Condominio en matemáticas
La propiedad horizontal
- La propiedad horizontal supone la coexistencia de cosas de propiedad exclusiva y de cosas comunes.
- El grado de proximidad de las relaciones de vecindad entre las distintas propiedades que existen en el edificio.
- La importancia de las cosas comunes dentro del sistema total obliga a dejar de lado las normas de la comunidad ordinaria para regular las respectivas comunidades dentro del esquema de la indivisión forzosa.
Carácterística esencial
- Los diversos apartamentos y locales de un inmueble podrán pertenecer a distintos propietarios (LHP art. 1 encab).
Ámbito material
- Un inmueble (edificado) donde existan apartamentos y locales.
- Debe comprender la totalidad del terreno que sirvió de base para la obtención del permiso de construcción.
- Cosas de propiedad exclusiva
- Cosas privativas
- Cosas comunes de distinta clase
- Cosas de propiedad exclusiva
- Documento de condominio
Regulación de la P.H
- Ley de propiedad horizontal y sus reglamentos, en cuanto no se opongan al Código Civil venezolano.
Voluntad de los particulares
- Las disposiciones del reglamento de condominio
- Los acuerdos tomados legalmente por los propietarios
- Las decisiones que sobre la administración del inmueble tomen la junta de condominio, el administrador y excepcionalmente un propietario aislado.
Campo de estudio
- Apartamentos y locales:
Parte de un edificio susceptible de aprovechamiento independiente, que tenga salida a la vía publica directamente o a través de un determinado espacio común, sea que ocupe todo, o una fracción de un piso o mas de uno.
-Susceptible de aprovechamiento independiente
-Salida a la vía publica directamente o a través de un determinado espacio común
Regulación legal:
Negociabilidad
- Podrán enajenarse, gravarse o ser objeto de otra clase de actos entre vivos o por causa de muerte. (art. 2 y 6)
- En caso de enajenación, no hay derecho de preferencia. (art. 2)
- Comunidad conyugal o sucesoral, régimen especial.
- Documento de condominio establezca que uno o mas apartamentos o locales pertenezcan a la comunidad de los propietarios = cosas comunes
- Uso y disfrute
- Deberes de los propietarios de apartamentos y locales (art. 3)
- Sanciones por incumplimiento de los deberes de uso y goce de los apartamentos y locales es la obligación de pagar los daños o perjuicios correspondientes. (art. 39)
Modificaciones
- Se faculta al propietario para modificarle sus elementos ornamentales, instalaciones y servicios; pero solo cuando no menoscabe o altere la seguridad del edificio, su estructura general, su configuración o estados exteriores, o perjudique los derechos de los propietarios. (art. 4º encab).
- Artículo 10, permisos de autoridades y consentimiento unánime.
- Reparaciones urgentes (art. 4 aparte único).
Cosas susceptibles de propiedad exclusiva:
Áreas susceptibles de enajenación separada y objeto de un derecho de propiedad exclusivo por parte de sus adquirentes, que implica una cuota de participación en las cosas comunes y un porcentaje en los derechos y obligaciones en la conservación y administración del inmueble. (art. 26 encab).
- Las cosas privativas:
Cosas que no forman parte de ningún apartamento, sin embargo, son privativas de uno de ellos, en el sentido de que pertenecen al dueño de éste y de que no pueden enajenarse ni gravarse separadamente del apartamento o local.
-Puestos de estacionamiento, Maleteros, Depósitos.
-Artículo 5 lit “i” y “k”
-Sótanos situados fuera de los apartamentos.
Son de carácter accesorio de los respectivos apartamentos u otras áreas susceptibles de enajenación separada. Y su uso corresponde exclusivamente a un apartamento u otra área susceptible de enajenación separada.
- Las cosas comunes :
Clasificación (art. 12, 22, 26)
- Comunes a todos los apartamentos (art. 5)
- Respecto a los terrenos: la totalidad del terreno que sirvió de base para la obtención del permiso de construcción.
- En cuanto a azoteas, patios o jardines: en cuanto no tengan acceso a través de un apartamento o local.
- Puestos de estacionamiento: son comunes los que sean declarados en el documento de condominio. Los puestos asignados son propiedad del dueño del apartamento o local correspondiente pero cuya propiedad es inseparable de la propiedad del respectivo apartamento o local. Los sobrantes pueden ser enajenados o gravados:
- Derecho de preferencia
- A no propietarios, requiere del voto favorable del 75%
- Deberán utilizarse como puestos de estacionamiento
Respecto de los maleteros y depósitos en general, solo se consideran comunes si así lo declara el documento de condominio. La asignación de maleteros o depósitos atribuye propiedad exclusiva
—–2—–Comunes a determinados propietarios
- Cosas declaradas como tales en el documento de condominio.