Contrato de seguro mercantil formato

– SEGURO:

  • La empresa aseguradora se obliga mediante una prima a resarcir un daño  o a pagar una suma de dinero al verificarse la eventualidad prevista en el contrato
  • Las organizaciones de seguros pueden organizarse como mutualistas o sociedades anónimas
  • 15 dias para aceptación de contrato suspendido, 30 dias si es necesario examen medico

– Poliza:

  • Nombre y domicilio de los contratantes
  • Firma de la empresa aseguradora
  • Designación de la cosa asegurada
  • Naturaleza de los riesgos
  • tiempo garantiza el riesgo y la vigencia
  • Monto de la indemnización
  • Cuota o prima de seguro

– prima:

  • Mediante la prima el asegurado tiene la obligación de pagar la indemnización en caso de siniestro
  • Se pagara en el domicilio del contratante
  • No se podrá convenir que el seguro entre en vigor hasta después del pago de la primera prima
  • En seguros de vida y daños la prima podrá ser fraccionada en periodos de igual duración

– riesgo y siniestro: hecho incierto por el cual se contrata el seguro

  • El contrato será nulo si al celebrarse el riesgo hubiere desaparecido a siniestro realizado

– general:

  • Si durante el plazo se modifican las condiciones, el asegurado tiene derecho a que se le apliquen
  • En cuanto suceda el siniestro, deberá de hacerse saber al seguro (5dias)
  • No hay obligación del seguro, si el asegurado omite…

– prescripción:

  • 5 años en seguros de via
  • 2 años en los demás casos

Reaseguro:

  • una institución toma a su cargo un riesgo total o parcial ya cubierto por otra aseguradora

Coaseguro:

  • cuando se da la participación de dos o mas empresas de seguros en un mismo riesgo

– Contraseguro:

  • la empresa de seguro se obliga a reintegrar al contratante las primas cubiertas al cumplirse determinadas condiciones

– clasificación:

  • Seguros contra daños
  • Automóviles
  • créditos
  • Sobre personas
  • Vida
  • Accidente (lesiones)

– elementos personales:

  • Contratante puede ser el asegurado o un tercero
  • Beneficiario la persona que recibirá la indemnización correspondiente en caso de siniestro

– elementos esenciales:

  • Riesgo: el contrato será nulo si en el momento de celebrarse ha desaparecido el riesgo
  • Siniestro: hecho incierto por el cual se contrata un seguro
  • Indemnización: importe del daño que la empresa aseguradora debe resarcir

– características:

  • Bilateral
  • Oneroso
  • Aleatorio

– ARRENDAMIENTO FINANCIERO:

  • El arrendador concede al arrendatario el uso o goce del objeto por cierto plazo forzoso para ambas partes, con pagos periódicos.

– opciones terminales:

  • Compra de bienes a precio inferior
  • Prorrogar el plazo pagando renta inferior
  • por las partes en la venta a tercero

– riesgo del arrendatario:

  • seguro, gastos y primas
  • vicio, defectos del bien que impidan su uso total o parcial
  • perdida total o parcial del bien

– derechos y oblig. Del arrendador:

  • Cuidar los objetos en poder del usuario
  • Respetar el plazo estipulado
  • Exigir tipo de fianza o garantía
  • Reclamar el precio acordado en caso de venta
  • Revisar o inspeccionar el material

– der. Y ob. Del usuario:

  • Utilizar como mero arrendatario la cosa objeto del contrato
  • Usar alternativas contractuales
  • Conservar objeto dentro de las normas estipuladas
  • Pagar la suma precio del contrato

– naturaleza jurídica:

  • Uso y disfrute de los bienes ajenos con la opción de compra tiene identificación con los contratos de arrendamiento y compraventa

– características:

  • Es traslativo de uso y de dominio
  • Es conmutativo, bilateral y oneroso


– diferencias arrendamiento civil y financiero:

  • Arrendamiento civil:Solamente goza del derecho al tanto en caso de venta de la finca y su Finalidad uso y disfrute
  • Arrendamiento financiero:La opción a compra esta abierta (legal, no contractual) y la Finalidad venta o traslación de dominio

– diferencia rrendamiento financiero y compraventa:

  • Arrendamiento financiero: La opción a compra esta abierta (legal, no contractual)y su Finalidad venta o traslación de dominio
  • Compraventa: El comprador adquiere la propiedad de la cosa desde la celebración del contrato

– ASOCIACION EN PARTICIPACION:

  • Una persona llamada asociarte concede a otra u otras llamadas asociados que le aportan bienes y servicios una participación en las utilidades y perdidas de un negocio mercantil

– naturaleza jurídica:

  • no tiene personalidad jurídica
  • Es un contrato debe constar por escrito
  • No ocupa registro
  • El asociante obra en nombre propio no tendrá relación jurídica entre terceros y asociados

– utilidades:

  • Igual entre capitalistas
  • Industriales 50%
  • Perdidas no mayores a la aportación asociado

– oblig. Asociante:

  • Realizar las operaciones de comercio o explotar la negociación mercantil que constituya el fin de la asociación
  • Entregar a los asociados la participación que se haya convenido sobre utilidades

– oblig. Asociado:

  • Aportar al asociante los bienes y servicio estipulados en el contrato
  • Derecho de participación en utilidades y perdidas según convenio
  • Las perdidas no podrán superiores al valor de su aportación

– AUTOFINANCIAMIENTO:

  • Sistema de comercialización de bienes basadas en las aportaciones mensuales a cuenta de un fideicomiso con la finalidad de financiar la adquisición de un bien

-formas de adjudicación:

  • Sorteo
  • Puntuación
  • Antigüedad
  • Subastas

– requisitos administrativos para contrato:

  • el solicitante sea persona moral
  • el solicitante acredite su capacidad administrativa
  • Presentar ante la secretaría un plan general de funcionamiento del sistema.
  • Mecanismos para el cumplimiento de sus obligaciones.
  • Demás que determine el reglamento.

