Derecho Financiero y Bancario: Conceptos, Fuentes y Actividad Financiera del Estado

Derecho Financiero y Bancario

El Derecho Financiero y Bancario es una rama del derecho público que comprende un conjunto de principios, doctrinas, instituciones y normas jurídicas que tienen por objeto la recaudación, la gestión y erogación de los medios económicos que necesita el Estado para el desarrollo de sus actividades.

Fuentes del Derecho Financiero

Todo lo que da origen al derecho, fuentes escritas y no escritas.

  • Fuentes escritas: La ley y la jurisprudencia.
  • Fuentes no escritas: La costumbre y los principios generales del derecho.

Fuentes Principales y Secundarias

  • Fuentes principales: La ley.
  • Fuentes secundarias: La jurisprudencia, la costumbre y los principios generales del derecho.

El Derecho Financiero se basa en lo que establezca la ley.

La Ley

Es la fuente principal del derecho financiero y se divide en constitucionales, ordinarias, reglamentarias e individualizadas.

  • El proceso económico coactivo: Es cuando el juez emite sentencia al pago que la SAT solicita. Es una ley individualizada o una sentencia.
  • Jurisprudencia: Es una fuente complementaria del derecho. Consiste en la interpretación y aplicación de los tribunales de más alta jerarquía que nacen reiteradamente en casos similares, o sea, cinco fallos que se resuelven de la misma forma.
  • La costumbre: Es una manera reiterada de manifestaciones de una comunidad en torno a una idea.
  • Principios generales del derecho: Son nociones básicas y fundamentales que inspiran la creación de las normas jurídicas que orientan su interpretación y aplicación.

Clases de Contribuciones

  • Impuestos: Es una cantidad de dinero o parte de riqueza del sujeto contribuyente que el Estado exige obligatoriamente con el objeto de realizar servicios públicos.
  • Arbitrios: Es la cantidad de dinero que el Estado percibe en virtud de una prestación de un determinado servicio o un uso público proporcionada por ese servicio o uso.
  • Contribuciones especiales: Son contribuciones que el Estado impone a las personas por utilizar el servicio o proyecto.
  • Contribuciones por mejoras: Son las que se establecen para mejorar un proyecto.

Actividad Financiera

Es la función que desarrolla el Estado para procurar los recursos necesarios y estar en condiciones de sufragar los gastos públicos destinados a satisfacer las necesidades colectivas a su cargo mediante la prestación de los servicios públicos correspondientes: salud, seguridad y educación, entre otros.

Fases de la Actividad Financiera

  1. Recaudación u obtención de recursos.
  2. Gestión o administración de recursos.
  3. Erogación o gasto de los recursos.

Recaudación u Obtención de Recursos

Es la actividad por medio de la cual se realiza el cobro de rentas públicas, lo que se hace a través de la percepción de pagos.

Fuentes de Obtención de los Recursos
  • Explotación de su propio patrimonio.
  • La imposición de tributos cuando actúen en uso de su poder de imperio. Ejemplo: IVA, circulación de vehículos, ISR.
  • El crédito público interno o externo.

Gestión o Administración de los Recursos

Consiste en la programación, manejo y distribución de los fondos públicos, función que en nuestro país se realiza a través de la Secretaría de Planificación y Programación de la Presidencia y del Ministerio de Finanzas Públicas, específicamente por las siguientes dependencias: Dirección Técnica de Presupuesto, Dirección de Contabilidad del Estado y la Tesorería Nacional.

Erogación o Gasto de los Recursos

Es la forma en la que el Estado devuelve los ingresos obtenidos a través de la recaudación para la satisfacción de las necesidades de la población y con ello cumplir su finalidad, como es el bien común.

Clases de Ingreso

  • Ingresos originarios: Son los ingresos que nacen de la propia Constitución y se encuentran desarrollados por otras leyes.
  • Ingresos derivados: Son los ingresos que surgen de la ley a través de la cual un órgano con poder originario se lo transfiere a otro que no lo posee.
  • Ingresos ordinarios: Son aquellos que obtiene el Estado año con año o son los que recibe periódicamente.
  • Ingresos extraordinarios: Son los ingresos que obtiene el Estado en un corto periodo y después desaparecen.
  • Ingresos reales del Estado: Son aquellos que efectivamente modifican el patrimonio estatal, son los que se convierten en un ingreso permanente.