Derecho Civil: Conceptos Fundamentales y Áreas Clave
Conceptos Fundamentales del Derecho
Derecho Natural
Conjuntos de reglas abstractas de origen divino.
Derecho Positivo
Sistema normativo dotado de coacción.
Derecho Objetivo
Conjunto de normas que regulan la convivencia social (leyes).
Derecho Subjetivo
Poderes o facultades que las normas conceden a las personas para hacer o no hacer algo, respetado por los demás (Tengo derecho a…).
Fuentes del Derecho
Fuentes Directas
- La ley (publicada en el Boletín Oficial).
- Los principios generales del derecho.
Fuentes Indirectas (de conocimiento)
- Jurisprudencia.
- Doctrina.
- Equidad.
Elemento Externo
Repetición de actos uniformes de carácter general.
Elemento Interno
Espiritual o subjetivo.
Tipos de Derechos Subjetivos
Derechos Absolutos
Son los que se pueden hacer valer frente a cualquiera, frente a todos; en ellos, el sujeto pasivo está indeterminado.
Derechos Relativos
Son los que sólo se pueden hacer valer frente a una persona determinada; el sujeto pasivo está individualizado y sólo se puede ejercitar el derecho frente a ese sujeto determinado.
Derechos Patrimoniales
Afectan al patrimonio, a los bienes, son aquellos que son susceptibles de una valoración económica, es decir, se pueden valorar en dinero.
Derechos No Patrimoniales
Son los que no son susceptibles de valoración económica, no se evalúan en dinero; entre ellos, los derechos netamente personales.
Personas Físicas y Jurídicas
Personas Naturales, Físicas o Individuales
Son los seres humanos, por lo que tal vez sea más apropiado llamarlas personas.
Personas Jurídicas, Morales o Colectivas
Se integran en esas entidades que se constituyen para la consecución de fines permanentes de los seres humanos.
Derecho de Familia
Caracteres del Derecho de Familia
- Marcado carácter ético: Sus normas básicas proceden, más que del campo del Derecho positivo…
- Prevalencia de las relaciones personales y del interés supraindividual o social sobre los patrimoniales: Se manifiesta por ejemplo en el art. 1320 CC.
- Limitada autonomía de la voluntad: Existe una mayor presencia de normas imperativas en el Derecho de familia.
- La primacía del interés familiar sobre el individual: Que se manifiesta en la obligación de actuar en interés de la familia.
El Parentesco
- Parentesco natural o de consanguinidad: Por vínculos de sangre.
- Parentesco civil o legal: Se produce por la adopción.
- Parentesco de afinidad: Cuñado o cuñada, el suegro o la suegra, el yerno o la nuera.
Derecho de Obligaciones y Derechos Reales
Derecho de Obligaciones
Regula las relaciones de cooperación o colaboración social y el intercambio de bienes y servicios.
Derecho de Cosas, o Derechos Reales
Trata la utilización y disfrute de los bienes por las personas a través del estudio del régimen jurídico de la posesión, la propiedad y otros derechos reales, y su publicidad.
Clasificación de los Contratos
- Típicos y atípicos: Esta división parte de la existencia o no de una previsión y de una regulación en nuestro Ordenamiento jurídico.
- Unilaterales y bilaterales o plurilaterales: Los negocios jurídicos unilaterales nacen por la sola declaración de voluntad de una de las partes y, en consecuencia, originan obligaciones sólo a cargo de una de las partes.
Contratos Aleatorios
- El juego y la apuesta (arts. 1798 – 1800 CC): Su aplicación se limita a los juegos no regulados.
- Contrato de seguro.
- Renta vitalicia (arts. 1802-1808 CC): Representa una relación de obligación en virtud de la cual un sujeto…
- Contrato de alimentos (arts. 1791-1797 CC): Por este contrato una de las partes se obliga a proporcionar vivienda, manutención.
Clasificación de las Cosas y Derechos de Adquisición Preferente
Clasificación de las Cosas y Bienes en el Código Civil
- Bienes muebles e inmuebles.
- También recoge el CC la distinción entre bienes de dominio público y de dominio privado.
- Bienes fungibles y no fungibles; consumibles, no consumibles y deteriorables.
Los Derechos Reales de Adquisición Preferente
- Tanteo: Etimológicamente, significa comprar una cosa por tanto precio como ofrezca otro comprador.
- Retracto: Adquiere una cosa a cambio por dinero.
- El derecho de opción: Cuidado (fraude).