El Juicio Oral Mercantil y los Procedimientos de Ejecución en México
Del Juicio Oral Mercantil
Recursos
Contra las resoluciones emitidas en juicio no procederá recurso ordinario alguno. Las partes podrán solicitar que se subsanen omisiones.
Principios
Oralidad, Publicidad, Igualdad, Inmediación, Contradicción, Continuidad, Concentración
Nulidad
La nulidad deberá reclamarse en la audiencia subsecuente. La promoción se realizará de manera oral. El emplazamiento solo se realizará personalmente.
Procedimiento Oral
Demanda por Escrito
La demanda se presentará por escrito e incluirá: juez, nombres y razón social del actor, domicilio del demandado, objetos que se reclaman, hechos de la petición, testigos, documentos, fundamentos, valor de lo demandado, ofrecimiento de pruebas y firma.
Corrección de la Demanda
Si existe oscuridad en la demanda, el actor tendrá 3 días para corregirla.
Pruebas en los Escritos
En los escritos, las pruebas deben expresar qué hecho se trata de demostrar.
Escrito de Contestación
El escrito de contestación se formulará ajustándose a los términos previstos.
Reconvención
El actor tendrá 9 días para contestar la reconvención.
Audiencias
Es obligación de las partes asistir a las audiencias. Las resoluciones judiciales se notificarán en el mismo acto. Las audiencias serán públicas. El juez indicará el inicio y la conclusión de las etapas y recesos. El juez puede suspender o diferir la audiencia.
Audiencia Preliminar
El objeto de la audiencia preliminar es la depuración del procedimiento, la conciliación, la mediación, la fijación de acuerdos no controvertidos y acuerdos probatorios, la calificación sobre la admisibilidad de pruebas y la citación a la audiencia de juicio. En esta audiencia se resuelven las excepciones procesales.
Audiencia de Juicio
En la audiencia de juicio se realiza el desahogo de pruebas y los alegatos. Diez días después, el juez expondrá los fundamentos que motivarán su sentencia.
Incidentes
Los incidentes que no tengan tramitación especial podrán promoverse de forma oral y no suspenderán el procedimiento. La parte contraria contestará en la audiencia.
Juicio Ejecutivo Mercantil Oral
Fundamento
El juicio ejecutivo mercantil oral se funda en documentos que traen aparejada ejecución. No hay recurso ordinario alguno. Se puede pedir oralmente al juez que subsane omisiones. Dentro de los 8 días siguientes al requerimiento de pago y previo al embargo, el demandado deberá contestar la demanda. La contestación se dará a la vista por 3 días. Si el demandado se allana a la demanda y solicita término de gracia para el pago y cumplimiento de lo reclamado, tendrá 3 días para hacerlo.
Documentos con Aparejada Ejecución
- Sentencia ejecutoriada
- Instrumento público
- Confesión judicial
- Títulos de crédito
- Decisión de los peritos
- Facturas y cuentas
- Convenios celebrados
Diligencia de Embargo
La diligencia de embargo se inicia con el requerimiento de pago, que se entrega al demandado y contiene la orden de embargo.
Orden de Embargo
La orden de embargo puede recaer sobre: mercancías, créditos de fácil y pronto cobro, muebles, inmuebles, acciones y derechos.
Convenios
Trabado el embargo, no se pueden celebrar convenios. El demandado tiene 8 días para comparecer.
Excepciones
No se admite excepción más que la de pago, si se pide dentro de 80 días. En los escritos de demanda, contestación y desahogo, las partes ofrecerán sus pruebas.
Excepciones Contra Otros Documentos Mercantiles
Contra cualquier otro documento mercantil que traiga aparejada ejecución, se pueden oponer las siguientes excepciones: falsedad del título, fuerza o miedo, prescripción o caducidad del título, falta de personalidad, incompetencia del juez, pago o compensación, remisión o quita, oferta de no cobrar y novación.
Remate
Si se presenta a remate, se procederá a la venta de los bienes. Cada parte realizará un avalúo en un plazo de 10 días. En caso de discrepancia, se nombrará un tercer evaluador.
Postura Legal
La postura legal es la que cubre las dos terceras partes del precio fijado por las partes a los bienes retenidos o embargados.
Del Procedimiento Extrajudicial de Ejecución de Garantías Otorgadas Mediante Prenda sin Transmisión de Posesión y Fideicomiso de Garantía
Transmisión de la Posesión
La posesión se transmitirá siempre que no existan controversias en cuanto a la exigibilidad del crédito, la cantidad reclamada y la entrega de la posesión.
Formas de Determinar el Valor de los Bienes
- Por el dictamen que rinda el perito que las partes designen para cada efecto.
- Cuando lo acuerden las partes.
Inicio del Procedimiento
El procedimiento se inicia con el requerimiento formal de entrega de la posesión de los bienes que formule al deudor el fiduciario o el acreedor prendario.
Conclusión del Procedimiento
El procedimiento se dará por concluido cuando el deudor se oponga a la entrega material de los bienes.
Obtención de la Posesión
El acreedor prendario podrá obtener la posesión de los bienes objeto de la garantía ante fedatario público. Una vez entregada la posesión de los bienes, se procederá a la enajenación.
Procedimiento de Ejecución Forzosa
En caso de que el fiduciario o el acreedor prendario no pueda obtener la posesión de los bienes, se seguirá el procedimiento de ejecución forzosa.
Procedimientos de Ejecución de la Prenda sin Transmisión de Posesión y del Fideicomiso de Garantía
Objeto de los Juicios
Se tramitarán los juicios que tengan por objeto: el pago de un crédito líquido y exigible, y la obtención de la posesión material de los bienes que garanticen el comodato.
Trámite de la Demanda
Presentada la demanda, el juez tendrá 2 días para admitirla y dictar auto de requerimiento de pago y emplazar al demandado, quien tendrá 5 días para contestar.
Excepciones
Las excepciones deberán acreditarse con prueba documental, salvo las que por su naturaleza requieran del ofrecimiento y desahogo de pruebas distintas. Se podrán oponer las siguientes excepciones: falta de personalidad del actor, que el demandado no haya firmado el documento base de la acción o que la acción esté fundada en falsedad, litispendencia e improcedencia de la vía. Se admitirá el allanamiento que afecte a toda la demanda. El juez resolverá sobre la admisión o el desechamiento de pruebas en el auto que tenga por contestada o no la demanda.
Preparación de Pruebas
La preparación de pruebas estará a cargo de las partes, quienes deberán presentar sus testigos, peritos, documentos públicos y pliego de posiciones.
Audiencia
El juez presidirá la audiencia, ordenará el desahogo de pruebas y dará oportunidad a las partes para alegar. La sentencia solo será apelable en efecto devolutivo.
Valor de los Bienes
- Si el valor de los bienes es igual al monto del adeudo, se procederá a la liquidación del crédito.
- Si el valor de los bienes es menor al monto del adeudo, se procederá a la ejecución por la diferencia.
Incumplimiento del Actor
En caso de incumplimiento del actor, el juez lo apercibirá con las medidas de apremio y le ordenará pagar de 100 a 3,000 veces el salario mínimo por día transcurrido, mientras subsista el incumplimiento.
Incidentes
No se admitirán incidentes.
Resoluciones
Las resoluciones dictadas solo serán apelables en efecto devolutivo, por lo que en ningún caso se suspenderá el procedimiento.