Desenso y despido
Desde la segunda mitad de los noventa:
1. Gran aumento de la población activa – La población activa aumenta en unos 6 millones de personas. • Lo hace a partes iguales entre mujeres e inmigrantes. • Efectos: – dotó de más flexibilidad al mercado laboral al presentar una elevada movilidad y – contribuyó a la moderación salarial al disponer de limitada capacidad negociadora.
2. Intensa creación de empleo – Se crean unos 8 millones de empleos entre 1995-2007 (30% del total creado en la UE-15 en este periodo). – Sin embrago, se mantiene una elevada tasa de temporalidad (casi un 32% en 2007), a pesar de las reformas legales y rebajas de cotizaciones dirigidas a reducirla. Causas: • uso preferente por parte de los empresarios de estos contratos • naturaleza temporal de las actividades que crean empleo
La reducción del paro estructural se explica por:
1. Cuatro shocks de oferta:
• La reducción del tipo de interés real derivada de la adhesión a la UEM y la estabilidad macroeconómica que llevó asociada.
• Baja inflación
• El aumento de la competencia en los mercados de servicios y bienes dio lugar a más eficiencia y una menor tasa de inflación y estimuló la innovación, aumentando la demanda de trabajo.
• Moderación salarial y mayor movilidad geográfica de los trabajadores. Producto del fuerte crecimiento de la oferta laboral con sus nuevos participantes: mujeres, inmigrantes y jóvenes mejor formados.
2. Reformas en el marco institucional del mercado de trabajo:
• Instituciones que se reformaron: 1. Costes de despido, 2. Prestaciones por desempleo y 3. Negociación colectiva (parcial).
• Consecuencias: 1. Se redujo el paro de larga duración y 2. Disminuyo la capacidad negociadora de los asalariados.
La crisis iniciada en 2007 (2007-2013)
supuso el desplome del consumo y la inversión, que afectó gravemente al mercado laboral español.
1. Fuerte destrucción de empleo
– Fundamentalmente en el sectores de la construcción, en las industrias manufactureras y en los servicios de comercio, hostelería y restauración, todos muy vinculados a la evolución del consumo.
– Afecta sobre todo a los varones y a los trabajadores con contrato temporal. Motivos: • Menores costes de ajuste asociados a estos contratos (ajuste vía cantidades). • Elevada temporalidad en los sectores más afectados por la crisis.
– Resultado: Reducción de la tasa de temporalidad y, al inicio de la crisis, incremento de los salarios (nominales y reales) consecuencia del tipo de empleo superviviente (fijo) y su protección (convenios sindicales vigentes) impidiendo un rápido ajuste de salarios a las nuevas condiciones económicas
2. La población activa frenó su crecimiento – Por las menores oportunidades de empleo
3. Fuerte aumento de la tasa de paro – Aumento de 17pp en 5 años (24.5% en 2014T2) más que el doble de la media europea y la mayor entre los países de la OCDE.
Al haberse tratado de una crisis de demanda, buena parte del desempleo tuvo un carácter coyuntural, no obstante …
el paro estructural aumentó básicamente por la prolongación de la crisis (Razones que lo justificarían):
1. El notable aumento del paro de larga duración.
2. Desigual impacto de la crisis, acentuando desajustes:
1. Nuevo desajuste sectorial
2. El mayor desajuste de cualificaciones.
3. El desajuste geográfico
La tasa de paro estructural, según estimaciones de la OCDE, aumentó 6pp en España entre 2007 y 2013 superando el 18 por 100, siendo la tasa de paro estructural más alta de la OCDE, y la que más rápido crecíó durante la crisis.
