Derechos Laborales en México: Jornada, Descanso, Vacaciones y Más
Derechos Laborales en México: Una Visión General
La jornada laboral está regulada por la Ley Federal del Trabajo (LFT), en sus artículos 58 al 68. El artículo 58 la define como el tiempo durante el cual el colaborador está a disposición del patrón para prestar su trabajo.
Jornada de trabajo se define como el tiempo durante el cual el trabajador está a disposición del empleador.
Tipos de jornada:
- Diurna: La que comprende entre las seis y las veinte horas.
- Nocturna: Es el horario que va entre las veinte y las seis horas del día siguiente.
- Mixta: Son los períodos comprendidos de tiempo de las jornadas diurna y nocturna, siempre que el período nocturno sea menor de tres horas y media. Si el horario nocturno es de tres horas y media o más, se tendrá como jornada nocturna y no mixta.
Días de Descanso Obligatorio
La normatividad laboral (artículos 69 al 75 LFT) otorga a los trabajadores el derecho de disfrutar por lo menos un día de descanso por cada seis días de trabajo, con goce de salario.
Los días de descanso obligatorio que señala el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo son:
- El 1º de enero.
- El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero.
- El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo.
- El 1º de mayo.
- El 16 de septiembre.
- El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre.
- El 1º de diciembre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal.
- El 25 de diciembre.
- El que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral.
Vacaciones y Prima Vacacional
La Ley Federal del Trabajo, en sus artículos 76 al 81, es clara en lo que se refiere a este derecho.
El Artículo 80 de la ley establece, en esencia, una prima no menor del 25% sobre los salarios que les correspondan a los trabajadores durante el período de vacaciones.
En el artículo 82 de la ley del trabajo encontramos el concepto legal de salario, mismo que dice: “Salario es la retribución que debe pagar el patrón al trabajador por su trabajo”.
Cuando el horario de prestación de servicios se excede, el patrón tendrá que pagar cada hora extra – a esto se le denomina horario extraordinario.
Aguinaldo: Prestación Anual
Esta prestación nació con la Ley Federal del Trabajo de 1970.
El aguinaldo se encuentra contemplado en el artículo 87 laboral. El pago de este concepto deberá ser antes del veinte de diciembre de cada año, y por el monto equivalente a quince días de salario integrado, como mínimo, con la condición de que el trabajador haya cumplido un año de labores.
Con base en el artículo 35 de la Ley Federal del Trabajo, las relaciones laborales pueden ser: por obra, por tiempo indeterminado, periodo de prueba, capacitación inicial y por temporada.
Suspensión y Terminación de la Relación Laboral
El artículo 42 de la Ley Federal del Trabajo prevé que la suspensión de las relaciones de trabajo tendrá el carácter temporal y no definitivo. Esta figura de la suspensión contempla dos características: causalidad y temporalidad.
El código laboral, en su artículo 53, señala como causas de terminación de las relaciones de trabajo:
- El mutuo consentimiento de las partes.
- La muerte del trabajador.
- La terminación de la obra o vencimiento del término o inversión del capital, de conformidad con los artículos 36, 37 y 38.
- La incapacidad física o mental o inhabilidad manifiesta del trabajador, que haga imposible la prestación del trabajo.
- Los casos a que se refiere el artículo 434.
Capacitación y Adiestramiento
Es común que se considere como sinónimos a la capacitación y al adiestramiento.
Derechos y Obligaciones del Patrón
La Ley Federal del Trabajo dispone, principalmente, en su artículo 132 (obligaciones del patrón) y en el artículo 133 (prohibiciones al patrón). No es el propósito de este documento entrar al estudio y análisis de cada una de ellas.
Indemnización por Despido Injustificado (Artículo 50 LFT)
Las indemnizaciones que señala el artículo 50 de la Ley Federal del Trabajo se otorgan dependiendo del tiempo de duración de la relación laboral.
Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU)
Las relaciones laborales pueden fortalecerse mediante compensaciones, prestaciones y primas, como es el caso del reparto de la Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU), que es una prestación que se otorga a todos los empleados por haber contribuido a las ganancias que tuvo la empresa para la que laboraron durante el último año y al igual que otras prestaciones, es prevista por la Ley Federal del Trabajo. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 123, apartado A establece que los trabajadores tendrán derecho a una participación en las utilidades de la empresa.
Plazos Legales para el Reparto de Utilidades
El artículo 117 de la Ley laboral señala que el reparto de utilidades entre los trabajadores deberá efectuarse dentro de los sesenta días siguientes a la fecha en que el patrón deba pagar el impuesto anual.