Diferencias entre Ley Científica, Regla Técnica y Norma de Conducta

La ley científica es la ley de la naturaleza, son fenómenos de la naturaleza, la regla técnica es un conjunto de reglas que se deben seguir para un determinado fin y la norma de conducta establece principios de comportamiento en la sociedad.

Elementos de toda Norma de Conducta

  • La materia: Es el acto humano realizado por el hombre voluntariamente, conociendo y queriendo un determinado fin, tiene dos elementos, uno cognoscitivo y otro volitivo, la inteligencia y la voluntad.
  • La forma: Es imperativa, por lo tanto, significa que establece un deber, implica dos elementos, un título para dictar una norma de parte de quien la crea y en segundo lugar la facultad de libre arbitrio, o sea la libertad que tengo para decidir si voy a cumplir o no con la norma.
  • El fin: es la protección a los valores que nosotros encontramos necesarios, se presenta como valiosa y digna de protección o bien disvaliosa digna de prohibición.
  • La sanción: Es una medida gravosa por el incumplimiento de la norma, su fin apunta a restablecer de alguna manera al orden quebrantado.

Características de las Normas Morales de los Sistemas Religiosos y Filosóficas

Son interiores, heterónomas combinadas con autónomas, unilaterales e incoercibles.

  • Interiores: porque son de nuestra propia conciencia y convicción, en nuestro fuero interno.
  • Heterónomas: porque no provienen de la conciencia del propio sujeto obligado, sino del fundador o inspirador de la doctrina, pero requieren que dicha conciencia los acepte, por lo tanto, se combina lo autónomo con lo heterónomo.
  • Unilaterales: porque no hay nadie que los obligue a su cumplimiento, pero son más fuertes.
  • Incoercibles: porque no se puede emplear la fuerza socialmente organizada.

Concepto de Norma Jurídica, Moral y de Trato Social

La norma jurídica: Regulan la conducta de los hombres que viven en sociedad, se caracterizan por ser coercibles y apuntan a fines o aspiraciones de orden, paz, seguridad y justicia.

Ejemplos de los Usos del Lenguaje

  • Uso informativo: Hoy lloverá.
  • Uso expresivo: Me encanta el helado.
  • Uso operativo: Juro decir la verdad.
  • Uso presente o directivo: Haz tu tarea.

¿Por qué para Kelsen las Normas Jurídicas son Juicios del “Deber Ser”?

Porque son directivas respecto de los cuales no tiene sentido predicar verdad o falsedad.

La norma de trato social: son prescripciones originadas al interior de un grupo social determinado, que tienden a la realización de ciertos fines considerados deseables, tales como la urbanidad, el decoro, la cortesía, o la cohesión de los propios miembros del grupo en que la inobservancia de los deberes impuestos se traducen en sanciones como el rechazo dentro del grupo al que pertenece el infractor, según el tipo de importancia de la norma de trato social puede tener diferentes grados de intensidad.

La norma moral: es un principio o regla que dicta cómo debemos comportarnos desde un punto de vista ético. Estas normas nos indican lo que es correcto o incorrecto, bueno o malo, en términos de nuestras acciones, actitudes y valores, puede haber moral personal (fuero interno) y moral social en donde lo importante son las acciones externas.

Características de las Normas Morales Personales y de las Normas Morales Sociales

Las normas morales personales son interiores, autónomas, unilaterales e incoercibles.

  • Interiores: porque regulan nuestro fuero interno.
  • Autónomas: porque al provenir de nuestra conciencia, representan la sujeción a un querer propio, el sujeto normativo puede crear sus normas.
  • Unilaterales: porque no confiere de un sujeto distinto la facultad de exigir el cumplimiento de tales deberes, sino que los deberes son consigo mismo y frente a la idea de bien o perfección moral que asume como propia.
  • Incoercibles: porque no existe la posibilidad de emplear la fuerza socialmente organizada.

Las normas morales sociales sus características son exteriores, heterónomas, bilaterales e incoercibles

  • Exteriores: porque regulan los comportamientos emitidos, no el fuero interno.
  • Heterónomas: porque provienen del grupo social del que ese trate, no de la conciencia individual.
  • Bilaterales: porque imponen deberes frente a los demás y a la idea de bien moral que haya al interior del grupo.
  • Incoercibles: porque al igual que la moral personal no se puede aplicar el uso de fuerza socialmente organizada.

¿Cuáles son los Fines de las Normas de Trato Social?

El decoro, la cortesía, la urbanidad y la cohesión del grupo de que se trate.

Definición del Concepto Norma de John Austin

Austin define las normas jurídicas como mandatos generales formulados por el soberano a sus súbditos, que toda norma jurídica es un mandato u orden.

Características de las Normas de Trato Social

Exteriores, heterónomas, bilaterales e incoercibles

  • Exteriores: porque regula conductas exteriores, pueden darse por cumplidas bastando el comportamiento del sujeto corresponda a aquel que la norma espera de él.
  • Heterónomas: porque otros hacen las normas y la aplican a nosotros, tienen su origen en el grupo social respectivo y no en las decisiones individuales.
  • Bilaterales: porque cumplo las normas en relación a otro.
  • Incoercibles: porque no se puede usar la fuerza socialmente organizada.

