Contratos Electrónicos: Aspectos Legales y Tecnológicos
Contratos Electrónicos: Aspectos Legales y Tecnológicos
Introducción
El desarrollo de las tecnologías de la información ha revolucionado la forma en que se realizan las transacciones comerciales, dando lugar a la aparición de los contratos electrónicos. Estos contratos, que se celebran mediante el uso de medios electrónicos, presentan características y desafíos únicos que requieren un análisis legal y tecnológico específico.
Tipos de Contratos Electrónicos
Existen diversas clasificaciones de contratos electrónicos, entre las que destacan:
- Contrato informático: Aquel cuyo objeto es un bien o servicio informático.
- Contrato electrónico (neutralidad): Aquel que se verifica mediante la utilización de algún elemento electrónico que incide en la formación de la voluntad.
- Contratos consentidos electrónicamente: Aquellos en los que las nuevas tecnologías solo son vehículo de transmisión de la voluntad.
- Contratos electrónicos en sentido estricto: Aquellos que nacen con la irrupción de los avances tecnológicos (firma digital, cifrado, etc.).
- Contratos electrónicos interactivos – on line-: Aquellos perfeccionados mediante las nuevas tecnologías en tiempo real (chat, telefonía IP, videoconferencia).
- Contratos electrónicos no interactivos –off line-: Aquellos perfeccionados mediante las nuevas tecnologías pero en un proceso de comunicación interrumpido (correo electrónico).
- Contrato electrónico de ejecución electrónica: La operación se realiza íntegramente a través de Internet (solicitud, pago y envío).
- Contrato electrónico de ejecución no electrónica: Solo la solicitud se realiza a través de la red, mientras que la prestación del servicio o la entrega del bien se realiza fuera de Internet.
Marco Legal
En Chile, la regulación de los contratos electrónicos se encuentra dispersa en diversas normas, entre las que destacan:
- Ley 19799: Contratos Electrónicos
- Ley 19496: Protección de los Derechos de los Consumidores
- Código Civil
- Código de Comercio
Principios Fundamentales
Los contratos electrónicos se rigen por los siguientes principios fundamentales:
- Equivalencia funcional
- Libertad de prestación de servicios
- Neutralidad tecnológica
- Compatibilidad internacional
Ventajas y Desventajas
Ventajas:
- Ruptura de límites temporales y geográficos
- Aumento de potenciales oferentes
- Recolección automática de información
- Ampliación de medios de pago
- Personalización de bienes y servicios
- Mayor éxito probatorio
- Disminución de costos
Desventajas:
- Desconfianza generalizada
- Pérdida de inmediatez
- Anonimato en Internet
- Imposibilidad de apreciar características de bienes
- Información asimétrica
- Brecha digital
- Proliferación de contratos de adhesión
- Exposición de información
Consentimiento Electrónico
El consentimiento electrónico se regula en el artículo 1.445 del Código Civil y los artículos 96 al 106 del Código de Comercio. Para que sea válido, debe cumplir con los siguientes requisitos:
- Oferta: Debe ser clara, precisa y completa.
- Aceptación: Debe ser expresa, pura y simple.
- Comunicación: Debe ser recibida por el oferente antes de que este se retracte.
Conclusión
Los contratos electrónicos son una herramienta fundamental en el comercio moderno. Su regulación legal y tecnológica es esencial para garantizar la seguridad jurídica y la protección de los derechos de las partes involucradas.