Contratos Mercantiles: Seguros, Agencia, Mediación y Suministro

Contrato de Seguros

El contrato de seguros es aquel por el que el asegurador se obliga, mediante el cobro de una prima y para el caso de que se produzca el evento cuyo riesgo es objeto de cobertura, a indemnizar, dentro de los límites pactados, el daño producido al asegurado. Es un contrato consensual; la ley obliga a formalizarlo a través de la póliza. La prima es el importe que ha de satisfacer el asegurado a la compañía de seguros.

Supuestos relacionados con la prima

  1. Si por culpa del tomador la primera prima o la única no ha sido pagada, el asegurador tiene derecho a resolver el contrato o a exigir el pago de la prima en vía ejecutiva.
  2. Si la prima no ha sido pagada antes de que se produzca el siniestro, el asegurador quedará liberado de su obligación.
  3. Si el asegurador no reclama el pago dentro de los 6 meses siguientes al vencimiento de la prima, se entiende el contrato extinguido.

Obligaciones

  • Asegurador:
    • Entregar la póliza.
    • Dar cobertura al tomador.
    • Pago de la indemnización cuando se produzca el siniestro. Debe pagar en los 40 días siguientes a partir de la recepción de la declaración del siniestro.
  • Tomador:
    • Pago de la prima.
    • Comunicar al asegurador la agravación del riesgo.
    • Comunicar el siniestro.

Contrato de Agencia

El contrato de agencia es aquel por el que un agente se obliga de manera estable y continuada, a cambio de una remuneración, a promover actos u operaciones de comercio, o a promoverlos y concluirlos, siempre en nombre y por cuenta ajena como intermediario independiente, sin asumir el riesgo de las operaciones salvo pacto en contrario. Se extingue por causas generales y la ley 12/1992 establece causas específicas: transcurso del tiempo, mutuo acuerdo, incumplimiento de obligación, concurso de acreedores, muerte o inhabilitación del agente.

Existen dos tipos de indemnizaciones:

  • Por clientela.
  • Por daños y perjuicios: solo cabe cuando la extinción se deba a renuncia unilateral en contratos indefinidos siempre que sea del empresario.

Contrato de Mediación y Corretaje

Es un contrato atípico y carece de regulación. En general, no existen normas imperativas que limiten la libertad de pactos de mandante y mediador. Es un contrato mercantil sometido a legislación mercantil y a jurisdicción civil y mercantil. El mediador es una empresa o empresario totalmente independiente del mandante para el que trabaja; el mediador cuenta con una organización empresarial autónoma, instalaciones propias, personal propio y total independencia en la organización de su trabajo. Se refiere a operaciones comerciales ocasionales, no existe una actividad permanente entre mediador y mandante. En la mediación, el mediador se limita a poner en contacto al mandante con un tercero. Es un contrato revocable por el mandante. El mediador puede ser persona física o jurídica. Todos los gastos desembolsados por el mediador en el ejercicio de su actividad profesional son a cargo de este y se consideran cubiertos por las comisiones que percibe el mandante. Se incluyen como gastos a satisfacer: desplazamientos, manutención, teléfono, correspondencia, entre otros. Entre las causas de extinción: cumplimiento del mandato o plazo establecido para la realización del mandato, posibilidad de libre revocación.

Contrato de Suministro

El contrato de suministro es aquel contrato por el que una persona, que es el suministrador, se obliga mediante un precio a realizar en favor de otra prestaciones periódicas o continuadas de cosas. Son contratos que facilitan la adquisición continuada de bienes, contratos de duración. Es el único contrato que da lugar a prestaciones periódicas mantenidas en el tiempo. El suministrado es el que demanda las prestaciones periódicas mantenidas en el tiempo.

Regulación

Se regulará por los pactos previstos por las partes y el régimen de compraventa del Código de Comercio.

Contenido

Las partes, al delimitar las prestaciones de la cosa genérica, lo hacen de dos formas: dejándola a discreción del suministrado o estableciendo mínimos y máximos. Para el incumplimiento es necesario que exista una cláusula de resolución. Cuando se prestan prestaciones defectuosas se podrá pedir la resolución del contrato.

Obligaciones del usuario

  • Pago de cuotas en plazo convenido.
  • Conservar con diligencia y devolución de la cosa en el mismo estado que la recibió.

Test

Teoría de las Obligaciones y Contratos

Todas falsas menos: Según el Código de Comercio, las dudas surgidas… y en los contratos de cláusula penal, se concede la posibilidad…

Contratos de Compraventa Mercantil y Afines

F (de acuerdo con el Código de Comercio), F (las ventas que los agricultores personas físicas), F (daños y menoscabos), F, V, F

Contratos de Financiación y Garantía. Cuenta Corriente

V (en el préstamo mercantil, si no se hubiera pactado expresamente), V (respecto al contrato de préstamo), V (el préstamo con garantía de valores admitidos), F (la inclusión de los créditos en la cuenta corriente), V (la fianza entre empresarios que garantiza la obligación del pago)

Títulos Valores

F (según la ley cambiaria es requisito esencial), V (el tenedor de una letra no pagada), F (el endoso a favor de una persona ya obligada en la letra), V (la denegación en la aceptación), F (la acción de regreso se dirige), F (en la letra de cambio, la acción cambiaria directa), V (el pago ordinario efectuado por el librado), V (la falta de presentación de la letra), F (en el pagaré, la firma del emisor)