Diferencias entre la Sanción entre las Normas Morales, de Trato Social y Normas Jurídicas

Las normas morales y de trato social no tienen una sanción como tal, se caracterizan por carecer de una sanción concreta en caso de incumplimiento, sin embargo, el no cumplimiento de las estas normas puede traer como consecuencia el rechazo, el aislamiento o el repudio social, en cambio las normas jurídicas se caracteriza la coercibilidad en el ámbito de la sanción ya que tienen la posibilidad del uso de la fuerza socialmente organizada en caso de su incumplimiento.

Características de las Normas Jurídicas

Exteriores, heterónomas, bilaterales y coercibles

  • Exteriores: porque regula los comportamientos exteriorizados de los sujetos normativos.
  • Heterónomas: porque lo común es que sean estudiadas por autoridades normativas, por encima de los sujetos que deben obedecer las normas.
  • Bilaterales: porque son obligaciones que asumen ante otros sujetos, hay un sujeto activo sobre el que pesa el deber y un sujeto activo que es el dotado de exigir el cumplimiento.
  • Coercibles: y esta característica es la que mejor identifica estas normas ya que el incumplimiento de estas normas tiene sanciones y para imponer estas sanciones se encuentra autorizado el uso de la fuerza.

Explicación de las Siguientes Reglas: Definitorias o Determinativas, Directivas o Reglas Técnicas y Prescripciones

  • Reglas definitorias: reglas que definen o determinan una actividad por ejemplo las reglas de un juego.
  • Reglas técnicas: Son reglas que indican un medio para alcanzar un fin, por ejemplo, armar un mueble.
  • Prescripciones: emanan de una voluntad del emisor de la norma a la que llama autoridad normativa, por ejemplo, legislador y nosotros los sujetos normativos.

Las Normas Secundarias: Normas Ideales, Costumbres y Normas Morales

  • Normas ideales: son normas que establecen un patrón o modelo de la especie optima dentro de una clase por ejemplo normas que determinan que es un buen abogado.
  • Costumbres: Son hábitos reiterados a través del tiempo, se distinguen en que son sociales, o sea que las conductas que las integran se hacen con la conciencia de que son compartidas por la comunidad, da una presión normativa.
  • Normas morales: Hay una concepción teológica que las normas emanan de una autoridad que es dios, y serian prescripciones y hay una concepción teleológica que indica el camino para obtener un determinado fin.

Según Kelsen, las Normas Constituyen Técnicas de Motivación Social

Técnicas de motivación directa e indirecta,

  • La técnica de motivación directa: se caracteriza porque las normas indican directamente la conducta deseable y se pretende motivar a la gente solamente por la autoridad o racionalidad de la propia norma.
  • La técnica indirecta: se caracteriza porque se pretende motivar a le gente no indicándole directamente la conducta deseable sino estableciendo una sanción para la conducta indeseable o un premio para la deseable.

Clasificación de las Normas Según Kelsen, de Acuerdo con las Condiciones de Aplicación

En categóricas e hipotéticas, las normas jurídicas categóricas son principalmente las sentencias judiciales, la sanción que la persona debe cumplir y las leyes son generalmente normas hipotéticas.

Definición de Kelsen entre Normas Primarias y Secundarias

Las normas primarias son las que prescriben, en ciertas condiciones o no la privación a un sujeto de sus bienes por medio de la fuerza, son las normas jurídicas genuinas, lo que significa que un orden jurídico solo esta integrado por ellas.

Las normas secundarias: Son meros derivados lógicos de las normas primarias y su enunciación solo tiene sentido a los fines de una explicación más clara del derecho.

¿Qué es una Regla Primaria Según Hart?

Son las reglas que prescriben a los individuos realizar ciertos actos, lo quieran o no; imponen, en cierto sentido, obligaciones, puesto que tienen fuerza compulsiva y sirven de base para la crítica o el elogio por la conformidad o la no conformidad con la regla.

¿Qué es una Regla Secundaria Según Hart?

Son reglas que no se ocupan directamente de lo que los individuos deben o no hacer, sino de las reglas primarias.

Explicación de la Clasificación de las Reglas Secundarias

Se dividen en reglas de reconocimiento, reglas de cambio y reglas de adjudicación,

  • Las reglas de adjudicación: son reglas que sirve para identificar que normas forman parte de un sistema jurídico y cuales no, establecen los criterios de identificación del derecho.
  • Reglas de cambio: son las reglas que confieren potestades a los funcionarios y a los particulares para en ciertas condiciones, crear reglas primarias de las cuales surjan derechos y obligaciones.
  • Reglas de adjudicación: son las que indican las condiciones para que alguien sea juez, el procedimiento que debe seguirse para adoptar una decisión judicial y el alcance que tiene el carácter constitutivo de las decisiones judiciales.

¿Qué es el Ordenamiento Jurídico Según Hart?

Según Hart, el ordenamiento jurídico se compone de reglas que los individuos se sienten obligados a seguir, tengan o no motivos suficientes para hacerlo. El sistema legal es funcional solo si es reconocido por una regla de reconocimiento que identifica qué normas pertenecen al sistema legal, y si hay reglas de cambio que indican un procedimiento para cambiar las reglas primarias en el sistema.