Hay que destacar que las rigideces en la normativa laboral NO afectaron prácticamente a este incremento y más bien, la Reforma Laboral aprobada en 2012, contribuyó a reducir el paro estructural. La OCDE estima su efecto, entre otros:
1. Reducción de 3pp, gracias a los menores costes de despido = al limitar la capacidad negociadora de los insiders,
2. Reducción de al menos 4pp, gracias a una negociación colectiva más descentralizada = por convenios en empresas o por la cláusula de descuelgue (empresas en dificultades)
La recuperación económica iniciada en 2014
1. Creación de empleo – Entre 2014 y 2016 se han creado cerca de 1.4 millones de empleos, gracias a • Sectores manufacturero, hostelería y comercio • Fundamentalmente en el sectores de las industrias manufactureras y en los servicios de comercio, hostelería y restauración, todos muy vinculados a la evolución del consumo. • Afecta sobre todo a los varones y a los trabajadores con contrato temporal. Motivos: – Menores costes de ajuste asociados a estos contratos. – Resultado: Aumento de la tasa de temporalidad
2. Reducción de activos – Desde 2013 la población activa se ha reducido en 439.500 activos menos
3. Reducción de la tasa de paro – Aumento de 6.5pp en 3 años (26.1% en 2013 a 19.6% en 2016)
No obstante, una vez relanzada la creación de empleo (a un ritmo de más de 500 mil empleos anuales a principios de 2015), se hace necesario acometer una serie de actuaciones, para poder …
1. Para poder … absorber el paro …: que el crecimiento económico sea sostenido por un período prolongado de tiempo
2. Para poder … maximizar la creación de empleo por c/punto de crecimiento del PIB …: mantener la contención salarial
3. Para poder … mejorar la calidad del nuevo empleo …: reducir la temporalidad y el trabajo a tiempo parcial no voluntario
4. Para poder … reducir los desajustes estructurales entre oferta y demanda de trabajo: mejorar las políticas activas (mayor financiación, mayor eficacia)
3.4. La política de empleo
Reformas:
• Entre 1984 y 1992 se aprobaron reformas conducentes a facilitar la creación de empleo (fomento de la contratación temporal) • A partir de1994 se inicia una fase de progresiva flexibilización y reducción de rigideces en el mercado de trabajo Las medidas adoptadas desde 1994 tocaron todos los aspectos fundamentales de la regulación laboral. • La Reforma laboral de 2012 es la más amplia y de mayor calado. Introduce modificaciones en diversos ámbitos, sobre todo negociación colectiva y coste del despido.
Aspectos fundamentales que se han tratado:
1. Facilitar la entrada al empleo, impulsando la contratación de nuevos empleados ⇒ nuevas modalidades de contratación dirigidas a colectivos con dificultades para su inserción laboral.
2. Flexibilizar la salida del empleo ⇒ regulación del despido y su coste
3. Reducir posibles distorsiones generadas por las prestaciones por desempleo
4. Regular el marco de la negociación colectiva para permitir un mejor ajuste de los salarios a las condiciones reales de la empresa.
5. Organismos responsables de la intermediación en el mercado de trabajo al objeto de lograr un ajuste más ágil entre oferta y demanda de trabajo.
6. Volumen de ingresos económicos destinados a finalidades u objetivos concretos ⇒ políticas activas y pasivas de empleo
1. Modalidades de contratación
Al inicio de los ochenta, sólo existía un única figura de contrato, el indefinido.
La reforma de 1984 pretendía flexibilizar la entrada y la salida del empleo a través de nuevas formas contractuales de duración determinada: – El contrato temporal de fomento de empleo (sin justificación temporal), – El contrato en prácticas – El contrato para la formación RESULTADO: – significativa creación de empleo a partir de 1985 – excesiva rotación – dualidad en el mercado de trabajo, con una alta tasa de temporalidad (35%).
Las reformas posteriores (1997, 2001, 2006, 2010 y 2012) parten de la idea de que la excesiva temporalidad es perversa. Así, el objetivo pasa a ser dotar de estabilidad al empleo, sin oponerse a la flexibilidad contractual (contrato temporal). Estas reformas: – han impulsado la contratación a tiempo parcial – han mantenido los contratos específicos para los colectivos que presentan mayores tasas de paro: contrato para la formación, para mayores de 45 años o para mujeres. – En 2012: -Creación de un nuevo contrato indefinido de apoyo a los emprendedores -Limitación del encadenamiento de contratos temporales -Modificación del contrato a tiempo parcial. – Se regula por primera vez en España el teletrabajo
2. Regulación del despido Las reformas de los costes del despido han actuado en una doble dirección:
1. Desde el punto de vista de las CAUSAS del despido (1994, 2010, 2012): – se ha ampliado y definido con mayor claridad las causas que pueden justificar un despido. • Con la Reforma del 2012: – Se facilita el uso del despido por causas económicas, – Se elimina la necesidad de autorización administrativa en expedientes de regulación de empleo.
