Derecho Concursal: Guía completa sobre la empresa en crisis

Derecho Concursal: La Empresa en Crisis

El Derecho Concursal es la rama del Derecho Mercantil que se ocupa de la empresa en crisis.

Modificación de la Ley Concursal

La modificación de la Ley Concursal se aprobó a raíz de la Ley Orgánica. Fue necesaria debido a:

  1. Modificación de leyes orgánicas: Las leyes anteriores eran arcaicas y atentaban contra derechos fundamentales.
  2. Afectación a derechos fundamentales:
    • Intervención del correo del concursado (empresa o persona).
    • Deber de residencia (impedir la salida al extranjero).
    • Revisión del domicilio social o personal (control de cuentas).
  3. Atentado contra leyes orgánicas: Modificar la Ley Concursal implicaba cambiar también las leyes orgánicas.

Una empresa o particular está en concurso cuando el juez competente o mercantil dicta un auto de declaración del concurso. Desde ese momento, se generan efectos positivos y negativos.

El deudor, quien se declara en concurso, busca soluciones para sus deudas, como la espera, reducción o pacto.

Principio de Unidad

  1. Una denominación: Se utiliza el término «concurso», no «quiebra» u otros similares.
  2. Unidad jurisdiccional: El juzgado mercantil regula el concurso, aunque los juzgados de primera instancia también pueden intervenir.
  3. Unidad legal: Un solo texto para normas materiales y procesales.
  4. Presupuesto objetivo: Se considera únicamente la insolvencia.
  5. Unidad de disciplina: Un único sistema (concurso) para comerciantes y no comerciantes.
  6. Unidad de sistema y procedimientos: Flexibilidad en el procedimiento según los distintos supuestos.

Límites

Se puede realizar una quita máxima del 50% (condonación de deuda) y una espera máxima de 5 años, con la aprobación de la mayoría de los acreedores.

Estos límites pueden superarse si la empresa afecta a la economía nacional (ej.: distribuidora de carburantes, club de fútbol).

La deuda anterior al concurso es concursal, la posterior no. Los acreedores no pueden perseguir los bienes futuros del deudor por deudas previas al concurso.

La Ley Concursal

La Ley Concursal presenta las siguientes características:

  • Presupuesto objetivo: Solo se considera la insolvencia.
  • Posibilidad de embargo de administradores y liquidadores: En caso de culpabilidad.
  • Paralización general de cualquier ejecución judicial: Sobre bienes del deudor desde la declaración del concurso.
  • Grandes facultades para el juez: Incluyendo medidas cautelares.
  • Mantenimiento de los órganos de la persona jurídica deudora: Deben colaborar durante la tramitación del concurso.
  • El solicitante deberá probar la insolvencia: El deudor puede instar la «actual» o la «inminente».
  • Pluralidad de acreedores: El concursante debe tener más de un acreedor.

Presupuestos del Concurso

El concurso busca que todos los acreedores cobren, aunque en la realidad no siempre los favorece.

Presupuesto Subjetivo

Agentes que pueden declararse en concurso:

  • Personas físicas.
  • Personas jurídicas.
  • Herencia yacente.
  • Un avalado (el avalista no entra en concurso).
  • Sociedad comanditaria (los accionistas comanditarios no entran en concurso).

Quienes NO pueden presentarse en concurso:

  • Empresas públicas.

La declaración de concurso no se extiende a los socios o asociados ilimitadamente responsables.

Presupuesto Objetivo

Razones para declararse en concurso:

  • Insolvencia: Incapacidad de pago presente y futura.
    • Insolvencia inminente: Incapacidad de pago a corto plazo.
    • Insolvencia actual: Incapacidad de pago en el presente.

Un hecho puntual de insolvencia no es suficiente para plantear esta situación.

Las insolvencias inminente y actual son voluntarias (instadas por el deudor).

  • Insolvencia cualificada: Instada por el acreedor (concurso necesario). Requiere uno de estos requisitos:
    • Sobresalimiento de los pagos.
    • Dejar de pagar a la Seguridad Social o Hacienda y las nóminas de los trabajadores.
    • Embargos infructuosos.
    • Embargos de manera general.
    • El deudor se desprende de su patrimonio.

Concurso Necesario

El concurso necesario, instado por el acreedor, puede implicar mala gestión o mala fe del administrador, quien podría responder con sus bienes si el concurso se declara en liquidación.

Una crisis temporal u ocasional no justifica el concurso.

Requisitos para el Concurso Voluntario

El deudor debe presentar un escrito con:

  • Balance.
  • Memoria.
  • Relación de acreedores.
  • Relación de deudas.
  • Previsión de pagos.

Ley 5 VIS

Esta situación no implica concurso. Se negocian las deudas con los acreedores durante 3 meses. Si no se llega a un acuerdo y el deudor se considera insolvente, tiene 1 mes para solicitar el concurso.

La Ley 5 VIS ofrece amparo judicial y paraliza las acciones de los acreedores.