Criminología y Ciencias Penales: Un Estudio Detallado
Criminología y Ciencias Penales
Durante mucho tiempo se ha hecho referencia a la Criminología dentro de las Ciencias Penales como una disciplina auxiliar del Derecho Penal, del Derecho Procesal Penal y del Derecho Penitenciario.
Es por ello que es importante destacar el papel independiente que la Criminología tiene en el estudio de las conductas antisociales, respecto de dichas ciencias, aunque no podemos negar la relación íntima que tienen a partir de un común objeto de estudio.
Las Ciencias Penales
El jurispenalista español Luis Jiménez de Asúa designa como enciclopedia de las ciencias penales a cuantas disciplinas se ocupen del delincuente, del delito y de la pena, incluso el Derecho Penal.
Al igual que la definición de Jiménez de Asúa, muchas otras definiciones de Ciencias Penales se mantienen enfocadas al estudio propiamente del delincuente, pena y en particular del “Delito”, dejando a un lado a la Conducta Antisocial NO tipificada.
Victimología
Para Orellana, la PENA es la expresión del poder punitivo del Estado, y como tal, la más lesiva al individuo, pues puede llegar a la pérdida de la vida, la libertad, el honor o el patrimonio, y por ello es constante preocupación de que en aras de la protección del estado y la sociedad no se avasallen los derechos fundamentales de la persona.
Para Jiménez Asúa, las Escuelas Jurídico-Penales son “El cuerpo orgánico de concepciones contrapuestas sobre la legitimidad del derecho de penar, sobre la naturaleza del delito y sobre el fin de las sanciones”.
Principales Escuelas Jurídico-Penales
- Escuela Clásica
- Escuela Positiva
- La Tercera Escuela
- La Joven Escuela
- La Defensa Social
Escuela Clásica
A pesar de las aportaciones teóricas que esta escuela tiene, jamás existió como tal, sino que fue un invento de Enrico Ferri que principió a llamar “Clásicos” a los juristas prepositivistas.
PELLEGRINO ROSSI: “Existe un orden moral que es obligatorio para todos los seres libres e inteligentes. Este orden debe ser aplicado también en la sociedad, en la que estos seres son obligados a vivir por su naturaleza, surgiendo de esta manera un orden social igualmente obligatorio, del cual derivan todos los derechos y obligaciones”.
GIOVANNI CARMIGNANI: “El objeto de la imputación civil al castigar al delincuente no es el de tomar venganza del delito cometido, sino el de esforzarse para que en el porvenir no se realicen otros delitos semejantes”.
ANTONIO ROSMINI: “El fundamento del derecho de castigar es un eterno principio de justicia”.
FRANCISCO CARRARA: “El delito no es un simple hecho, sino es un Ente Jurídico. La idea de delito no es más que una idea de relación. La relación contradictoria entre el hecho del hombre y la ley. Solo en esto consiste el ente jurídico al cual se le da el nombre de Delito.”
Modelos de prevención del Delito
- Modelo clásico o punitivo: Resulta de la aplicación de la pena y tiene como objetivo preventivo apartar al delincuente del delito.
- Modelo médico-psicológico terapéutico: Se realiza la prevención del delito por medio del tratamiento individualizado del delincuente para su readaptación y evitar la persistencia-reincidencia del delito.
- Modelo social: Parte del concepto que la delincuencia surge en un medio social y cultural propicio por las fallas en las estructuras sociales y organización social. Son necesarios en este modelo programas de vivienda, capacitación, empleo, con especial atención a los jóvenes.
- Modelo preventivo comunitario: Participación activa de los vecinos para la transformación de su propio barrio o zona habitacional. El centro vecinal es el núcleo de la participación de los vecinos y sus respuestas para la seguridad.
- Modelo de diseño ambiental: Consiste en la transformación de los espacios inseguros por espacios seguros.
- Modelo de seguridad urbana: Consiste en promover redes para una mejor cohesión en los programas de prevención con la intervención de instituciones gubernamentales y no gubernamentales y la participación activa de los ciudadanos en respuesta a la problemática de la exclusión, marginalidad, delincuencia.
- Modelo preventivo victimológico: Su objetivo es fortalecer las redes de prevención de la victimización.
Tipología preventiva
- Prevención a priori: Conjunto de acciones destinadas a impedir que el delito se produzca o reducir las conductas delictivas a su mínima expresión.
- Prevención a posteriori: Los diversos mecanismos de tratamiento orientados a evitar la reincidencia.
- Prevención general: Dirigida a todo el conjunto de la población.
- Prevención específica: Destinada a grupos de personas o a personas en una situación especial.