2. Desde el punto de vista de los COSTES de despido: – Se han reducido los costes de tramitación. – En 1997 se introduce un nuevo contrato indefinido “de fomento” dirigido a determinados colectivos y con menor indemnización por despido improcedente. Queda derogado con la Reforma de 2012. – Las indemnizaciones no se modifican hasta la Reforma de 2012, que introduce cambios importantes dirigidos a reducir la indemnización por despido: – Se facilita notablemente el uso del despido por causas económicas – Se reduce la indemnización por despido improcedente, universalizando la indemnización de 33 días (que fijaba el contrato de fomento introducido en 1997 y derogado en 2012) en lugar de los 45 días anteriores. – Se elimina la necesidad de autorización administrativa en expedientes de regulación de empleo (despidos colectivos). RESULTADO: Estas medidas aproximan la indemnización por despido a la media europea y facilitan la creación y destrucción de empleo. A CP, en plena fase recesiva, pueden destruir mucho empleo. Los beneficios en términos de promover la creación de puestos de trabajo se empiezan a notar a medio plazo, una vez iniciada la senda de recuperación económica.
3. Prestaciones por desempleo Reforma de 1992: – Motivos: • La fuerte presión financiera de la Seguridad Social • Los efectos nocivos sobre la intensidad de búsqueda de empleo – ¿A qué afectó el cambio?: • Se restringíó el acceso, • se redujo la cuantía, • se redujo la duración media • y se eliminó su exención en el IRPF. – RESULTADO: Disminución tanto de la cobertura como de la cuantía recibida. Esto reduce la presión financiera en la SS, si bien el total del gasto sigue siendo importante.
Reforma de 2012: • Se reduce la cuantía de la prestación a partir del sexto mes de desempleo para aquellos trabajadores que pierdan su empleo desde dicho año
4. Estructura de la negociación colectiva – Con el Estatuto de los Trabajadores (1980) los convenios pasaron a gozar de eficacia general automática. De este modo, el convenio sectorial –al estar garantizado- pasa a tener la consideración de mínimo.
– Las reformas de 1994 y 1997 no cambian el modelo de negociación. Las dos modificaciones más importantes aprobadas en 1994 son: • La introducción de la “cláusula de descuelgue” (fue objeto de una nueva reglamentación en la reforma de 2010). • La introducción de una cierta descentralización, al permitir acuerdos de empresa sobre materias no tratadas en convenios de ámbito superior
– La Reforma de 2012 sí introduce cambios, con el objeto de aumentar la flexibilidad interna y reducir la rigidez salarial. • Se avanza en la descentralización de la negociación. • Se fija un límite de un año a la extensión automática de los convenios vencidos. • Se facilita el descuelgue del convenio sectorial o provincial por causa económica. • Se contempla la posibilidad de modificación unilateral de las condiciones de trabajo como la jornada laboral o los salarios que superen lo acordado en convenio.
5. Intermediación en el mercado de trabajo : Con la reforma de 1994: – Se autorizan las empresas privadas de colocación sin ánimo de lucro • Lo que significo el fin del monopolio del Inem • A partir de entonces, el Inem (actualmente el SPEE) ha centralizando su actividad en la gestión y el control de las prestaciones por desempleo y las políticas de formación. – Se aprueban las empresas de trabajo temporal • Su actividad dotó de mayor flexibilidad a la contratación de trabajadores. Con la reforma de 2010: – Se autorizan las agencias privadas de colocación para que colaboren con los servicios públicos de empleo. – Se liberaliza la actuación de las empresas de trabajo temporal en actividades que hasta ahora tenían vetadas, como las AA.PP. Con la reforma de 2012: – Se aprueba que las empresas de trabajo temporal puedan actuar como agencias de colocación en colaboración con los servicios públicos de empleo.
6.- Políticas activas de mercado de trabajo: -Mejorar las posibilidades de acceso al empleo con cursos de formación ocupacional. -Incentivar de forma directa la creación de empleo -En definitiva, incentivar la búsqueda de trabajo y mejorar la empleabilidad de los parados, a fin de que éstos no entren en una situación de “obsolescencia”. • España presenta una posición intermedia, en cuanto a gasto en políticas de empleo (activas vs pasivas), respecto a los países europeos. • La mayor parte de los recursos se destinan a las políticas pasivas (65%). Esto implica una reducida participación de los recursos destinados a políticas activas de empleo. – El gasto en políticas activas en España está lejos de la media europea. • La reducción en la tasa de paro hasta 2007 permitíó una aproximación a la media europea. • Desde el inicio de la crisis, el aumento del paro y la elevada rotación que implican los empleos temporales ha venido limitando la disponibilidad de recursos para políticas activas. • La Reforma de 2012 carece de una actuación decidida en el ámbito de políticas activas que reforme y potencie las medidas de asesoramiento y formación a desempleados.
* Paquete de medidas de reforma para la activación del empleo (2014). Teniendo como objetivo potenciar las medidas de asesoramiento y formación de los desempleados, introduce indicadores de evaluación y financiación en función de los resultados.