– características:

  • Formal
  • Oneroso
  • Principal
  • Conmutativo
  • Tracto sucesivo
  • Nominativo
  • Bilateral
  • consensual

– FIANZA:

  • Garantía judicial que busca asegurar el cumplimiento de una obligación, es una garantía personal.

– diferencia aval y fianza:

  • Aval: Garantía exclusiva de títulos, Acto unilateral, Referido a obligaciones cambiarias, de un monto cierto y determinado.
  • Fianza: Para cualquier tipo de obligación, Es un contrato, Obligaciones futuras, eventuales, Puede llegar a ser verbal.

– modalidades de la finza:

  • Confianza
  • Subfianza
  • Retrofianza

– tipos de fianza:

  • Judiciales
  • Administrativas
  • Crédito
  • judicial
  • penal


– FRANQUICIA: (IMPI Y PROFECO)

-signos distintivos:

  • Marca: todo signo visible que distingue productos o servicios de otras
  • Aviso comercial: frases u oraciones que tengan por objeto anunciar al público, establecimiento o negociaciones comerciales
  • Nombres comerciales: el nombre comercial de una empresa o establecimiento industrial, comercial

– requisitos contrato fraquicia:

  • Zona geográfica en la que franquiciatario ejercerá ubicación
  • Políticas de infraestructura
  • Políticas, procedimientos y plazos relativos.
  • Características de capacitación
  • Métodos y procedimientos supervisión
  • Términos y condiciones para subfranquicia.
  • Causales para la terminación del contrato.

– partes del contrato:

  • Franquiciatario:
  • Franquiciante:

– forma del contrato:

  • Formal/escrito

Características:

  • Conmutativo
  • Bilateral
  • Oneroso
  • Formal
  • Tracto sucesivo
  • Principal consensual
  • Consensual

– AVIO Y REFACCIONARIO:

  • Crédito que se otorga para algo especifico

– avio:

  • Materia prima, salarios

– refaccionario:

  • Maquinaria
  • Equipamiento industrial

– FIDEICOMISO:

  • contrato mediante el cual el fideicomitente transmite a una institución fiduciaria la propiedad o la titularidad de uno o más bienes o derechos

– tipos:

  • Testamentario

– elementos personales:

  • Fideicomitente.- persona que por declaración unilateral de la voluntad constituye un fideicomiso.
  • Fiduciario.- es la persona a la que se encomienda la realización del fin establecido constituido del fideicomiso y se atribuye la titularidad de los bienes fideicometidos.
  • Fideicomisario.- Persona que tiene derecho a recibir los beneficios del fideicomiso.

– puede ser fiduciario:

  • Instituciones de crédito debidamente autorizadas para actuar como fiduciarios, así como también instituciones de fianzas.

– patrimonio fideicometido:

  • Patrimonio del fideicomitente que se vuelve autónomo que puede ser de derechos, bienes, etc.

– finalidad del fideicomiso:

  • El fideicomitente es libre para establecer el fin para el que está destinado un patrimonio que puede constituir en bienes o derechos

– extinción del fideicomiso:

  • Realización del fin
  • Imposibilidad de realizar el fin
  • Revocación
  • Imposibilidad de sustitución de la fiduciaria.

– PRENDA:

  • asegurar el acreedor el cumplimiento y satisfacción de su crédito, mediante un poder especial que se le confiere sobre la cosa pignorada.

– clasificación tipos de prenda:

  • Comercial ordinaria
  • Especial de comercio
  • Agrícola e industrial

– características:

  • Real
  • Accesorio
  • Nominativo
  • Oneroso
  • Bilateral
  • Formal
  • Conmutativa

– APRTURA DE CREDITO:

  • El acreditante se obliga a poner una suma de dinero a disposición del acreditado, para que el mismo haga uso del crédito concedido en la forma

– clasificación:

  • Simple
  • Cuenta corriente

– características:

  • Conmutativo
  • Oneroso
  • Bilateral
  • Nominativo
  • Consensual
  • Principal
  • Formal
  • Tracto sucesivo


– CREDITOS DE DESTINO

  • Créditos con la finalidad predestinada lo que significa que el acreditado no puede manejarlos a su voluntad, Es aquel que se otorga para ser utilizado en un objeto especifico

– diferencia entre apertura de crédito y crédito de destino:

  • Ap de crédito: da libre disposición demismo
  • C. de destino: no da libre disposición

– dif. Entre avio y refaccionario:

Avio: Garantía son bienes perecederos, Crédito se aplica directamente al proceso inmediato de producir.

Refaccionario: Bienes permanentes, Aplica para preparar la empresa, producción.

– características:

  • Bilateral
  • Oneroso
  • Tracto sucesivo
  • Nominativo
  • Consensual
  • Formal
  • Conmutativo