El Empresario Mercantil y las Sociedades Mercantiles: Tipos, Requisitos y Órganos

El Empresario Mercantil

Para que una persona sea considerada empresario mercantil, debe cumplir con los siguientes requisitos:

Requisitos del Empresario Mercantil

  1. Capacidad legal: La persona debe ser mayor de 18 años y tener la libre disposición de sus bienes. Un menor emancipado no se considera empresario ya que no tiene la libre disposición de sus bienes debido a ciertas restricciones. Solo hay una excepción, la cual es que un menor de edad o un incapacitado pueda continuar con la actividad empresarial mediante representantes con el fin de perpetuar la empresa.
  2. Ejercicio del comercio: El comercio es solo un sector de actividad empresarial. Lo que caracteriza al empresario no es la actividad que realiza, sino que la realiza a través de la empresa con finalidad de lucro.
  3. Dedicarse a ello habitualmente: Tiene que haber profesionalidad y que no se trate de una actividad ocasional.
  4. Necesidad de que el ejercicio se haga en nombre propio: Se tienen que atribuir al empresario los derechos y obligaciones de la actividad empresarial, es el empresario quien responde frente a terceros y quien hace frente a las deudas y ganancias de la empresa.

Clases de Empresarios

  1. Empresarios sociales y empresarios individuales: El empresario individual ha de requerir los requisitos fundamentales, y responden a terceros con todos sus bienes presentes y futuros. El empresario social surge cuando dos o más personas se ponen de acuerdo para poner un capital en común para la creación de una sociedad y distribuir las ganancias.
  2. Según el tamaño: Puede ser grande, mediana, pequeña o micro.
  3. Empresario público o privado.

El Registro Mercantil

El Registro Mercantil es un organismo público, al que tienen acceso los empresarios, encargado de dar publicidad material a todos los actos relacionados con estos. La finalidad fundamental del Registro Mercantil es aportar seguridad jurídica a través de la presunción legal de conocimiento de los hechos inscritos. Hay una serie de empresarios que tienen obligación de inscribirse en el Registro Mercantil, pero hay otros casos en los que es voluntaria dicha inscripción. El Registro Mercantil es un registro de personas y de actos. La inscripción es obligatoria para el empresario social, mientras que es potestativa para el empresario individual, con excepción del empresario naviero.

Funciones del Registro Mercantil

  1. Dotar de publicidad legal a determinadas situaciones y actos que afectan a los empresarios, todo esto con la finalidad de dotar de seguridad al tráfico económico y proteger a quienes puedan relacionarse con ese empresario en el desarrollo de su actividad.
  2. Legalizar los libros de los empresarios. Esta acción se lleva a cabo anualmente y de forma telemática.
  3. Se encarga del nombramiento de expertos independientes.
  4. Nombra los auditores de cuentas en determinados supuestos previstos por la ley.
  5. Está encargado del depósito y publicidad de las cuentas anuales de los empresarios.

Modelos de Sociedades Mercantiles

Hablamos de empresario social cuando el empresario “persona jurídica” adopta la forma de cualquiera de los tipos societarios mercantiles. Por regla general, las sociedades mercantiles se constituyen adoptando alguna de las formas siguientes:

  1. Regular colectiva
  2. Comanditaria, simple o por acciones
  3. Anónima
  4. Responsabilidad limitada

Atendiendo a la estructura organizativa de las sociedades mercantiles y al marco de relaciones entre los socios y la sociedad, se distinguen dos modelos de sociedades mercantiles:

  1. Sociedades personalistas
  2. Sociedades de capital

Las Acciones como Parte del Capital

Las participaciones/acciones son partes alícuotas, indivisibles y acumulables del capital social.

  • El capital social es la cifra que indica lo que los socios han aportado o se han comprometido a aportar.
  • El valor nominal de la acción es la cantidad que, como mínimo, se debe aportar para conseguir la condición de socio. Si dividimos el capital entre el número de acciones emitidas se obtiene el valor nominal de las acciones. Este valor es fijado libremente por los socios fundadores y se hará constar en los estatutos.

Órganos Sociales Administradores

Se trata del órgano cuyas funciones básicas son las de gestionar la sociedad, ejecutar la voluntad social formada en la Junta General y representar a la sociedad frente a terceros. La ley no somete al órgano de administración a una estructura rígida, sino que hay alternativas:

  • La administración de la sociedad se podrá confiar a un administrador único, a varios administradores (solidarios o de forma conjunta) o a un consejo de administración.
  • En la SA, cuando la administración conjunta se confíe a dos administradores mancomunadamente o más, se requiere un consejo de administración.
  • En la SL, los estatutos sociales podrán establecer distintos modos de organizar la administración, atribuyendo a la junta de socios la facultad de optar alternativamente por cualquiera de ellos sin necesidad de modificación estatutaria.

Los administradores de las sociedades de capital podrán ser personas físicas o jurídicas, y en principio, para ser nombrado administrador no se requiere la condición de socio.