por la Sociedad de Bolsas.
Compensación y Liquidación de Operaciones Bursátiles
Aspectos operativos:
- Compensación: Transferencia contable de valores tres días después de la contratación.
- Liquidación: Entrega de efectivo y abonos contables.
- Garantías del cumplimiento: Fianzas prestadas por los miembros del mercado.
Aspectos organizativos:
- Servicio de Compensación y Liquidación de Valores:
- Compensación general de operaciones.
- Registro y control contable de valores anotados.
- Entidades adheridas:
- Colaboración en la compensación y liquidación.
- Llevanza de Registros Periféricos de clientes.
Mercados de Opciones y Futuros
Definición:
- Opción: Derecho a comprar (call) o vender (put) un activo subyacente a un precio y fecha pactados.
- Futuro: Obligación de comprar o vender un activo subyacente a un precio y fecha pactados.
Características:
- Contraparte: Sociedad rectora.
- Liquidación por diferencias.
- Miembros del mercado: Sociedades y agencias de valores (a partir de 2000, también entidades de crédito).
Comisión Nacional del Mercado de Valores
Estructura:
- Consejo
- Presidente
- Comité Consultivo
Funciones:
- Supervisión e inspección de mercados y entidades de inversión colectiva.
- Sanción de infracciones.
- Llevanza de regímenes administrativos.
- Dictado de disposiciones de desarrollo.
Normas de Actuación en el Mercado de Valores
:Clases:Las normas de actuación se recogen en el Título VII de la Ley del Mercado de Valores así como en el Real Decreto 629/1993. De este modo, se distinguen dos categorías de normas de actuación:Las normas de conducta, de naturaleza sustantiva.Las normas de relación con la clientela, de naturaleza formal.Ámbito de aplicación:Los sujetos sometidos a las normas de actuación son:Empresas de servicios de inversión:Sociedades de inversión.Agencias de inversión.Sociedades gestoras de carteras: Son entidades que se encargan de gestionar por cuanta ajena y de forma global, carteras de valores cuya titularidad es de sus clientes.