Derechos Ambientales: Información, Justicia y Enfoque de Género
- Información ambiental: Es cualquier información escrita, visual o en forma de base de datos de que dispongan las autoridades en materia de agua, aire, suelo, flora, fauna y recursos naturales en general, así como sobre las actividades o medidas que les afectan o puedan afectarlos. Art. 31º, Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental.
Son:
- Indicadores.
- Datos.
- Registros.
Obtenidos como consecuencia de:
- Políticas, normas, informes, instrumentos de gestión ambiental u otros documentos.
A partir de los cuales se podrán conocer aquellas actividades que generan implicancias en la salud de las personas y el ambiente.
¿Qué es el derecho a la información ambiental?
“Es el derecho que tienen los ciudadanos de acceder a la información que posean o tengan las autoridades públicas en su poder.”
¿Quién está obligado a brindar la información ambiental?
Sector público (Ministerios, Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y otras entidades). Sector privado: Sólo aquellas que prestan servicios públicos (empresas públicas).
¿Qué información pública no se puede dar?
Información secreta Art. 15º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806. Razones de seguridad nacional: Información clasificada en el ámbito militar tanto frente interno como externo, e información en el ámbito de inteligencia.
Información reservada Art. 16º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806. Información que por razones de seguridad nacional en el ámbito del orden interno cuya revelación originaría un riesgo a la integridad territorial y/o la subsistencia del sistema democrático, información de seguridad nacional y de eficacia de la acción externa del Estado.
Información Confidencial Art. 17º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806. Opiniones, consejos, recomendaciones del gobierno antes de hacerse pública, secreto bancario, comercial, tributario, etc., información preparada u obtenida por abogados del Estado, información relativa a la intimidad personal y familiar.
¿Cómo se solicita la información?
Justicia Ambiental
¿Qué es la justicia ambiental?
Es el derecho que tiene una persona a una acción (procedimiento) rápida, sencilla y efectiva, ante las autoridades administrativas y jurisdiccionales en defensa del ambiente y de sus componentes. Art4LGA
¿Cuáles son los componentes del ambiente?
Son los recursos naturales: agua, aire, suelo, fauna, flora, entre otros.
¿Quiénes pueden interponer acciones legales?
Las acciones pueden ser interpuestas de manera individual o colectiva. También se pueden interponer si el daño afecta al interés económico o a la salud de un particular o si se daña el ambiente. Además, si se produjo el daño o que potencialmente se pueda producir.
¿Qué se busca con los procedimientos de acceso a la justicia ambiental?
En la reparación del daño (sentencia de resolución), esta consiste en el restablecimiento de la situación anterior al hecho lesivo al ambiente, más una indemnización económica por el daño ambiental.
¿En qué consiste la reparación del daño?
- Restablecimiento de la situación anterior al hecho lesivo.
- Recomposición o mejoramiento del ambiente o de los elementos afectados.
- Indemnización: compensar intereses afectados, contribuir a objetos constitucionales ambientales y de recursos naturales.
¿Cuáles son los mecanismos para acceder a la justicia ambiental?
- Mecanismo Administrativo: Denuncia administrativa ambiental, procedimiento administrativo sancionador.
- Mecanismos Judiciales Ordinarios: Proceso civil, proceso penal, proceso contencioso administrativo.
- Mecanismos Constitucionales: Proceso de amparo, proceso de cumplimiento, habeas data, procedimiento de acción popular, procedimiento de inconstitucionalidad.
- Mecanismos Alternativos de Solución de conflictos: Conciliación, arbitraje.
- ¿Cuál es el trámite ante el Servicio nacional de denuncias Ambientales SINADA?
Enfoque de Género y Medio Ambiente
¿Qué es el enfoque de género?
Es una herramienta de análisis que nos permite examinar la realidad y las relaciones teniendo en cuenta los roles socialmente asignados a mujeres y a hombres, así como múltiples identidades, las oportunidades de acceso y control de los recursos y el grado de poder que ejercen en la sociedad.
Enfoques principales:
- Eco feminismo: El ecofeminismo es reconocido por conceptualizar la relación de las mujeres con la naturaleza, planteando la existencia de un fuerte vínculo entre ambas, y defendiendo la recuperación de un «principio femenino» que implica armonía, sostenibilidad y diversidad.
- Mujeres y medio ambiente: Desde el enfoque «mujeres y medio ambiente», se subraya el potencial del papel de las mujeres como «administradoras cotidianas» de los recursos naturales.
- Género, medio ambiente y desarrollo: En este enfoque se sostiene que la discriminación hacia las mujeres se expresa a través de:
- La división por género del trabajo y la consecuente asignación casi exclusiva de la responsabilidad de la crianza de los hijos y del trabajo doméstico a las mujeres.
- El acceso desigual de varones y mujeres a los recursos productivos y a sus beneficios.
- Las limitaciones a la participación en los procesos de adopción de decisiones y al acceso al poder público en sus diversas expresiones.
¿Cuál es la relación entre el cambio climático y las desigualdades de género?
- Las desigualdades de género limitan y reducen la capacidad de respuesta frente al cambio climático.
- Las mujeres no son solo víctimas, sino también agentes activos del cambio y poseen conocimientos y destrezas únicas.
- Entender los riesgos e impactos diferenciados del cambio climático en mujeres y en hombres es fundamental para lograr un desarrollo sostenible bajo en carbono y resiliente al clima.
¿Ver plan de acción en género y cambio climático del Perú (PAGCC- Perú)?
Objetivos estratégicos:
- Gestión de la información. Promover el acceso a la información diferenciada sobre impactos de cambio climático en mujeres y hombres para la toma de decisiones.
- Fortalecer las capacidades de funcionarias y funcionarios públicos para incorporar el enfoque de género en el contexto de CC. Promover el acceso a hombres y mujeres a espacios de diálogo y capacitación.
- Incorporar el enfoque de género en las políticas e instrumentos de gestión para hacer frente al cambio climático.
- Incorporar el enfoque de género en el diseño e implementación de proyectos de programas de adaptación y mitigación al cambio climático.