Derecho Financiero y Tributario: Conceptos, Principios y Fuentes
Concepto y Contenido del Derecho Financiero
El Derecho Financiero es la rama del Derecho Público que estudia la organización de la Hacienda Pública y las funciones encomendadas al ente público para la gestión de este patrimonio en orden a la satisfacción de las necesidades públicas.
Ramas del Derecho Financiero:
- Respecto a los Ingresos Públicos:
- Derecho del Crédito Público
- Derecho Patrimonial
- Respecto a los Gastos Públicos:
- Derecho del Gasto Público
- Respecto al Presupuesto:
- Derecho Presupuestario
Fuentes Internas e Internacionales del Derecho Tributario
El sistema de fuentes del Derecho Tributario se rige por el Art. 7 de la LGT, que establece que los tributos se regirán por:
- Constitución
- Tratados o convenios internacionales
- Normas de la Unión Europea y otros organismos internacionales
- Ley General Tributaria, leyes reguladoras de cada tributo y demás leyes con disposiciones de materia tributaria
- Reglamentos dictados en desarrollo de las normas anteriores
- Órdenes ministeriales de competencia estatal
- Normas de carácter supletorio del Derecho Administrativo y del Común
Principios Constitucionales y el Sistema Tributario
El Art 31.3 CE establece los principios constitucionales que rigen el sistema tributario:
- Principio de Reserva de Ley: Ciertas materias sólo pueden ser reguladas por normas con rango de ley.
- Principio de Capacidad Económica/Contributiva: Los ciudadanos deben contribuir, en función de su riqueza, a una parte del gasto público.
- Principio de Generalidad: Todos deben soportar las cargas tributarias.
- Principio de Igualdad Tributaria: Todos deben ser tratados por igual en función de su capacidad contributiva.
- Principio de Progresividad y No Confiscatoriedad: Los titulares de mayor capacidad económica deben ser gravados de forma más que proporcional en comparación con los de menor capacidad económica.
Producción Normativa en el Derecho Tributario de la UE
El Derecho de la UE se integra en los ordenamientos nacionales como Derecho interno. Dentro del Derecho Comunitario distinguimos:
- Derecho Comunitario Originario: Tratados constitutivos y sus modificaciones.
- Derecho Comunitario Derivado: Actos adoptados por las instituciones comunitarias:
- Reglamento: Alcance general, obligatorio y directamente aplicable.
- Directiva: Obliga al Estado miembro destinatario en cuanto al resultado que debe conseguirse, pero deja a las autoridades nacionales la elección de la forma y de los medios.
- Decisión: Obligatoria en todos sus elementos para todos sus destinatarios.
- Recomendaciones y Dictámenes: No son vinculantes.
Eficacia de la Norma Tributaria en el Tiempo
- Entrada en vigor: 20 días naturales desde su publicación.
- Cese de vigencia:
- Transcurso del tiempo prefijado.
- Derogación expresa o implícita.
- Declaración de inconstitucionalidad.
- Falta de adecuación al Derecho de la UE.
Eficacia de la Norma Tributaria en el Espacio
- Territorialidad y Residencia:
- Criterio de Personalidad: Obliga a los nacionales del país donde quiera que se encuentren.
- Criterio de Territorialidad: Sujeta a las personas que estén en el territorio del Estado, independientemente de su nacionalidad.
La Doble Imposición Internacional
- Concepto: Sometimiento a una misma persona, por razón del mismo objeto y por un mismo período de tiempo, a impuestos sustancialmente iguales por parte de dos Estados.
- Métodos para evitarla:
- Medidas unilaterales
- Medidas bilaterales
- Medidas multilaterales
- Métodos de Exención:
- Exención íntegra
- Exención con progresividad
- Métodos de Imputación:
- Imputación íntegra
- Imputación ordinaria
Los Ingresos de Derecho Público
- Concepto: Ingresos obtenidos por la Administración actuando como Administración pública.
- Clases:
- Ingresos ordinarios: Tributos, sanciones pecuniarias, ingresos de monopolio.
- Ingresos extraordinarios: Deuda pública, impuestos extraordinarios, inflación.
Concepto de Tributo
Los tributos son prestaciones pecuniarias exigidas por una Administración pública que la Ley vincula al deber de contribuir para obtener los recursos necesarios para el sostenimiento de los gastos públicos.
Aspectos definitorios del tributo:
- Grava una manifestación de capacidad económica.